Una usuaria argentina del servicio de Whatsapp presentó una denuncia ante la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo (DNDC) contra la empresa Facebook Argentina SRL por la modificación de los Términos y Condiciones de la Política de Privacidad y Condiciones del Servicio de la aplicación de mensajería instantánea, anunciado en enero de 2021.
🥂🛡💻SÍ, SE PUEDE!!!💻🛡🥂
— Dra.Johanna C.FALIERO(PhD) 🇦🇷🇮🇹 (@JoyCfTw) January 5, 2022
Multa máxima a WhatsApp por cláusulas abusivas en su cambio de términos y condiciones por la denuncia que realicé en la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo el 25/01/2021!!!!
Una victoria para la #privacidaddedatos 💪 pic.twitter.com/0ywr1kguaT
El DNDC determinó que las cláusulas del contrato no brindan información clara y detallada a los usuarios, ya que establece que al momento de resolver un conflicto, la única versión válida es la escrita en inglés y las traducciones no tienen carácter oficial. También detectó que la empresa cuenta con una cláusula de prórroga de jurisdicción, que le otorga la facultad exclusiva de elegir el tribunal competente para la resolución de conflictos. En este caso, los usuarios de Argentina deberían recurrir únicamente al Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California o un Tribunal Estatal del condado de San Mateo en California.
Por otro lado, definió como abusivos los términos del servicio debido a que la empresa establece que se exime de responsabilidad frente a los riesgos por el uso del servicio. La compañía limita su responsabilidad por los daños que pueda ocasionar a la suma de US$ 100.
También la compañía puede modificar unilateralmente los términos del contrato y puede rescindirlo sin motivo y sin que el consumidor haya infringido sus políticas.
Finalmente, Facebook solicita además de los números de teléfono de los usuarios de Whatsapp, los contactos de sus libretas de direcciones aún cuando no sean usuarios del servicio. No determina el motivo ni el alcance de esta decisión.
El Ministerio de Desarrollo Productivo aplicó una multa de $5 millones de pesos argentinos (casi US$ 50 mil), valor máximo determinado por la Ley Defensa del Consumidor de ese país. La empresa no presentó descargo en el plazo correspondiente.
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