El reciente documento nominado “BS/2025/01 - Anexo, Julio 2025” del Ministerio del Interior apareció de forma intempestiva, retroactivamente datado, rodeado de inconsistencias evidentes y solamente tras una serie de pedidos de informes emitidos por el Parlamento. La web oficial señala como última fecha de edición el 21 de julio de 2025. Sin embargo, los registros de motores que rastrean y guardan capturas de sitios oficiales demuestran que en esa fecha el Anexo no estaba disponible en línea, tal y como explicitamos en esta columna opinión. Todos estos indicios revelan un manejo poco transparente, torpe y apresurado de un área que debería caracterizarse por una gestión tan cristalina como brillante.
Pero hay más. En vista de problemas como los anteriores y dado que la oficina (AECA) responsable por el boletín de marras fue especialmente creada sin designar por concurso a sus autoridades y para reemplazar a otra (el ONVC cuya jerarquía sí había sido establecida mediante un proceso de competencia abierto y público) quien suscribe presentó un pedido de informes para conocer las condiciones de contratación de los asesores del Ministerio del Interior (Expediente 2025-4-1-0004897). El plazo legal del art. 15 ley 18381 venció sin respuesta: ¿lo político por encima de lo científico?
El novel y errante documento reproduce en forma casi textual (hasta en las notas y salvedades metodológicas) el contenido de informes regularmente producidos durante años por el ONVC. La copia no es, sin embargo, perfecta. Así, a pesar de las estridentes declaraciones que precedieron la creación de AECA (sobre la que se anunció que sería “un centro de excelencia estadística a nivel regional”), el documento contiene la clase de errores sobre los que alertan los manuales elementales de introducción a la Estadística.
Aunque por obvias razones de espacio no es posible explayarse en consideraciones técnicas, algunos errores científicos en la forma de presentar la información son tan impactantes que no es posible soslayar una breve mención. Solo sólo a vía de ejemplo, hay que mencionar la gráfica 2, cuyo eje vertical no comienza en cero y magnifica de manera absolutamente artificial, por tanto, la importancia de la variación entre los semestres comparados. De este modo, una variación relativamente menor en la cantidad de homicidios entre los cuatro semestres que muestra el gráfico aparece visualmente como un salto brutal. En efecto, aunque la diferencia entre el primer semestre que muestra el gráfico y los tres restantes está lejísimos de ser el doble (siendo de apenas veinte y pocos casos), la altura de las columnas correspondientes a los tres últimos semestres considerados en el gráfico es mucho más del doble de la correspondiente al primer semestre.
Virtualmente la única novedad que contiene el informe, en términos de contenido y respecto de informes estadísticos tradicionales del MI, es la inclusión de una nueva forma de clasificar los homicidios. De nuevo, la complejidad del tema y los muchos aspectos discutibles de esta nueva clasificación ameritarían una extensa discusión. Veamos algunos aspectos problemáticos.
La introducción de cualquier procedimiento de medición debería estar acompañado de las correspondientes notas técnicas explicativas sobre el alcance de sus categorías, posibles limitaciones o sesgos de las fuentes empleadas en su construcción y criterios para la adecuada interpretación de la información correspondiente. Tales aclaraciones básicas a propósito de cualquier medición nueva brillan, no obstante, por su ausencia. Entre las muchísimas omisiones cabe mencionar por ejemplo la ausencia de explicaciones que aclaren mínimamente al lector cómo se hizo para distinguir entre homicidios por enfrentamientos entre narcotraficantes y otros homicidios relacionados con drogas. Dichas aclaraciones no resultan en absoluto ociosas ya que la fuente de la nueva clasificación (el parte policial) generalmente no permite realizar distinciones finas, por tratarse de un documento bastante sucinto, generalmente mal redactado y que frecuentemente omite de forma deliberada piezas claves de información para proteger a testigos y preservar el buen desarrollo de las investigaciones procesales. La pregunta anterior resulta relevante por sí misma, pero se torna mucho más aún a la luz del carácter profundamente contra intuitivo de algunos de los números que reporta el informe. Verbigracia, de acuerdo a esta nueva medición, sólo se habrían producido 9 homicidios derivados de enfrentamientos entre bandas narco durante el primer semestre. Para ilustrar sobre lo poco intuitivo de esta cifra, es útil considerar el ejemplo del Departamento de Rivera. Como es de público conocimiento (y ha sido reconocido incluso por las propias autoridades policiales departamentales), se trata de una zona del país que es escenario desde hace al menos tres o cuatro años de cruentos enfrentamientos entre múltiples facciones criminales. [2]
Pues bien, solamente durante el primer semestre del año en curso en Rivera hubo más homicidios que durante todo el año pasado. Con que sólo una fracción de los mismos fuera producto de enfrentamientos entre dichos grupos bastaría, pues, para que Rivera sola absorbiera el grueso de los exiguos 9 homicidios que el reporte del MI consigna para todo el país. En otras palabras, la problemática de un sólo Departamento (y no precisamente de los más poblados) parecería suficiente para dar cuenta del grueso de la cifra de homicidios derivados de enfrentamientos entre clanes delictivos que reporta el MI. Pero esto supondría que en el resto del país prácticamente no se habrían producido homicidios de este tipo (una suposición bastante poco plausible e ilustrada).
