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Hay mayoría en la Suprema Corte contra la ley interpretativa de la Caducidad

Los ministros debaten si se debe declararla inconstitucional o inaplicable
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14 de febrero de 2013 a las 21:40

En la Suprema Corte de Justicia (SCJ) hay una posición mayoritaria para fallar en contra de la ley interpretativa de la caducidad (ley 18.831) por la cual se eliminó la prescripción de los delitos cometidos durante de la dictadura para que los jueces pudieran seguir investigando y procesando a los militares. Sin dicha norma las causas debían archivarse al prescribir los delitos el 1° de noviembre de 2011, de acuerdo con la posición mayoritaria de la jurisprudencia.

Después de resolver la inconstitucionalidad del Impuesto a la Concentración de la Tierra (ver página 7), los ministros se aprestan a fallar en otro polémico tema. Según supo El Observador, los magistrados vienen debatiendo los aspectos de la norma y más allá de que hay ministros que entienden que la ley es inconstitucional, hay también una posición que sostiene que la ley es inaplicable. Esta postura sostiene que el decreto del Poder Ejecutivo emitido en 2011, que dejó fuera de la ley de Caducidad a todos los casos de Derechos Humanos, revocó lo dispuesto por gobiernos anteriores que amparaban casos de militares en la ley de Caducidad. Según esta postura, ese decreto hace perder sentido a la ley interpretativa, porque con el decreto ya sería suficiente.

A su vez, los ministros están enfrascados en un análisis sobre la prescripción de los delitos de la dictadura. La SCJ ratificó en una sentencia –de fecha 6 de mayo de 2011– que los delitos cometidos durante la dictadura son ilícitos comunes y no de lesa humanidad por lo que prescriben. Tres de los cinco ministros que hoy integran la Suprema Corte de Justicia se mantienen firmes en esa posición.

A su vez, al menos esos tres ministros consideran inconstitucional los artículos 1 y 2 de la ley interpretativa (ver texto de la ley). Esos ministros le dan la razón al fiscal penal Enrique Rodríguez, quien también presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la ley, donde señaló que se violan disposiciones constitucionales porque la ley penal no puede aplicarse retroactivamante.

Pero otro punto no menor del debate es la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que se debe remover todo obstáculo que permita la impunidad y debe ser dejada sin efecto. Algún ministro ha planteado que de acuerdo a ese fallo los jueces nacionales deben adecuar el derecho interno a la sentencia de la SCJ. Coincidente con esa posición el fiscal de Corte, Jorge Díaz, ya opinó que la ley que anuló la caducidad es inaplicable. A juicio de Díaz la ley 18.381 no tiene razón de ser. Y en su opinión los casos se deben investigar al amparo de la setencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Con todos los elementos sobre la mesa los ministros se aprestan a fallar en las próximas semanas. Pero uno de ellos aclaró que más allá de la posición mayoritaria no se puede decir que sea un caso cerrado.

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