Reforma de la Caja de Profesionales

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Reforma de la Caja de Profesionales: ¿los declarados en no ejercicio van a tener que pagar? Esto dice el proyecto

El Poder Ejecutivo remitirá el proyecto de ley para rescatar a la Caja de Profesionales
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22 de septiembre de 2023 a las 05:03

El gobierno presentará en las próximas horas el proyecto de ley para rescatar a la Caja de Profesionales. La propuesta incluye modificaciones que deberán ser tratadas y aprobadas en el Parlamento.

Desde abril de 2022 un grupo de trabajo conformado por representantes del Ministerio de Trabajo (MTSS), la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), el Ministerio de Economía (MEF) y la Caja de Profesionales comenzaron a elaborar diferentes propuestas para establecer un proyecto de ley con el objetivo de rescatar al organismo.

En diciembre del año pasado, la Caja de Profesionales presentó ante el MTSS un anteproyecto de reforma, más conocida como “Ley Exprés”. Los intercambios en el equipo de trabajo continuaron hasta este mes.

El texto final, que se dará a conocer a la brevedad, permitirá resolver algunos inconvenientes más inminentes que tiene la institución. Por una mala ecuación entre los ingresos mensuales  y los egresos por prestaciones, la Caja de Profesionales tenía asegurada su viabilidad financiera hasta junio de 2025. La proyección era que en ese momento se terminaban las reservas, poniéndose en riesgo el pago de las jubilaciones y otras obligaciones.  Mensualmente, la Caja de Profesionales tiene ingresos operativos por US$ 37,9 millones y egresos por US$ 42 millones, entre jubilaciones, pensiones, subsidios y otros beneficios a los afiliados.

El proyecto que se remitirá al Parlamento mantiene la compatibilidad de la edad avanzada (jubilación a los 70 años) con otra jubilación o retiro para todos los afiliados de la Caja.

Caja de Profesionales

Plantea que los nuevos  profesionales aporten a la institución a través de un cambio en la escala de sueldos fictos que establece 15 categorías y saltos cada dos años. Los sueldos fictos son menores al igual que los saltos en la escala de 10 categorías que está actualmente vigente.

Señala que la tasa de aportación de los profesionales activos tendrá una modificación y pasará de 16,5% a 19% del sueldo ficto.  

El texto que debe convertirse en ley habilita el intercambio de información con la Dirección General Impositiva  (DGI) y el Banco de Previsión Social (BPS) para optimizar los controles y fiscalización del ejercicio profesional y no ejercicio a los efectos de detectar posibles evasores.

Otros planteos que estuvieron sobre la mesa pero no se incluyeron. Entre ellos estuvieron un ajuste de los timbres profesionales por Índice Medio de Salarios (IMS). También que el monto del Impuesto a la Asistencia de la Seguridad Social (IASS) generado por las jubilaciones servidas por la Caja de Profesionales quedaran para cubrir el déficit operativo hasta que se lograra el equilibrio financiero.

Declaración de no ejercicio

Durante las negociaciones para alcanzar el redactado final del proyecto de ley se planteó que los profesionales que declararan no estar en ejercicio igualmente deberían pagar un monto en cada declaración. Sin embargo, la presidenta de la Caja de Profesionales, Virginia Romero, aseguró a El Observador que esa posibilidad fue desestimada en febrero de 2022. “Lo digo rotundamente: nunca más se habló de este tema”, dijo. Por tanto, seguirá vigente el artículo 68 de la ley 17.738 que aprobó la estructura orgánica de la Caja de Profesionales.

Romero afirmó que ese artículo indica que cuando un profesional cambia de estado en un plazo menor a un año se le deben cobrar gastos.

“Estoy en no ejercicio, vengo (a la Caja) y digo voy a hacer ejercicio. Dentro de nueve meses digo voy a hacer no ejercicio otra vez. En ese caso se le cobran gastos”, explicó.  

En este caso de cambio de estado al profesional se le cobran gastos por $ 7.500.

“Pero si una persona viene a la Caja y declara no ejercicio no paga nada”, complementó.

Plazos

El proyecto de ley elaborado por el Poder Ejecutivo será enviado al Parlamento para su tratamiento. Allí los plazos urgen. La Constitución establece un plazo para aprobar un proyecto de ley con cambios impositivos o previsionales y está atado a las elecciones nacionales. En esta oportunidad vence el 31 de octubre. Por ese motivo, el texto debe ser discutido y aprobado antes de esa fecha.
La ley debe entrar en vigencia el 1º de diciembre de este año.

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