La Rendición de Cuentas pretende derogar la Ley de Medios de 2014

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Ley de Medios: las normas que reincorpora y las que mantiene la Rendición para evitar un "vacío legal"

La Rendición de Cuentas busca derogar la Ley de Medios aprobada en 2014 mantiene cuatro artículos de esa ley y restablece normas aprobadas en 1977 y 1984
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01 de julio de 2022 a las 10:48

La Rendición de Cuentas que ingresó este jueves al Parlamento pretende derogar, en su artículo 206, la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual — también conocida como ley de medios—. De todos modos, mantuvo cuatro artículos de la ley de 2014 considerados clave y restablece algunas de las normas que la ley aprobada en el gobierno de José Mujica había derogado. Esto con el propósito de que "no haya un vacío legal", explicó a El Observador la presidenta de la Unidad Reguladora de Comunicaciones (Ursec), Mercedes Armendía.

Se trata del decreto ley Nº 14.670, de 23 de junio de 1977 y el decreto ley Nº 15.671, de 8 de noviembre de 1984.

En resumen, el primero habilita sanciones a medios cuando "perturben la tranquilidad pública", menoscaben la "moral y las buenas costumbres", y comprometan la "seguridad o el interés públicos, o afectar la imagen y el prestigio de la República".

El segundo dictaminaba que "la Dirección Nacional de Comunicaciones, cuyos servicios se declaran esenciales, será el órgano de asesoramiento, de coordinación y de ejecución de la Política Nacional de Comunicaciones que fije el Poder Ejecutivo". De todas formas, esa dirección fue reemplazada por la Ursec en 2001; es decir, antes de la ley de 2014. Si se aprueba la Rendición de Cuentas como la presentó el Ejecutivo, se volverá a la situación previa al proyecto en gobierno de Mujica, lo que "da seguridad a todos" mientras no se aprueba la nueva ley de medios, dijo Armendía. 

Aramendía recordó que esas normas ya estaban vigentes antes de 2014 y que "se deben interpretar integradas en el marco normativo actual", que incluye, por ejemplo, a la Ley de Prensa y al Código de la Niñez y Adolescencia. 

Los artículos de la ley de 2014 que son mantenidos por la Rendición de Cuentas son: el que obliga a transmitir por televisión los partidos de las selecciones de fútbol y básquetbol en instancias definitivas de eliminatorias y torneos internacionales, el que estableció que las personas con discapacidad tienen “derecho a la accesibilidad” de los servicios de comunicación audiovisual, y el tercero agrega que todos los canales deben brindar “parte de su programación” acompañada de sistemas de subtitulado, lengua de señas o audio descripción. También se mantienen los artículos 15 y 16 de la Ley Nº 18.232, de diciembre de 2007. 

El decreto ley del 77

El decreto ley, firmado por el por entonces presidente Aparicio Méndez y el ministro de Defensa Nacional, Walter Ravenna, señala que "las emisoras privadas incurrirán en responsabilidad frente a la Administración" en el caso de que "transmitieren o intentaren transmitir sin autorización", "cuando infringieren cualquiera de las condiciones de la autorización"; "en caso de que transgredieren las normas de emisión y funcionamiento que establezcan las leyes y los reglamentos o los usos internacionales, según lo dispuesto en los convenios respectivos" y "cuando las emisiones, sin configurar delito o falta, pudieren perturbar la tranquilidad pública, menoscabar la moral y las buenas costumbres, comprometer la seguridad o el interés públicos, o afectar la imagen y el prestigio de la República".

En consecuencia, la norma sostiene que el Ejecutivo puede imponer sanciones que van desde una advertencia, a la revocación de la autorización a la emisora; pasando por un apercibimiento, una multa de 30 a 300 unidades reajustables y la suspensión o clausura de la emisora por un plazo de veinticuatro horas, como mínimo, y de treinta días, como máximo.

Asimismo, indica la norma, que en el caso de que un servicio de emisión transmita o intenta hacerlo sin autorización "se dispondrá la clausura definitiva, con incautación de la emisora, sin indemnización".

Por otro lado, en el articulado se encuentran pasajes que no tienen aplicación efectiva posible en la actualidad.

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