En diciembre, y junto con el pago del medio aguinaldo, los hogares que tienen contratado personal doméstico deberán abonar la prima por presentismo.
Esta partida es equivalente a la cuarta parte del aguinaldo que debe recibir cada trabajador y se debe abonar siempre que el empleado no haya registrado faltas entre junio de 2025 y noviembre de 2025 (el período que se computa para el segundo aguinaldo del año).
Las inasistencias por enfermedad debidamente comprobadas (certificación médica ingresada a BPS o BSE), ejercicio del derecho de huelga decretado por el PIT-CNT o el sindicato del sector, licencia anual reglamentaria o licencias especiales (por ejemplo, por estudio, duelo o matrimonio, entre otras) no determinan la pérdida del beneficio.
Por ejemplo, una trabajadora que tiene actualmente un salario nominal de $ 29.400 (sueldo mínimo) tendrá un medio aguinaldo de $ 14.630 nominales. Este cálculo incluye que en julio hubo un aumento en las remuneraciones del sector.
En este caso, la prima por presentismo sería equivalente a $ 3.658 nominales. Si se suman el medio aguinaldo y la partida extra, el pago a realizar sería de $ 18.288 nominales.
¿Qué deben hacer los empleadores?
Los empleadores tienen plazo para pagar la partida por presentismo hasta el 20 de diciembre, según el Banco de Previsión Social (BPS). Por ser una partida salarial, está gravada por aportes a la seguridad social, así como por IRPF en caso de corresponder.
Al momento de acreditar el pago en la cuenta del trabajador, el empleador no debe realizar ningún trámite. El BPS calculará en forma automática los aportes por dicha partida en las facturas de aportes mensuales con mes de cargo diciembre.
En los casos en los que no corresponda el pago de la prima, el empleador deberá informarlo al BPS entre el 1º y el 31 de diciembre de 2025 a través de una declaración. Las faltas del trabajador deben estar documentadas en los recibos de sueldo.
La declaración se puede hacer mediante la aplicación móvil “BPS Trabajo Doméstico” o en el “servicio en línea” de la página web del banco.
El pago de la partida es obligatorio desde abril de 2013, según lo establecido en el convenio colectivo del sector.