El Ministerio de Salud Pública dio a conocer dos decretos por los cuales extendió la vigencia de las recetas de psicofármacos y medicamentos de uso prolongado. En el primer caso, de los psicofármacos, la medida ya está vigente, mientras que en el de los medicamentos de uso prolongado se espera que se ponga en marcha en agosto.
El decreto de los psicofármacos fue promulgado en marzo y publicado un mes después. Ya está en vigencia y permite la extensión de las recetas de estos medicamentos.
Según la normativa, se amplían los plazos máximos de tratamiento que pueden prescribirse en una única receta:
- Hasta 90 días para benzodiacepinas (como por ejemplo alprazolam, clonazepam, diazepam u otras) e hipnóticos no benzodiazepínicos como zolpidem
- Hasta 180 días para el resto de los psicofármacos, por ejemplo para antipsicóticos (como quetiapina, risperidona, olanzapina u otros) o antidepresivos (como sertralina, escitalopram, fluoxetina, venlafaxina u otros)
El decreto establece que los prestadores de salud no podrán imponer plazos menores a lls previstos por la normativa y la prescripción deberá ajustarse al esquema terapéutico y quedar bajo supervisión médica estricta.
El objetivo es "mejorar el acceso de las personas a su medicación crónica, asegurar que nadie interrumpa su tratamiento y garantizar que los prestadores de salud respeten estos nuevos plazos máximos sin imponer barreras adicionales", informó el ministerio.
El otro decreto es destinado a medicamentos de uso prolongado, excluyendo a los psicofármacos. Estos son remedios para patologías crónicas como diabetes e hipertensión, entre otras. Esta normativa entra en vigencia tres meses después de la publicación en el Diario Oficial, las autoridades estiman que se aplique a partir de agosto.
"Establece que para tratamientos prolongados, que son los que requieren medicación por al menos 90 días, la prescripción pueda ser por un año en función de lo indicado por el médico tratante", explicaron las autoridades.
"Además, se establece que la renovación de la prescripción la puede realizar un médico del primer nivel de atención en función de la monitorización terapéutica realizada", añadieron.
También desde la cartera detallaron que esto evita congestionar la consulta con usuarios que solo requieren repetir medicación.