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La transferencia de dólares sin licencia habilitante en la mira de los fiscales americanos

El Departamento de Justicia de los Estados Unidos colocó en el ojo público la actividad de transferencia de dólares sin licencia habilitante en EEUU pero el caso tiene aplicación a las instituciones financieras de Uruguay
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15 de noviembre de 2022 a las 15:51

**Por Cristián Francos y Jean Jacques Bragard

En los últimos días, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (“DOJ”, por sus siglas en inglés) colocó  en el ojo público la actividad de transferencia de dólares sin licencia habilitante dentro de las Estados Unidos. El caso es muy interesante, por su aplicación a la actividad de instituciones financieras e intermediarios de valores del Uruguay, en sus movimientos de dólares hacia, desde y dentro de los Estados Unidos. Como detalle relevante, los fiscales también hicieron foco en la operatoria del mercado del dólar blue en la Argentina.

En una demanda por confiscación de fondos presentada ante una corte del Distrito Sur de Nueva York, los fiscales estadounidenses explicaron cómo funciona el mercado del dólar blue en la Argentina y, sobre todo, porqué el movimiento de esos dólares en su entrada y transmisión por los Estados Unidos sería ilegal por la operatoria sin la licencia habilitante respectiva.

Veamos brevemente cómo funcionan este tipo de demandas en los Estados Unidos. Cuando producto de una investigación, un fiscal detecta que cierta propiedad está relacionada con supuestas actividades criminales, se puede presentar ante el juez de la jurisdicción donde esta esa propiedad y pedir su embargo (el término correcto en inglés es “seizure” que además de impedir el uso de ese bien, también puede impedir la posesión de mismo). Por lo general, los jueces en Estados Unidos otorgan rápidamente esas medidas si el gobierno cumple con los requisitos. Luego de ello, los fiscales tienen un plazo razonable para pedir la confiscación de ese bien (el término en inglés es “forfeiture”). Si no lo hacen, el dueño de esos bienes puede presentarse ante el juez y pedir la liberación de los mismos. Para lograr la confiscación, el fiscal debe explicar con detalle la razón por la cual el juez debiera concederle esa medida. Eso es precisamente lo que pasó aquí.

En el caso en cuestión, el DOJ se presentó en el año 2020 ante el juez respectivo en Nueva York y pidió el embargo de todos los fondos en una cuenta bancaria, que contaba con aproximadamente 100.000 dólares. Unos dos años después, los fiscales se volvieron a presentar – presuntamente luego de desarrollar su investigación – para pedir la confiscación de esos fondos. Es en el desarrollo de ese escrito, presentado recientemente, en el que el gobierno fundamenta su pedido. Entre otros fundamentos, alega que los fondos en esa cuenta embargada eran el resultado de actividades ilegales que tenían que ver con el movimiento de dólares dentro de los Estados Unidos sin la licencia respectiva. Los “money service business” (o MSB) no pueden operar en el servicio de transferencias de dinero en los Estados Unidos sin sus licencias habilitantes respectivas. Si lo hacen, incurren en un delito.

El DOJ explicó que la sociedad titular de la cuenta, una sociedad de las Islas Vírgenes Británicas, se presentó ante un banco en Manhattan como si fuera un fondo de inversión. En los papeles que proporcionó para abrir esa cuenta, siempre de acuerdo a las alegaciones del DOJ, la sociedad explicó que se trataba de un fondo de inversión y que necesitaba esa cuenta para recibir los dólares de los clientes que quisieran invertir en el fondo. Así se abrió la cuenta en el banco, pero el DOJ alega – haciendo menciones puntuales a los resultados de su investigación - que eso era falso y que en realidad esa cuenta fue abierta con el propósito de operar con las transferencias del mercado de dólares blue de la Argentina hacia Estados Unidos y otros países. Esa falsedad ya expuso a la sociedad a una acusación penal por fraude bancario. No se pueden abrir cuentas en Estados Unidos con información o documentación apócrifa.

Los fiscales en los Estados Unidos persiguen a los MSB que operan sin licencia habilitante en el servicio de transmisión de dinero hace mucho tiempo; esto no es algo nuevo. Lo que sí es nuevo, y que no habíamos visto hasta ahora, es el foco en el mercado blue de Argentina. Con gráficos, el DOJ explica en esta demanda de confiscación cómo opera el mercado blue. Desde la recepción de los pesos o dólares entregados por clientes en efectivo en Argentina por parte de los operadores locales, al uso de sociedades intermedias y de dólares de ese operador blue en cuentas en Estados Unidos para depositar esos dólares en las cuentas de sus clientes o de terceros, ya sea en Estados Unidos o en otros países. Y es aquí donde la operatoria dentro de los Estados Unidos se considera ilegal.

En el caso particular de esta sociedad, el DOJ explica que en realidad la entidad titular de la cuenta se escondía detrás del ropaje de un fondo de inversión, pero para dedicarse a mover dólares del mercado blue argentino hacia y dentro de Estados Unidos. La cuenta bancaria abierta era una cuenta “pass-through”, o sea cuenta para transferencias. Por ende, concluye que en realidad se está ante un MSB operando sin licencia habilitante en la transmisión de dinero, de manera ilegal.

La sociedad en cuestión podría presentarse en la demanda de confiscación ante el juez para defenderse y obtener el recupero de esos 100.000 dólares. La demanda del DOJ abre ese proceso. Pero además del dinero, hay que tener en cuenta las consecuencias penales en Estados Unidos. El DOJ bien podría seguir investigando a los involucrados y presentar denuncias penales contra otras entidades o individuos. Y eso es quizás lo más importante.

Este es un caso puntual y que puede parecer menor por el monto involucrado. La investigación sobre los MSB que operan en el mercado de transferencias de dinero sin licencia es una práctica usual e importante del DOJ. Los involucrados pueden ser sujetos, no solamente a la confiscación y pérdida del dinero, sino también a potenciales cargos penales por operar sin licencia habilitante y lavado de dinero, entre otros. Es la primera vez que además vemos un foco en el mercado de divisas blue en Argentina. Una gran alerta para Uruguay y toda la región.

*Algunos conceptos vertidos en este artículo fueron previamente publicados en el diario La Nación de Argentina

**Cristián Francos es abogado especialista en asesoramiento y prevención de delitos financieros; Jean Jacques Bragard es abogado especialista en asesoramiento y estructuración financiera

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