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Audef salió al cruce de la polémica que se generó con Saralegui y Giordano

La gremial de entrenadores aprobó dos nuevos artículos en su Código de Ética referidos a los gerentes deportivos que asumen la conducción de un equipo cuando expulsan al DT
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04 de noviembre de 2020 a las 05:01

La gremial de entrenadores (Audef), agregó dos nuevos artículos a su Código de Ética, para tratar de terminar con la polémica que se genera cuando un gerente deportivo asume la conducción de un equipo en lugar del técnico destituido.

A través de una asamblea, los entrenadores aprobaron que un DT que sea contratado como gerente deportivo, “no podrá desempeñar otra función en dicha institución hasta que hayan transcurrido 6 (seis) meses de la terminación de su contrato”.

Como se recordará, la polémica se desencadenó como consecuencia de la decisión de la directiva de Nacional de dejar al secretario técnico Jorge Giordano, en el lugar del técnico destituido, Gustavo Munúa.

Al mismo tiempo, la situación también se generó en Liverpool con la salida de Román Cuello. El gerente deportivo Gustavo Ferrín se hizo cargo del equipo por una fecha del Intermedio. Luego asumió Marcelo Méndez. 

El hecho es que Giordano, que por su cargo tenía relación directa con Munúa, asumió como técnico del primer equipo de Nacional por todo el Torneo Intermedio.

Esto generó la reacción de su colega de Peñarol, Mario Saralegui que, sin nombrarlo, dejó en claro que apuntaba a Giordano. Las declaraciones del entrenador carbonero cobraron mayor dimensión porque las realizó para la televisión, violando la medida gremial que indica que los entrenadores no pueden brindar declaraciones el día del partido.

El cruce Saralegui-Giordano

El 16 de octubre de 2020, la directiva de Nacional decidió cesar a Gustavo Munúa tras perder la final del torneo Apertura contra Rentistas. Los presididos por José Decurnex tomaron como medida inmediata designar de forma interina al secretario técnico Jorge Giordano a los efectos de ganar tiempo para nombrar al nuevo entrenador.

Giordano fue designado para hacerse cargo del equipo a lo largo de todo el Intermedio. En el medio disputó un partido de la Copa Libertadores. Pero, asumió con la condición de volver a su puesto de gerente.

Cuatro días después Nacional, bajo la conducción de su nuevo entrenador, debutaba en el Intermedio ante Fénix.

Sin embargo, el día anterior, fue el turno de su eterno rival Peñarol. El carbonero perdió 1-2 ante River Plate y el técnico Mario Saralegui se despachó sorprendido a propios y extraños.

Primer rompió una medida gremial ya que brindó una nota cuando los entrenadores habían decidido no hablar las 24 horas del día del partido.

Y en segundo lugar, Saralegui apuntó en sus expresiones al DT de Nacional por haber asumido el cargo de un entrenador.

“Hace tiempo que no voy (a Audaf) y debo alguna cuota pero he compartido antes algunos cursos. Estuve una semana en Montevideo haciendo cursos y yo soy profesor del curso de entrenadores en Artigas de las licencias técnico-táctica y psicología. Y nosotros hacemos hincapié en el tema del rol del entrenador y la acción ética que no es fácil de definir. Yo tengo una definición que es bastante arcaica, rural, pero digo que tener ética es hacer las cosas sin que te generen demasiadas cosas a futuro”, dijo Saralegui en la emisión de Tenfield.

Y acto seguido le apuntó a los gerentes deportivos que asumían cargos de entrenador.

“Hay un hecho que se da de forma continua hace un tiempo y es que hay muchos gerentes deportivos que no tienen el curso de técnico (y son entrenadores) y hay entrenadores que no tienen el curso de gerencia y son gerentes. Y ha habido cierta coincidencia como me pasó una vez en Central Español, y no importa quién, pero yo me tuve que ir y asumió el gerente. Es un tema que tenemos que hablarlo entre todos. Hoy estuve hablando con Fossati del tema, he tenido llamados de algunos compañeros por ser el técnico de Peñarol y es un tema que me gustaría que en lo posible se le prestara atención”.

La respuesta de Giordano no se hizo esperar y al día siguiente de vencer a Fénix expresó en conferencia de prensa: “Sinceramente no lo escuché. Tengo una gran relación con Mario (Saralegui), me parece una extraordinaria persona. Hace años que no doy examen de moral. La respuesta la tienen los entrenadores que estaban acá. Ellos te van a decir cómo era mi relación con ellos”.

Y luego acotó: “No dejé de ser el secretario técnico. Creo que Nacional tuvo un acto responsable de evaluar la situación del club, y esa evaluación llevó a que dentro del club se manejaran posibilidades para que alguien se hiciera cargo del equipo, y que los directivos tuvieran un espacio para elegir al nuevo entrenador. Hoy mi función es entrenar al equipo, y a la tarde sigo desarrollando la secretaría técnica”.

