14 de abril de 2015 10:26 hs

A partir de ayer comenzó a regir una nueva exigencia de la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) para el despacho de las compras por internet no expresas, es decir, las que van hasta los US$ 50.

Se trata de un procedimiento que obliga a la Administración Nacional de Correos a cumplir con las mismas exigencias que los operadores privados e informar las compras en tiempo real. Además, este cambio implica la necesidad de pedir más datos a los compradores, los que deberán informar si se trata de una compra no expresa, el tipo de mercadería adquirida, el tipo de tarjeta de crédito o débito del titular que realiza la transacción con los cuatro último dígitos y el emisor de la tarjeta.

Sin embargo, la resolución de la DNA indica que la descripción de la mercadería -de acuerdo con una tabla específica- y los datos del modo de pago se prorrogan hasta el 30 de junio de 2015, según informó El País.

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En diciembre de 2014 la DNA cambió la disposición para este tipo de compras, que generalmente se realizan en China y hasta entonces no tenían tope. Éstas pasaron a estar incluidas en la franquicia que permite realizar un máximo de cinco compras por US$ 200 cada una, con un peso de máximo de 20 kilos.

El comprador puede elegir si incluir o no la compra expresa dentro de esa franquicia, pero en caso de no hacerlo debe pagar un impuesto por el 60% del valor de la mercadería comprada. El caso es que, como el Correo no disponía de todos los mecanismos necesarios para el control de esas compras, ese impuesto no se terminaba pagando.

Desde ahora, al ser considerado como operador postal de correo no expreso, "deberá estar debidamente habilitado y proporcionar a la DNA toda la información requerida en el procedimiento, para lo cual deberá disponer de todos los medios necesarios para recabar dicha información", indica la resolución divulgada por El País.

La mercadería que llegue como encomienda al exterior de entrega no expresa no podrá salir del depósito del Correo sin la autorización de la Dirección Nacional de Aduana, y si permanece en las instalaciones del Correo por más de 30 días, deberá ser declarada como abandonada.

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