El nuevo reglamento para los ascensos aprobado por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) a fines de marzo no logró saldar la polémica sobre cómo es la forma más justa de que los jueces avancen en su carrera. El 18 de mayo compareció en el Parlamento la Asociación de Magistrados del Uruguay para plantear dudas y quejas a las que no encontraban respuesta en la acordada de la Corte. El 8 de junio lo hizo también John Pérez, el presidente de la SCJ.
Graciela Gatti, presidenta de la asociación, había manifestado que si bien tomaron parte de sus reclamos, no toman en cuenta la antigüedad, salvo si existe un empate en el puntaje. A esto, Pérez respondió que siempre que se concursa para un cargo se establece una antigüedad mínima y señaló que, mientras el gremio pedía que pesara en 25% del total, ellos entienden que no puede superar a cómo los califiquen sus superiores (20%) ni puede valer lo mismo que la prueba de oposición (25%).
"Entendemos que, si queremos seleccionar a los mejores, el porcentaje de calificación no puede equipararse al de la antigüedad y menos aún superar en un 5% el de la calificación de los superiores procesales. Sabido es que la antigüedad por sí sola no demuestra capacidad alguna", afirmó el presidente de la Corte.
Por otra parte, Gatti había dicho que la acordada exponía que se podía rendir una prueba de conocimiento, que no era obligatoria. A lo que el presidente de la Corte respondió que, en su opinión, la prueba es "un elemento esencial y obligatorio para poder ascender".
Pérez resaltó que para que un juez ascienda se toman en consideración las calificaciones de sus superiores procesales, los antecedentes funcionales, la capacitación permanente en los cursos brindados por el Centro de Estudios Judiciales (CEJU), el resultado de la prueba de concurso y otros méritos.
Los tribunales de concursos estarán integrados por profesores de la facultad, dos designados por la Corte y uno por la asociación para las distintas materias.
También respondió a las críticas de que el método de calificación que los jueces deben recibir de sus superiores es similar al del sistema anterior, que para la asociación era de opacidad. Ahora "a efectos de la calificación se deben considerar una serie de ítems que antes no eran especificados y menos aún tomados en consideración, y que hacen a la efectiva labor del juez". Entre ellos, qué tan correctamente ha dado trámite a los procesos, el nivel de conocimiento sobre sus decisiones, los plazos en los que ha trabajado, entre otros.
Hay magistrados que serán calificados por la Suprema Corte de Justicia. Esto se debe, según Pérez, a que pretenden "evitar la injusticia que se producía en determinadas materias o con relación a determinados magistrados", por ejemplo, en las materias que no tienen prácticamente apelaciones, por ende no tienen superiores procesales.
Será una comisión asesora la que sopese el conjunto de datos, dará un puntaje y entregará una lista de magistrados que podrían ascender.
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