El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de Tercer Turno confirmó la medida de prisión preventiva para el ciudadano ruso Alexey Slivaev y el escribano uruguayo Álvaro Fernández, los involucrados en la organización que falsificaba documentos públicos para obtener pasaportes para rusos, según la sentencia a la que accedió El Observador. Los involucrados fueron señalados junto a Alejandro Astesiano, el encargado de la seguridad del presidente, quien no apeló la decisión del juez Matías Porciúncula de permanecer preso preventivamente mientras continúa la investigación.
La defensa de Slivaev y Fernández sí había apelado la decisión de la jueza María Noel Odriozola de permanecer en prisión preventiva por 30 días, hasta que la Fiscalía decidiera si pediría renovar la medida. Ahora, el tribunal de apelaciones falló en su contra y deberán cumplir con la medida hasta que se cumpla el plazo.
"La prisión preventiva solo se debe disponer y mantener en la medida estrictamente necesaria y proporcional con los fines que persigue su dictado (...) Se torna necesario la imposición de máxima cautela, dirigida a lograr los fines legítimos y razonablemente relacionados con el proceso", advirtieron los jueces del tribunal.
Fernández había argumentado que la Fiscalía no había probado que una medida menos grave –como podía ser la prisión domiciliaria– entorpeciera la investigación. Por su parte, la defensa de Slivaev sostuvo que el imputado no podría eliminar ninguna prueba puesto que toda la información ya había llegado a Policía Científica. A su vez, recordó que todos los reclusos tienen celular en prisión, por lo que tendría el mismo grado de comunicación con el exterior, que en libertad.
La fiscal Gabriela Fossati recordó que Slivaev intentó ocultar documentación y un celular para proteger a Roman Karpov, uno de los ciudadanos rusos que buscaba hacerse de documentación uruguaya de manera irregular. También sostuvo que tendría un acceso más directo a un grupo de WhatsApp que tenía con otros ciudadanos rusos. En ese contexto, informó sobre su vínculo con el custodio presidencial Astesiano.
"Si se acepta que uno de los fines del procedimiento es el correcto establecimiento de la verdad, parece evidente que una conducta activa del imputado tendiente a la alteración de las pruebas entorpece el cumplimiento de dicha finalidad en grado tal que justificaría la naturaleza cautelar de la medida (...) Es una medida necesaria y proporcional para el resguardo de los riesgos enunciados (…) a partir de dicho resguardo se allanará el camino para alcanzar la verdad de una trama alto compleja (sic)", expresaron en el tribunal.
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