31 de marzo de 2026 12:23 hs

Con foco en los miles de uruguayos que en los próximos días regresarán al país, en un momento del año en el que se incrementan los viajes al exterior, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) informó qué productos pueden ingresar al país y cuáles no, con el objetivo de evitar adversidades de diversa índole.

Riesgo para la sanidad y bioseguridad nacional

La introducción de ciertos productos de origen animal o vegetal pueden poner en riesgo la sanidad y la bioseguridad nacional, comprometiendo no sólo la salud de la población sino también la confiabilidad del Uruguay como país productor y exportador de alimentos, se indicó desde dicha Secretaría de Estado.

Si bien la coyuntura establece que el mensaje llegue especialmente a las personas que volverán al país en estos días, corresponde puntualizar que las medidas alcanzan a todos quienes viajen hacia Uruguay desde otros países, sea por turismo o cualquier otro motivo.

Más noticias

El contexto

La Gerencia de Barreras Sanitarias de la Dirección General de Bioseguridad e Inocuidad Alimentaria del MGAP (Digebia) es la encargada de realizar el control de productos que las personas deseen ingresar al país en los diferentes pasos de frontera.

Por ejemplo, no está permitido ingresar animales, plantas ni productos de origen animal o vegetal (incluidas artesanías) sin la autorización correspondiente.

Estos artículos, se explicó a El Observador, pueden trasladar enfermedades como fiebre aftosa, peste porcina africana o influenza aviar, además de plagas que amenazan nuestros cultivos, ecosistemas y biodiversidad.

El personal de Barreras Sanitarias del MGAP, tras las inspecciones de equipajes, está autorizado a decomisar todo artículo que no cumpla con los requisitos.

Lo que sea decomisado, se añadió, será eliminado de forma segura, en presencia del portador.

Desde el ministerio se expresó que la colaboración de las personas que llegan al país es clave "para proteger el esfuerzo de miles de uruguayos: cuidemos juntos nuestra salud, el trabajo nacional y nuestro estatus sanitario".

Se remarcó que "un pequeño descuido puede causar grandes pérdidas".

El dato

De acuerdo a la normativa vigente, el incumplimiento de la norma puede provocar las multas previstas en la Ley Nº 19.149.

barreras

Lo que se permite ingresar

Los productos que no se encuentren en el listado de ingreso controlado (ver más adelante) pueden ser ingresados al territorio nacional, pero deberán contar con etiquetas originales en alguno de los tres idiomas oficiales de la Organización Mundial del Comercio (OMC), es decir en español, inglés y/o francés.

barreras 2

Productos de ingreso controlado

Los siguientes productos de ingreso controlado, si cuentan con el certificado o la autorización oficial emitidos por el MGAP, podrán entrar al país.

De origen animal

  • Animales vivos de cualquier especie:
    • animales domésticos y otros
    • abejas
    • insectos
    • ácaros en todas sus formas
  • Carnes de cualquier especie, en cualquier estado o envase:
    • bovina
    • ovina
    • suina
    • de aves
    • de animales silvestres
    • peces y productos acuáticos
  • Productos envasados al vacío y embutidos (jamones, etc.)
  • Productos chacinados en cualquier tipo de envase y cocción (salchichas, chorizos, etc.)
  • Productos lácteos y sus derivados:
    • leche fluida (excepto UHT)
    • leche en polvo
    • leche fermentada
    • suero de queso en polvo
    • yogurt
    • quesos de cualquier tipo
    • quesos en polvo
    • helados frescos o en polvo
    • manteca
    • crema de leche
    • ricota
  • Huevos frescos de aves o de reptiles, enteros o sus partes en polvo
  • Componentes de animales de cualquier especie:
    • sangre, suero o plasma de cualquier especie animal, frescos o en polvo
    • tripas y vísceras de cualquier especie
    • cueros o pieles frescos, secos o salados
    • pelos
    • astas o cornamentas
    • pezuñas
    • lana sucia
    • crines o cerdas
    • huesos
    • semen de cualquier especie
    • embriones de cualquier especie
    • plumas de aves frescas
  • Alimentos y raciones para animales de cualquier especie:
    • harinas de carne
    • harinas de sangre
    • otras harinas de origen animal
    • pastas con rellenos de origen animal
  • Agentes de control biológico
  • Productos apícolas:
    • miel
    • cera
    • otros subproductos apícolas
  • Productos de manufactura casera sin rotular
  • Artesanías y elementos decorativos con productos, subproductos o partes de origen animal

De origen vegetal

  • Frutas frescas, secas o deshidratadas
  • Vegetales y sus partes:
    • flores
    • yemas
    • varetas
    • raíces
    • hojas
    • tallos
    • follajes frescos
    • polen
    • bulbos
    • tubérculos
    • raíces ornamentales
    • etc.
  • Frutos secos sin tostar o con cáscara
  • Hortalizas frescas
  • Semillas de cualquier tipo
  • Granos crudos (café, etc.)
  • Tabaco sin elaborar
  • Lúpulo (excepto peleteado)
  • Productos vegetales acondicionados al detalle en envases superiores a 500 g (té, especias, adobo, orégano, etc.)
  • Plantas:
    • ornamentales
    • hortícolas
    • frutícolas
    • forrajeras
    • otras plantas
  • Alimento de origen vegetal para animales
  • Productos de manufactura casera sin rotular
  • Artesanías y elementos decorativos con productos, subproductos o partes de origen vegetal
  • Maderas:
    • sólidas pintadas, procesadas, semiprocesadas o sin procesar
    • leña
    • muebles de madera
    • estacas enraizadas o sin enraizar
  • Fibras textiles vegetales sin procesar
  • Colecciones y especímenes botánicos
  • Cultivos in vitro
  • Agentes de control biológico
  • Inoculantes e inóculos
  • Suelo, tierra, turba, arena o cualquier material de soporte

Otros

  • Productos químicos y biológicos destinados a actividades agrícolas:
    • fertilizantes
    • herbicidas
    • insecticidas
    • etc.
  • Productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario:
    • Vacunas, sueros y específicos veterinarios
  • Productos de manufactura casera sin rotular y productos en envases abiertos.
  • Insectos
  • Virus
  • Bacterias
  • Hongos
  • Levaduras
  • Microorganismos destinados a la investigación o con cualquier otro fin

Nota: esta lista no excluye otros productos que pudieran calificarse como de ingreso controlado.

Fuente: MGAP

EO Clips

Te Puede Interesar

Más noticias de Argentina

Más noticias de España

Más noticias de Estados Unidos