Reacciona la gremial

Ante la situación generada y el cruce de declaraciones de los entrenadores de los grandes, la gremial reaccionó. En primer lugar citó a Saralegui a la sede para conocer los motivos que lo llevaron a romper la medida gremial. Después se supo que el DT de Peñarol había sido borrado del registro social debido a que no abonaba la cuota desde el año 2013.

A todo esto, Giordano presentó renuncia a su cargo de tesorero en la directiva de la Asociación de Entrenadores.

Por si fuera poco Ferrín volvía a su cargo de gerente deportivo en Liverpool cumpliendo con lo que le había dicho a los dirigentes de que asumiría por un partido para salvar la situación.

Finalmente, el 22 de octubre la gremial que preside Ariel Longo no aceptó la reafiliación de Saralegui al gremio.

Nuevos artículos al Código de Ética

El tema de los gerentes deportivos que asumen la conducción de los equipos cuando los técnicos con destituidos era un debe que la gremial de entrenadores quería reglamentar. Se encontraban con un vacío en ese rubro.

Debido a los hechos narrados, se sucedieron las reuniones en la gremial y se agregaron dos nuevos artículos al Código de Ética que hacen referencia justamente al tema.

Los mismos expresan:

Art.17.- Los Entrenadores contratados por un Club deberán cumplir la función para la cual han sido contratados por éste.

Esto implica que no podrán desempeñar otra función en dicha institución hasta que hayan transcurrido 6 (seis) meses de la terminación de su contrato.-

Art.18.- En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones emergentes del presente código, la Comisión Directiva de AUDEF, según procedimiento establecido en el Articulo 20 del Estatuto de la gremial, con citación previa al interesado, podrá adoptar cualquiera de las siguientes decisiones:

Desestimación del caso;

Apercibimiento;

Suspensión;-

Expulsión.-

El caso Abreu
En las últimas horas surgió un nuevo tema relacionado a los entrenadores. El técnico-jugador de Boston River, Sebastián Abreu, manifestó en su participación como panelista del Polideportivo de canal 12 que cuando culmine el Intermedio va a decidir si ejerce solo como entrenador o si sigue jugando al mismo tiempo. 
Fuentes de la gremial de entrenadores revelaron a Referí que nada se le dijo a Abreu al respecto, pero que la tarea es incompatible como lo establece el Código de Ética desde 1973.
En el artículo 7 se establece: “Un Entrenador no podrá cumplir la función como tal cuando se encuentre practicando la actividad de futbolista profesional en alguna institución afiliada a la Asociación Uruguaya de Fútbol”.
Esta situación ya se registró con Juan Ramón Carrasco cuando ejerció la doble función en Rocha en las temporadas 2000 y 2001.

Código de Ética de Audef

La actividad profesional de los Entrenadores asociados a AUDEF se regirá por el reglamento que se referirá.-

ART. 1º.- La Asociación Uruguaya de Entrenadores de Futbol (AUDEF) reconocerá como Entrenadores habilitados a ejercer la profesión en la República Oriental del Uruguay a aquellos que reúnan los siguientes requisitos:

Ser Entrenadores egresados de los cursos que avale AUDEF.

Ser Entrenadores habilitados por el Artículo 5 del convenio colectivo Estatuto del Entrenador, integrante del Reglamento General de la AUF.

Ser Entrenadores titulados en el exterior con la correspondiente revalida de su titulo de conformidad con el art. Nº 5 del referido Estatuto del Entrenador.

Ser Entrenadores titulados en el exterior que, concomitantemente con la reválida referida, presenten ante AUDEF la documentación que avale su título.-

La misma requisitoria, adaptada a las características de titulación en la materia, para los Entrenadores que pretendan ejercer el cargo de Gerente Deportivo de club o selección.-

ART. 2º.- Ningún Entrenador podrá tener como colaborador técnico, en su función específica de Entrenador, a personas que no sean las comprendidas en el artículo anterior.-

ART. 3º.- Todo Entrenador afiliado a AUDEF, en caso de ser cesado, deberá comunicar a la Mesa Directiva de ésta, a o su Asesoría Letrada, en un plazo no mayor a 48 horas, su desvinculación con la institución a la que estaba ligado.

