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Parlamento inicia discusión sobre impuesto a sueldos y jubilaciones por coronavirus

El tributo es por dos meses pero prorrogable hasta agosto; políticos que cobran subsidio tras dejar el cargo también aportarán 20%
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01 de abril de 2020 a las 13:44

Entre miércoles y jueves, el Parlamento discutirá de forma maratónica dos importantes proyectos de ley para relacionados a la crisis desatada por el coronavirus: por un lado la postergación de las elecciones departamentales; por otro la creación del Fondo Coronavirus, que incluye impuestos transitorios para hacer frente a la emergencia económica.

El gobierno remitió este martes al Parlamento el proyecto crea el Fondo Coronavirus. El texto, al que accedió El Observador, fija la creación de "un impuesto de carácter mensual" denominado "impuesto de Emergencia Sanitaria Covid-19", que abarcará a sueldos públicos y políticos, así como las jubilaciones públicas y privadas mayores a $120 mil nominales.

El proyecto ingresará este miércoles a comisión de Hacienda del Senado, que recibirá a la ministra de Economía Azucena Arbeleche para que explique punto por punto. También participarán de esa reunión los diputados de la comisión de Hacienda, que votarán el proyecto al día siguiente. La bancada del Frente Amplio analizará en la mañana qué postura tomar, aunque hay "disposición" a acompañarlo, más allá de los matices en el alcance de las medidas, dijeron fuentes de la oposición.

El texto del Ejecutivo señala  que el impuesto será por los meses de abril y mayo, facultándose al Ejecutivo a prorrogar su aplicación "hasta por un período máximo de tres meses", es decir, hasta agosto. En ese caso deberá comunicarlo a la Asamblea General. 

Los cargos políticos –desde presidente y vicepresidenta, pasando por ministros, subsecretarios, legisladores, intendentes y otros puestos de particular confianza–  aportarán 20% de su salario, indistintamente de cuánto cobren. 

Ese impuesto incluirá a "los beneficiarios de los subsidios otorgados por ley a quienes hubieren ocupado cargos públicos o de particular confianza". Entre ellos se encuentra, por ejemplo, el exvicepresidente de la República Raúl Sendic.

También estarán comprendidas en ese tributo "las retribuciones personales de los funcionarios que desempeñan tareas en el exterior", incluyendo "embajadores, ministros o ministros consejeros". 

Por su parte, los sueldos de funcionarios públicos y las jubilaciones tendrán un mínimo no imponible y una tasa diferenciada por franjas. 

En caso de los trabajadores activos, "en ningún caso" los sueldos líquidos de aquellos que aporten podrá bajar de $ 80 mil una vez descontado todos los impuestos. Para los jubilados, las retribuciones no podrá bajar de $ 100 mil líquidos una vez descontado el tributo.

Los que perciban hasta $ 120 mil nominales no pagarán ningún impuesto adicional. De $ 120 mil a $ 130 mil se descontará un 5%. De $ 130 mil a $ 150 mil se descontará 10%. De $ 150 mil a $ 180 mil se aplicará una tasa de 15%. Las retribuciones superiores aportarán 20% para atender la emergencia sanitaria. 

En el caso de las jubilaciones, el artículo 8 señala que "estarán gravados los ingresos correspondientes a las jubilaciones, pensiones y prestaciones de pasividad similares, servidos por instituciones públicas y privadas, residentes en la República". El impuesto es adicional al IASS.

En el caso de los sueldos públicos, los sujetos pasivos son los "funcionarios de la Administración Central, Poder Legislativo, Poder Judicial, los organismos comprendidos en los artículos 220 y 221 de la Constitución de la República y de los Gobiernos Departamentales; "aquellas personas físicas que mantengan contratos de servicios personales con el Estado, incluyendo los contratos de arrendamiento de obra y de servicios, motivados por vínculos temporales que no revistan la condición de funcionarios públicos, excluido el IIVA, cualquiera sea su fuente de financiamiento"; y "los beneficiarios de los subsidios otorgados por ley a quienes hubieren ocupado cargos públicos o de particular confianza".

El Fondo Coronavirus se dotará en parte de las utilidades del ejercicio 2019 del Banco República (BROU), así como "hasta el 100% de las utilidades acumuladas" de la Corporación Nacional para el Desarrollo al momento de la promulgación de la ley. "El Poder Ejecutivo, previo informe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, determinará el porcentaje correspondiente de forma tal que no se afecte el cumplimiento normal de los cometidos que le hayan sido atribuidos (a la CND)", dice el texto.

También recibirá el aporte del "total de los tributos transitorios" a sueldos públicos y jubilaciones, además de "donaciones en dinero, tanto nacionales como extranjeras, que tengan por objeto contribuir con el Fondo Solidario COVID -19", fondos de préstamos de organismos multilaterales de crédito, y "toda otra partida, fondo o contribución destinado al Fondo Coronavirus".

Atentos a los tecnicismos

El senador de la Vertiente Artiguista Enrique Rubio dijo a El Observador que a pesar de la premura para votar el proyecto, hay que ser "cuidadosos" con "los detalles técnicos", para evitar caer en errores que luego "cuesten caro". "Hay disposición a que se vote lo más rápido posible, pero viendo bien la ingeniería jurídica. Nosotros aprendimos en nuestro gobierno que cuando se cometen errores técnicos se terminan pagando costos altos", advirtió el legislador, aunque resaltó que su sector estaba afín a acompañarlo.

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