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Sociedad Uruguaya de Tabacología presentó una acción de amparo contra el empaquetado de cajillas de cigarros

Ya había presentado un recurso administrativo de revocación ante el Poder Ejecutivo
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11 de octubre de 2022 a las 16:15

La Sociedad Uruguaya de Tabacología (SUT) presentó una acción de amparo contra el decreto que flexibilizó el empaquetado de las cajillas de cigarros, informó MVD Noticias (TV Ciudad) y confirmó El Observador.

"El decreto 282/022 significa un claro retroceso en la normativa sanitaria y contraviene el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco y la legislación vigente, introduciendo cambios en el régimen legal del empaquetado neutro", señala la SUT en un comunicado.

Según señalan, en el decreto se permite incorporar elementos distintivos de marca en el interior de la cajilla y en el cigarrillo, "dejando a la discrecionalidad de la industria tabacalera los elementos a incorporar, pudiendo constituir publicidad del producto y elementos engañosos con respecto a su nocividad".

Por el caso, la SUT había presentado en setiembre un recurso administrativo de revocación ante el Poder Ejecutivo. Además, recuerda que "la comunidad científica y líderes de salud pública tanto del Uruguay como de otros países, han manifestado en forma unánime su preocupación por el retroceso en la política sanitaria".

La Sociedad Uruguaya de Tabacología señala que en Uruguay mueren 6.500 personas por año por enfermedades vinculadas al consumo de tabaco. "El derecho a la salud de las personas debe prevalecer sobre los intereses comerciales y su salvaguarda es un deber de los estados", concluye.

El proceso jurídico del recurso de amparo

El recurso de amparo contra el Estado puede usarse siempre que a una persona –tal como dice la ley– se le “lesione, restrinja, altere o amenace, con ilegitimidad manifiesta, cualquiera de sus derechos y libertades reconocidos expresa o implícitamente por la Constitución”.

Los casos más comunes de recursos de amparo se deben a que el Ministerio de Salud Pública o el Fondo Nacional de Recursos se niegan a financiar medicamentos de alto costo y quien interpone el recurso considera que si la Justicia no ordena lo contrario en un exiguo plazo, eso le generará un daño irreparable en su vida.

Pero al mismo tiempo está la posibilidad de apelar a lo que se denomina “interés difuso” y arrogarse la representatividad de un derecho colectivo afectado por una norma.

La ley que regula los procesos de amparos no prevé la figura del interés difuso, sino que está legislado en el artículo 42 del Código General del Proceso (CGP). “En el caso de cuestiones relativas a la defensa del medio ambiente, de valores culturales o históricos y, en general, que pertenezcan a un grupo indeterminado de personas, estarán legitimados indistintamente para promover el proceso pertinente, el Ministerio Público, cualquier interesado y las instituciones o asociaciones de interés social que según la ley o a juicio del tribunal garanticen una adecuada defensa del interés comprometido”, sostiene el artículo.

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