Los productores agropecuarios que tributan el Impuesto al Patrimonio -aquellos que tienen activos que superan los 12 millones de unidades indexadas (unos US$ 1,3 millones)- tendrán un incremento de ese tributo de casi 40% en la liquidación que deberán realizarse el 30 de junio por el ejercicio 2020. Para tener una idea, este impuesto recae sobre aquellos titulares de inmuebles rurales que están alrededor de las 2 mil hectáreas o más.
¿Por qué ocurre eso? Según lo explicó este viernes a Valor Agregado de Carve el contador y socio del estudio Guyer & Regules, Federico Camy, para el pago del Impuesto al Patrimonio los inmuebles rurales se valúan por un valor catastral, que no es el mismo que se utiliza cada enero para el Impuesto a Primaria o la contribución inmobiliaria rural.
El Impuesto al Patrimonio para los inmuebles está “anclado” al año 2012, y cuyo ajuste anual para los valores catastrales se define por el Índice de Precios de Agricultura, Ganadería, Caza y Silvicultura que releva al INE.
Para el cálculo de ese valor catastral, ese índice se cerró en noviembre y tuvo una fuerte incidencia al alza producto de la valorización del ganado vacuno (+48%) durante gran parte de 2019, explicó el experto tributario. Así, se llega a un aumento del 36% en valores corrientes del valor catastral para el índice general de la producción agropecuaria. La inflación general (IPC) del año pasado fue del 8,8%.
“Ese (ajuste) va a llevar a un mayor valor catastral y que algunos productores que estaban al borde de los 12 millones de UI pueden pasar a tributar. Y también que algunos puedan comenzar a pagar sobretasas del impuesto (al Patrimonio)”, explicó Camy.
Este tipo de tributo, que se paga independientemente del resultado de la explotación agropecuaria, ha sido duramente cuestionado por las principales gremiales agropecuarias por considerarse “impuestos ciegos”.
El Impuesto al Patrimonio a los inmuebles rurales fue restituido en 2012, luego que la Justicia declaró inconstitucional el Impuesto a la Concentración de los Inmuebles Rurales (ICIR) que promovió el gobierno de José Mujica en ese entonces. Según Camy, en el caso del agro, los “impuestos ciegos” (Primaria, Patrimonio y contribución) representan el 70% de los tributos que abona este sector de actividad.
El socio de Guyer & Regules indicó que este ajuste al patrimonio no le pega a todos los productores agropecuarios por igual. Por ejemplo, si la explotación se dedica mayoritariamente a la producción de cereales, los precios en este caso subieron 16% (bastante menos que la ganadería), el incremento de ese impuesto “pegará bastante más”.
En cambio, para los ganaderos la ecuación es distinta porque -durante el año pasado- el valor de su producción se incrementó casi 50% en términos corrientes, bastante por arriba de la inflación general (8,8%) de 2019.
Por otro lado, Camy recordó que en cálculo del Impuesto al Patrimonio se pueden restar los pasivos. Así que si una empresa tiene más deuda, quizás no tienen tanto impacto en el cálculo de la liquidación que tendrá que realizar antes del próximo 30 de junio.
El valor de catastro de 1 hectárea -Índice Coneat 100- es de unos US$ 500 actualmente. Con la tasa del 1,5% del Impuesto al Patrimonio esto arroja unos US$ 7,5 por ha. Según estimó Camy, con el ajuste del 36% de ese tributo eso representará alrededor de US$ 2 más por ha para la liquidación de esta año.
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