Archivo, marzo de 2022: Protesta del sindicato Utmides frente a la sede del Ministerio de Desarrollo Social

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Suprema Corte señaló "discriminación" por actividad sindical en cese de trabajadora del Mides y ordenó recontratarla

La Suprema Corte de Justicia encontró insuficientes las explicaciones de la cartera
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22 de junio de 2022 a las 09:49

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) señaló discriminación por actividad sindical y ordenó recontratar a una trabajadora que se desempeñaba en la repartición de Artigas del Ministerio de Desarrollo Social. De esta forma dio lugar al recurso presentado por la Unión de Trabajadores del Mides (Utmides) y la Confederación de Funcionarios del Estado (COFE). Además, dispuso que se le paguen todos los jornales en los que no trabajó quien además es referente sindical en Artigas, según informó La Diaria y confirmó El Observador.

Para el órgano, la no renovación “se fundó en una causa discriminatoria, como sin duda lo es la actividad sindical que ella desplegaba”.

La mujer trabajó para el Ministerio de Desarrollo Social (Mides) hasta noviembre de 2020 en Artigas. La relación laboral había comenzado en 1º de noviembre de 2018 y, como el contrato era por dos años, seguiría hasta el 31 de octubre de 2020. Sin embargo, siguió en el ministerio hasta el 9 de noviembre, por una prórroga automática, hasta que se le avisó que no continuaría en su trabajo.

Su contrato era por dos años, pero de 300 otros trabajadores con el mismo contrato, 298 fueron renovados. Solo ella y otra persona fueron cesados. 

La sentencia, a la que accedió El Observador, señala que “la Administración posee discrecionalidad en elegir a sus colaboradores, pero carece de discrecionalidad para discriminarlos” y que el Mides no argumentó o probó que la trabajadora “rendía menos que sus compañeros” o tuviera “inconductas”. Además, si bien la cartera alegó una “reorganización del servicio”, “ni siquiera intentó acreditarlo”. Es más, ninguna de las tareas que ella realizaba “fueron reemplazadas y todas y cada una de ellas se continuaron realizando, lo que fue expuesto en la demanda y no fue controvertido”, indica la sentencia.

Incluso, una exsecretaria de la diputada Valentina Dos Santos comenzó a desempeñar “un rol muy aproximado” al de la mujer que no fue renovada, según la sentencia. 

Asimismo, según la denuncia de los sindicatos, un funcionario, que dice responder y acatar órdenes de la legisladora nacionalista, “desde hace algunos meses ha consultado sobre las opiniones políticas de la actora (la funcionaria no renovada) y ha consultado quiénes están afiliados al sindicato”.

En la misma línea, denunciaron que la directora del Mides en Artigas, Yessica Vasconcellos, solicitó acceder a una lista de personas afiliadas a Utmides en el departamento.

“Todos estos hechos resultaron admitidos o debidamente acreditados y constituyen un cúmulo indiciario que permite concluir, con probabilidad prevalente, que la no renovación del contrato (...) se fundó en una causa discriminatoria, como sin duda lo es la actividad sindical que ella desplegaba”, dice la sentencia.

Tanto el Juzgado Letrado del Trabajo, como el Tribunal de Apelaciones del Trabajo se pronunciaron a favor del Ministerio, pero en respuesta se interpuso el recurso se casación que llegó a la SCJ y que, finalmente, le dio la razón a los sindicatos. 

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