La liberación de 15 de los 16 procesados por el asesinato del hincha de Peñarol Hernán Fiorito en 2016 se debió a errores administrativos que las fiscales del caso señalaron y que derivaron en la intervención de una fiscal adjunta de Las Piedras, que fue quien autorizó la libertad anticipada sin estar a cargo de la causa.
Mónica Castro, la fiscal que investigó el asesinato, dijo a El Observador que está “indignada” por el dictamen de su colega, la fiscal de Las Piedras, Alba Regueira. Castro tuvo a su cargo el caso hasta el 1 de noviembre de 2017, cuando entró en vigencia el nuevo sistema penal y las causas del proceso penal viejo se distribuyeron entre otros fiscales.
“Me puse en el lugar de la familia que perdió a su hijo, y lo que más me preocupa es esta jopeada”, lamentó Castro, quien recordó que su fiscalía ya se había opuesto “muchísimas veces” a la libertad anticipada de los procesados.
La fiscal Regueira accedió al pedido de la defensa bajo el argumento de que los imputados debían ser liberados porque habían pasado dos años en prisión sin que fueran acusados: habían sido procesados por el homicidio, pero aún no tenían condena.
Ese plazo máximo de prisión está establecido en el artículo 235 del nuevo Código del Proceso Penal, pero no en el anterior –por el cual se rige este caso– y los defensores argumentaron que de todos modos ese beneficio también debía aplicarse a los delincuentes. Señalaron que existe un principio jurídico que establece que los cambios más benignos de la ley penal se pueden aplicar con retroactividad.
Pero para Castro y la fiscal adscripta de Canelones Fabiana Pereira –adjunta de Castro y quien lleva el caso actualmente– la propuesta de los abogados no era de recibo, porque el artículo 402 del CPP define que las nuevas normas procesales no pueden aplicarse a los juicios iniciados con anterioridad a noviembre de 2017 hasta que haya una sentencia del caso, algo que no ocurrió todavía.
“El hecho es que cuando los abogados presentaron el artículo 235, que por supuesto beneficiaba a sus clientes, la fiscal (Regueira) les dio la ventaja. Ella puso la firma sin preguntar a nadie y entendió que eso era correcto”, añadió Castro.
La pregunta entonces es por qué intervino Regueira y no Castro y Pereira, las fiscales que entendían en el caso.
Cuando entró a regir el nuevo código los expedientes del departamento de Canelones se distribuyeron entre los fiscales de la capital y los de Las Piedras. El caso Fiorito pasó a Las Piedras pero, por ser un caso complejo, se estableció que antes de tomar una resolución tenía que pasar por la fiscalía de Castro, y luego ser enviado a la fiscal de Las Piedras, Silvana Bello, para que esta le estampara su firma.
En este caso, el expediente no pasó por la fiscalía de Canelones sino que fue directamente a Las Piedras, donde la fiscal Bello estaba de licencia médica, por lo que terminó en manos de Regueira. Ella fue la que aceptó el pedido de la defensa.
“La resolución de este caso que dijera que se negaba la excarcelación la tenía que haber hecho Fabiana (Pereira), y el dictamen lo hizo Beatriz (Regueira)”, dijo Castro.
Por qué el expediente no pasó primero por su fiscalía es algo que Castro no entiende. "Ellos sabían que si pasaba por nosotros no les iba a funcionar", agregó.
El Observador intentó el contacto con Regueira pero no fue posible ubicarla.
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