El nuevo procedimiento de clasificación de los homicidios también resulta en una proporción problemáticamente alta de casos que se asignan a categorías poco precisas y que en nada contribuyen, en consecuencia, a hacer posible un diagnóstico nítido de la naturaleza de la violencia en el país. Así, el informe señala que la categoría de homicidios de mayor crecimiento entre los dos semestres comparados es aquella cuyos motivos son “indeterminados” (que se multiplica nada menos que por tres en un período de tiempo muy breve). La suma de dicha categoría y la categoría “ejecución sumaria” (que, por definición, nada dice sobre los motivos o circunstancias precipitantes de tales “ejecuciones”) representa nada menos que el 28% del total de casos, superando así con creces a todas las otras categorías con motivos definidos de manera algo más precisa.
Ahora bien, las categorías de “motivo indeterminado” y “ejecución sumaria” se usan en este nuevo procedimiento de clasificación para categorizar principalmente homicidios que no están aclarados. Es importante tener presente este detalle pues, como lo sugieren tanto consideraciones de elemental sentido común como una amplia bibliografía internacional, los homicidios que no se logra aclarar difieren cualitativamente de los resueltos. Factores obvios que dificultan la aclaración de un homicidio, en este sentido, son la inexistencia de evidencia forense (como huellas dactilares o rastros de ADN), el grado de premeditación/planificación de una agresión, el amedrentamiento de testigos e, incluso, la corrupción policial a distintos niveles. Como es obvio, todos estos factores tienen mayor probabilidad de estar presentes en el accionar de grupos delictivos más o menos organizados que en homicidios llevados a cabo por individuos aislados como resultado de arrebatos emocionales intensos y espontáneos. Así, los grupos criminales cuentan, por el sólo hecho de ser numerosos, con mayor poder de intimidación de testigos. Dado que suelen manejar recursos económicos no desdeñables derivados de lucrativas actividades como el narcotráfico, la posibilidad de comprar influencias también está más a su alcance. Asimismo, suelen planificar más sus actos, que no responden tanto a emociones pasajeras como a decisiones sopesadas (eliminar un competidor, organizar una represalia/emboscada contra un grupo enemigo). Por último, los recursos con que cuentan facilitan el acceso a armas de fuego y vehículos, lo que redunda en la posibilidad de matar a cierta distancia y evitar, así, dejar rastros de ADN, huellas dactilares y otros tipos de evidencia forense. Es harto plausible, en este sentido, que el uso extensivo de las categorías “motivo indeterminado” y “ejecución sumaria” esté enmascarando un número considerable de homicidios que en realidad son fruto de enfrentamientos entre grupos criminales. Y esta muy plausible eventualidad resulta oscurecida por el hecho de que los importantes matices mencionados entre homicidios aclarados y sin aclarar no son explicitados en ninguna nota metodológica en el boletín de AECA.
Se pierde así, para el lector no especialista en la materia, toda posibilidad de una interpretación adecuada de la información contenida en una clasificación en la que casi uno de cada tres homicidios es asignado a categorías vagas e imprecisas. Esta retorcida atomización de categorías injustificadas licua la relevancia de una relación lineal que rompe los ojos: hace años en Uruguay el crimen organizado precipita y explica el aumento sostenido de los homicidios.
En síntesis, un consenso precario en este punto solo es funcional quienes pretenden ocultar el problema o el fracaso de la gestiones circunstanciales y baja la vara de los resultados que deben ser eficientemente ofrecidos y transparentemente explicados a la sociedad uruguaya, mezclando perniciosamente política y conocimiento científico.
Ni ilustrados, ni valientes, claro está.
[2] Para un excelente informe periodístico que amplía con lujo de detalles la problemática del Departamento, veáse: En lo que va del año Rivera ya registró la misma cantidad de homicidios que en todo 2024 - Radio Sarandí 690 AM :Radio Sarandí 690 AM