ART. 4º.- Todo Entrenador, o su representante, deberá abstenerse de entrar en tratativas o negociaciones con una institución sin que le sea debidamente comprobada la desvinculación del colega que se encuentre en funciones.-

No podrá asumir funciones en instituciones afiliadas a la AUF, hasta tanto no le sea comunicada fehacientemente la situación, condiciones y circunstancias del egreso del profesional saliente.-

ART. 5º.- Bajo ninguna circunstancia el Entrenador podrá ejercer su función específica, en forma directa o indirecta, en más de una institución afiliada a la A.U.F.-

ART. 6º.- Ningún Entrenador en actividad podrá integrar Comisiones Directivas de clubes o instituciones afiliadas a la AUF. –

Será exceptuado de esta regla, cuando no ejerza su función profesional por más de un año.-

ART. 7º.- Un Entrenador no podrá cumplir la función como tal cuando se encuentre practicando la actividad de futbolista profesional en alguna institución afiliada a la Asociación Uruguaya de Fútbol.-

ART. 8º.- Todo Entrenador asociado de AUDEF será responsable de las declaraciones que realice, y deberá evitar siempre la realización de críticas ofensivas hacia la persona de sus colegas.-

En caso de incumplimiento podrá ser sometido al Tribunal de honor.

ART. 9.- Es obligación de todo asociado denunciar ante AUDEF toda irregularidad reglamentaria, ética o jurídica que constante en el ejercicio de su actividad profesional.-

ART. 10º.- Toda transgresión o violación comprobada a las reglas establecidas en este Código, llevará a las autoridades de AUDEF a elevar todos los antecedentes al Tribunal de Honor que se establecerá al efecto.-

ART. 11º.- Ningún entrenador podrá ejercer honorariamente su función en clubes o selecciones profesionales o amateurs.-

Ningún Entrenador de divisiones Juveniles podrá establecer en su contrato una remuneración inferior a dos salarios mínimos nacionales para clubes de 1ª Division Profesional, y de un salario Minimo para clubes de 2ª Division Profesional.–

Para el caso de Entrenadores de 1ª Division Profesional la remuneración no podrá ser inferior a 6 salarios mínimos y a 3 salarios mínimos para su Entrenador Alterno.

Los Entrenadores de 2ª Division Profesional no podrán tener salarios inferiores a 4 salarios mínimos y de 2 salarios minimos para su Entrenador Alterno.-

Los Entrenadores de 2ª División Amateur no podrán percibir salarios inferiores a 2 salarios mínimos.-

ART. 12º.- AUDEF debe atender y dar trámite al Tribunal de Honor en caso que una Institución o un Entrenador denuncien a un asociado por delito, infracción grave o actitudes atentatorias, a nivel individual o colectivo, contra la ética de la profesión.-.

Cuando un entrenador asociado efectúe una denuncia contra otro colega por actitudes reñidas con la ética se seguirá el siguiente procedimiento:

1) Si la denuncia es a otro asociado se citará a los involucrados a audiencia ante la Comisión Directiva de AUDEF, y ésta intentará mecanismos conciliatorios previos a la adopción de resoluciones disciplinarias, de desestimación del caso o de pase al Tribunal de Honor.-

2) Si la denuncia es hacia un colega no asociado, se citará a denunciante y denunciado a la Comisión Directiva de AUDEF.- En caso de que el entrenador no asociado no concurra, se podrá en conocimiento a la AUF del hecho denunciado, sin perjuicio de la adopción de las medidas que AUDEF entienda pertinentes al caso.-

Art. 13º. – Se recomienda que los cuerpos técnicos de 1ª División de Clubes de 1ª o 2ª Division Profesional deben contar con los servicios de un entrenador alterno, que debe ser entrenador titulado conforme a lo establecido en este Código y al citado Estatuto del Entrenador.-.

Art. 14.- Los Entrenadores deberán evitar contribuir, pagar o subsidiar el funcionamiento deportivo del club para el que fue contratado.- A denuncia de socios, tal situación sera elevada al Tribunal de Honor de nuestra asociación..-

Art. 15.- Se recomienda preservar la intimidad de la relación cuerpo técnico-plantel durante la duración del vinculo contractual entre un entrenador con la institución contratante.- También se recomienda evitar dar cobertura periodística a las situaciones de intimidad con el plantel.-

Art.16.- No es compatible con el ejercicio de la función de Entrenador de Fútbol la práctica de actividades comerciales relativas al fútbol, de empresario, contratista, representante, intermediario, inversionista o comisionista en Fútbol.-

La gremial actuará de oficio o a petición de un asociado.-

Art.17.- Los Entrenadores contratados por un Club deberán cumplir la función para la cual han sido contratados por éste.

Esto implica que no podrán desempeñar otra función en dicha institución hasta que hayan transcurrido 6 (seis) meses de la terminación de su contrato.-

Art.18.- En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones emergentes del presente código, la Comisión Directiva de AUDEF, según procedimiento establecido en el Articulo 20 del Estatuto de la gremial, con citación previa al interesado, podrá adoptar cualquiera de las siguientes decisiones:

Desestimación del caso;

Apercibimiento;

Suspensión;-

Expulsión.-

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