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Mientras Cabildo Abierto junta firmas, Frente Amplio presentó proyecto alternativo para reestructurar deuda

El proyecto es presentado por el senador Charles Carrera en la Comisión de Constitución y Códigos
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16 de noviembre de 2023 a las 19:31

El Frente Amplio presentó un proyecto de ley alternativo para tratar la reestructura de la deuda de las personas físicas dado que el proyecto de Cabildo Abierto no tuvo apoyo parlamentario y ahora se juntan firmas para que pueda ser plebiscitado en las próximas elecciones nacionales de 2024.

"La mayor parte de los deudores calificados como irrecuperables originaron su deuda en créditos al consumo, que luego no pueden pagar, debido a las condiciones abusivas de las altas tasas de interés. Esto los limita para acceder a nuevos créditos y poder operar en el sistema. Toda persona que figura en el cleraring pasa a ser prácticamente un paria social y se ve imposibilitado de acceder a cuestiones básicas. Es por ello, que se vuelve imprescindible contar con un mecanismo de defensa que actúe a su favor", fundamentó el senador Charles Carrera en la presentación del proyecto.

"El proyecto que hoy presentamos fue elaborado con la intención de mejorar las condiciones de fondo que llevan a las personas a sumergirse en esta crítica situación, por eso, se modificaron varios aspectos de la Ley de Usura. Otro aspecto que entendemos fundamental tiene que ver con la necesidad de establecer un mecanismo administrativo y judicial, que le permita al deudor tener una información cabal de lo que debe e, inclusive, la posibilidad de proponer un plan de pago que pueda cumplir", agregó.

A su vez señaló que estuvieron negociando un proyecto en común con el senador Adrián Peña pero que no se llegó a un acuerdo por lo que ambos proyectos se presentarán en la Comisión de Constitución y Legislación, para poder laudar esas diferencias y que quede aprobada la ley.

El proyecto consta de 41 artículos divididos en cuatro capítulos. El primero modifica algunas normas relacionadas con el cálculo de las tasas medias y los topes máximos de interés, así como de la información a brindar a los tomadores de crédito. El segundo capítulo implementa una regulación relacionada al acceso a servicios públicos de personas que se encuentran en el clearing mientras que el tercero crea un proceso reservado al deudor de créditos al consumo que sea de bajos recursos o ingresos menores a determinados montos con el fin de lograr una reestructuración de las deudas de esa persona.

El quinto capítulo establece medidas de protección de los deudores en las operaciones crediticias en general.

Proyecto de Cabildo Abierto

En mayo de 2023, Cabildo presentó un nuevo proyecto para reestructurar la deuda, luego de que el primero no contara con los votos. Sin embargo, el segundo tampoco los tuvo. 

El nuevo proyecto introducía el concepto de "deuda justa", una suerte de límite a la hora de resolver judicialmente la cifra para la reestructuración, en caso de que por la vía administrativa ante Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) no haya acuerdo entre deudor y acreedor. 

La "deuda justa" equivalía, como máximo, al monto pactado en un inicio entre ambas partas al retirar el crédito, más una tasa efectiva anual de hasta 2% (por intereses, multas, moras y otros recargos), pero no pudiendo superarlo, y restando los pagos que sí haya efectuado a la fecha el deudor. De no haber acuerdo, el juez de Paz podía determinar la "reestructuración judicial forzosa", sin excederse de ese límite de recargo, esa "deuda justa"

Esto no fue llevado adelante por los demás partidos por lo que Cabildo Abierto decidió a empezar a juntar firmas para cambiar el artículo 52 de la Constitución.

El artículo 52 de la Constitución quedaría redactado de la siguiente manera, si prospera la iniciativa cabildante: "Prohíbese la usura. Es de orden público la ley que señale límite máximo al interés de las obligaciones, la cual deberá ser aprobada con el voto de los dos tercios del total de componentes de cada una de las Cámaras. La ley determinará el interés máximo permitido por todo concepto, incluido tasas de interés compensatorio y moratorio, comisiones, reajustes y cualquier otro gasto adicional. Ello se aplicará a todo tipo de obligaciones, incluidas las correspondientes al pago de facilidades o infracciones exigibles por el Estado, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados, Gobiernos Departamentales, personas públicas de derecho privado y organismos paraestatales". Y afirma: "La ley no podrá delegar a ninguna autoridad la determinación del interés máximo referido anteriormente. La ley determinará la pena a aplicarse a los contraventores. Nadie podrá ser privado de su libertad por deudas 

 

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