El Tribunal de Apelaciones rechazó la solicitud de declaración anticipada de Paula Díaz, la mujer trans que aseguró que Romina Celeste mintió al señlar que Gustavo Penadés abusó de ella cuando era menor y que mandó a menores a denunciarlo, que había sido solicitada por los abogados defensores del exsenador del Partido Nacional.
La instancia había sido negada por la jueza de la causa Marcela Vargas pero la defensa de Penadés había apelado. El abogado de Penadés, Homero Guerrero, dijo que pretendía contar con ese testimonio para el juicio y ante el riesgo de no saber en qué estará la mujer trans en dos años era necesario interrogarla ahora.
Díaz señaló en una entrevista con Santo y Seña emitida semanas atrás que los jóvenes que denunciaron a Penadés –imputado por 22 delitos sexuales– eran "alumnos" de Romina Celeste. "Todos amigos de ella los menores que mandaron a declarar", afirmó en ese entonces.
Detalló que la militante nacionalista los "llevó a su casa" y les dijo "digan esto y esto", y afirmó que los convenció de hacerlo diciendo que "a cada uno le iban a pagar doce sueldos".
Este jueves el Tribunal de Apelaciones dictaminó, por mayoría de sus miembros con un voto discorde, que la prueba anticipada es una clara excepción en el proceso judicial ya que en principio la prueba se debe producir en el juicio oral y no en la fase de investigación.
A su vez, negaron la declaración anticipada dado que consideran que Díaz no tiene riesgo de muerte. Al tratarse de una persona que está cumpliendo pena en régimen de libertad a prueba, se considera que tiene controles permanentes.
"Si ni siquiera la Defensa conoce lo que podría decir la testigo propuesta, no se advierten razones de un riesgo posible o probable, el que debe en todo caso asentarse en una base lógica y no ser una simple especulación. Se trata de una persona que está cumpliendo pena en régimen de libertad a prueba, por otra causa, con las medidas que se le impusieron en razón de ello, por lo que los controles por parte del sistema de justicia deben ser permanentes", afirmó el tribunal con los votos de los ministros Ángel Cal y Luis Charles.
Agregaron que "salir en televisión o no hacerlo nada parece implicar en cuanto a un riesgo a la integridad física, a que determinadas personas tomen esto como un motivo o aliciente para atentar de alguna manera contra Paula Díaz".
En tanto, la ministra Gabriela Merialdo votó discorde y señaló que "dada la notoriedad de la referida testigo (Paula Díaz), derivada de una entrevista televisiva en la cual relató su aleccionamiento por Romina Papasso, para efectuar la denuncia contra el Sr. Orsi, que conllevara la formalización de ésta última por simulación de delito y la condena ejecutoriada de Paula Díaz por un delito de asociación para delinquir y un delito de calumnia; así como lo relatado respecto de esta causa con referencia a Romina Papasso; considero que su declaración anticipada en esta causa reúne los requisitos, de excepcionalidad, urgencia y necesariedad".