26 de septiembre 2023 - 16:04hs

El Poder Ejecutivo remitió al Parlamento el proyecto de reforma para la Caja de Profesionales. Más allá de los cambios previsionales previstos surgió una c onfusión por la declaración de no ejercicio y si al momento de hacerla se debe pagar a la institución o no.

El texto plantea cambios a la ley 17.738 que aprobó en 2004 la estructura orgánica de la Caja de Profesionales. Modificó 27 artículos, entre ellos el 68 que refiere al cobro de un gasto por no ejercicio. No cambió la manera para aplicarlo, pero igualmente se generó un malentendido

La presidenta de la Caja de Profesionales, Virginia Romero, había explicado a El Observador cómo era el procedimiento. Durante las negociaciones que realizó el equipo de trabajo que elaboró la propuesta –compuesto por el Ministerio de Trabajo, Economía, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Caja- se manejó que los profesionales que señalaran no estar en ejercicio deberían pagar un monto en cada declaración. Sin embargo, esa posibilidad fue desestimada en febrero de 2022. “Lo digo rotundamente: nunca más se habló de este tema”, dijo Romero.

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Indicó que los gastos se cobran cuando un profesional cambia de estado en un plazo menor a un año. “Estoy en no ejercicio, vengo (a la Caja) y digo que voy a hacer ejercicio. Dentro de nueve meses digo que voy a hacer no ejercicio otra vez. En ese caso se cobran gastos”, expresó.

Diego Battiste Virginia Romero, presidenta de la Caja de Profesionales

Este martes, en el programa Primera Mañana de El Espectador, reafirmó el concepto. “En los únicos casos en los cuales se cobra un gasto de administración es en el cambio de estado. Una persona que está en ejercicio pasa a no ejercicio y si antes de un año vuelve a cambiar de estado, en ese exclusivo momento se le cobra un gasto de administración”, relató.

Añadió que la declaración inicial no tiene costo. También explicó que la Caja de Profesionales maneja plazos. “Por ejemplo, si una persona viene después de dos años de haberse recibido a inscribirse y a decir que está en no ejercicio se le cobra porque se pasó del plazo reglamentario”, dijo.  

Ese es en el único caso en el que se cobran gastos a la inscripción.

“Quiero ser enfática en esto porque la verdad no queremos crear pánico en los que no ejercen. Están en todo su derecho y la Caja no les va a cobrar nada”, aseguró Romero.

Lo que modificó el proyecto del artículo es el monto para el caso del cobro de gastos.  La ley indica que el cobro será el que disponga el Directorio de la Caja de Profesionales cuyo máximo no podrá exceder el sueldo ficto de segunda categoría.  Romero había dicho a El Observador que esa cifra es de $ 7.500. El proyecto de ley expresa que el gasto de administración tomará como base el sueldo ficto de primera categoría.  De esa manera será de aproximadamente $ 2.000.

 

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