Caso Penadés: Tribunal de Apelaciones revocó arresto nocturno para Sebastián Mauvezín y dispuso prisión domiciliaria total con tobillera
La jueza Marcela Vargas había dictado el pasado 6 de abril arresto domiciliario nocturno, pero ahora Mauvezín deberá cumplir prisión domiciliaria total con tobillera
9 de abril de 2026 17:53 hs
Sebastián Mauvezín, imputado por el caso Penadés. Archivo
Inés Guimaraens
El Tribunal de Apelacionesrevocó parcialmente la decisión adoptada por la jueza Marcela Vargas que el pasado 6 de abril había dictado arresto domiciliario nocturno para el profesor de Historia Sebastián Mauvezín, imputado por varios delitos de contribución a la explotación sexual de menores de edad, en el marco del caso que involucra a Gustavo Penadés.
La sentencia de apelaciones determinó que Mauvezín pase a estar bajo arresto domiciliario total con control de una tobillera electrónica, informó en primera instancia El País y confirmó El Observador tras acceder a la sentencia.
Tanto Fiscalía, como las defensas de las víctimas y los abogados de Gustavo Penadés (a quien la jueza le extendió la prisión preventiva por otros 180 días más), habían apelado el fallo de Vargas.
La sentencia de apelaciones, por otra parte, ratificó la extensión de la prisión preventiva para Penadés.
En la sentencia, el tribunal argumentó que Mauvezín "conocía a las víctimas en algunos casos, las captaba y luego se aseguraba que tuvieran acceso al coimputado (Penadés)".
"En su teléfono celular estaba el flujograma referido anteriormente. Era el facilitador de las víctimas, por lo menos de algunas, sin perjuicio de lo que resulte en el juicio oral", agregaron.
20250205 Audiencia pública de Penadés y Mauvezín.
Gustavo Penadés
Foto: Inés Guimaraens
Y recordaron que Mauvezín cambió el teléfono celular cuando se enteró de que había una denuncia contra Penadés en trámite.
"Los riesgos procesales, específicamente el peligro (para) la seguridad de las víctimas y el peligro de obstaculizar el desarrollo del juicio oral, se mantienen incólumes", señalaron.
Sin embargo, reconocieron que Mauvezín lleva dos años y seis meses en prisión preventiva y que por "expreso mandato legal" esa medida cautelar debería cesar a los tres años, ya que la Fiscalía pide seis años de penitenciaría como pena máxima.
¿Por qué cesaría a los tres años? Porque, tal como señala el tribunal en la sentencia, si el imputado estuviera condenado (en este caso a seis años) podría pedir la libertad anticipada al cumplir la mitad de la pena, es decir, los tres años.
De esta manera, si Mauvezín llega a los tres años cesaría la prisión preventiva.
Es por esta razón que el tribunal optó por la "segunda cautela en intensidad" que es el arresto domiciliario total con vigilancia electrónica. De esta manera, se atenderían los peligros para las víctimas y la investigación.
"En suma, entre la extensión de la prisión preventiva reclamada por Fiscalía con la actividad coadyuvante de la defensa de las víctimas hasta el límite temporal máximo admitido por la Ley (Art. 235 inc. C del CPP) y un simple arresto nocturno, existe un camino intermedio que se puede y debe transitar con la finalidad de mantener vinculado a Sebastián Nicolás Mauvezin Recoba al proceso y asegurar el desarrollo de este, al tiempo de proteger a las víctimas", sostiene la sentencia.