A mediados de año, Ancap anunció a las empresas distribuidoras de supergás, Acodike, Ducsa, Megal y Riogas, que entre agosto y noviembre se desarrollaría un proceso competitivo y abierto para el alquiler de las dos plantas de envasado de garrafas en La Tablada.
Desde su construcción, dichas plantas –propiedad de Ancap– han sido operadas por las distribuidoras Acodike y Riogas a partir de contratos de alquiler, que también incluyen conceptos que regulan la relación entre los actores de la distribución de supergás. Estos contratos vencen en febrero de 2023 y ya se había anunciado que no serían renovados en las actuales condiciones.
La licitación aprobada por el Directorio fue impugnada por las empresas distribuidoras de supergás vía un recurso administrativo contra la decisión. “A la brevedad vamos a levantarlo y vamos a seguir adelante con el llamado. Fue un recurso muy administrativo, muy de formalidades. Vamos a decir que se cumplieron todas las formalidades y que no hay fundamentos para ese recurso”, había declarado la pasada semana a El Observador el titular de Ancap, Alejandro Stipanicic.
Este martes, el jerarca confirmó en entrevista con radio Carve que se recurso ya fue levantado y se sigue adelante con el proceso licitatorio para realquilar las dos plantas de envasado de supergás e ingresar a una "nueva etapa" para ese negocio desde el próximo 1° de marzo.
El funcionario indicó que de enero a setiembre, Ancap resignó ingresos por US$ 73 millones por vender supergás por debajo de los costos de producción.
El Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) exhortó, por medio de un decreto, a la Unidad Reguladora de los Servicios de Energía y Agua (Ursea) a "aprobar una regulación que rija desde el 1° de marzo de 2023, que contemple los siguientes aspectos respecto a las condiciones y principios generales que deben atenderse en las vinculaciones, al menos, entre suministrador y envasadores, y de estos con los distribuidores del mercado de GLP, incluyendo entre otros:
Además, la Ursea deberá tener para esa fecha "los precios máximos intermedios de venta de gas licuado de petróleo envasado a distribuidores, considerando las condiciones actuales, sin perjuicio de los criterios que ese servicio descentralizado considere de razonable pertinencia, y sin que ello condicione la regulación a considerarse y aprobarse en el futuro".
Además, el regulador deberá realizar "un estudio de revisión de costos eficientes del sistema, y a definir una metodología para el cálculo del Precio Máximo Intermedio definitivo y de los márgenes de distribución eficientes antes del 1° de diciembre de 2024".
También el MIEM, exhorta al regulador a que ajuste los reglamentos vinculados con el control del estado y la recalificación de las microgarrafas y el retiro del mercado de aquellas no aptas para su uso.
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