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Procesan sin prisión a capataz que agredió un peón en Salto

El magistrado dará a conocer su fundamento en las próximas 48 horas
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05 de diciembre de 2017 a las 17:04


El peón también denunció la omisión de asistencia por parte del capataz y del dueño de la estancia, porque esa noche el hombre no recibió ningún tipo de cuidado y se fue a dormir a la estancia de un vecino. Recién al otro día viajó a Salto, donde visitó a un médico y presentó la denuncia ante la seccional policial. Sin embargo, en la justicia no se pudieron probar ni las amenazas ni la omisión de asistencia, ya que se argumentó que Leites pudo retirarse del establecimiento en cualquier momento.

El juez de Salto Wilson Borsani procesó sin prisión por lesiones personales al capataz que agredió a fines de setiembre al peón rural Hugo Leites. Borsani comunicó la decisión al acusado y sus abogados, pero anunció que en 48 horas dará a conocer el fundamento de su decisión, según informó Subrayado y confirmó El Observador.

El fiscal de Salto de tercer turno, Ricardo Lackner, había pedido el procesamiento sin prisión para el capataz de la estancia salteña Flor de Ceibo, quien en la tarde del 18 de setiembre tomó a golpes con un rebenque a Leites, según consta en la vista fiscal.

Leites, de 53 años, trabajaba en la estancia Flor de Ceibo, a 45 kilómetros de Salto, desde hace nueve meses. Según sus declaraciones, realizaba jornadas de entre 12 y 14 horas, pero solo cobraba por ocho horas, y por esta razón le había planteado al capataz que estaba trabajando mucho, relató el abogado.

Según la versión del peón y de su abogado, cuando estaba terminando la jornada laboral, Leites volvió a mencionar el tema y, mientras cerraba una portera, el capataz lo atacó con el rebenque y los golpes le generaron heridas en la espalda, la cara y la fractura de una costilla.

El abogado de Leites, Gabriel Cartagena, dijo a El Observador que estaba conforme con el pronunciamiento, aunque había que esperar el fundamento del magistrado. A su vez, agregó que "quien quedó fuera de todo esto y libre de cualquier responsabilidad penal fue el dueño del establecimiento, teniendo la prueba en el propio expediente de las condiciones lamentables en que vivían los peones; sin agua potable ni electricidad". Se abre ahora una etapa en lo laboral y lo civil, aseguró el profesional.

La denuncia judicial de este caso fue anterior a la entrada en vigencia del nuevo Código de Proceso Penal, por lo que para su dilucidación se aplica el Código del Proceso anterior.

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