El caso tiene una instancia penal y la fiscalía está investigando.

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Cómo están reguladas las agencias de viajes y cuándo podría ejecutarse la garantía de Transhotel

La Justicia y el Ministerio de Turismo reciben a los clientes que denunciaron ser estafados por la agencia de viajes que cerró su oficina este lunes
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23 de agosto de 2022 a las 16:47

Tras la denuncia de estafa que ya han realizado más de 150 damnificados de la agencia de viaje Transhotel, algunos usuarios consultaron sobre qué tipo de regulación existe sobre este tipo de servicios turísticos en Uruguay. 

El caso tiene una instancia penal y la fiscalía está investigando, además de las denuncias que recibió y está procesando el Ministerio de Turismo en su sede. El fiscal de Flagrancia de 9º turno, Fernando Romano, inició la toma de declaración a las víctimas, señalaron fuentes de la fiscalía a El Observador. Turismo comprobó que la empresa cerró este lunes 22 de agosto, e intimó a sus propietarios a comparecer ante las autoridades de esa cartera. 
 
Desde agosto de 2014 está vigente la Ley 19.253 que reguló la actividad de los distintos actores del quehacer turístico, y estableció los límites para asegurar la sustentabilidad de la actividad. En octubre de 2015, el gobierno aprobó un decreto reglamentario de esa ley sobre la actividad de los prestadores de servicios turísticos, donde están incluidas las agencias de viajes. 

“Para el caso que la agencia desarrolle su actividad en un local abierto al público, no podrá desarrollarse en el mismo otra actividad cuya naturaleza no resulte compatible con la prestación de un servicio turístico”, dice el artículo 3 de ese decreto. Además, agrega que en caso de que la actividad se desarrolle en forma virtual, “la aplicación de la presente reglamentación resultará independiente de la ubicación o nacionalidad del servidor que se utilice al efecto”.

El artículo 5 señala que las agencias de viajes “que desarrollen otras actividades comerciales deberán mantener, para el giro objeto de la presente regulación, una registración contable suficientemente explícita de la actividad”.

Registro obligatorio

El artículo del decreto reglamentario establece que, antes de iniciar las actividades, la agencia deberá inscribirse en el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos. La agencia Transhotel cumplía con ese requisito. Para el registro se exige contar con personal idóneo para el servicio que brinda, certificado de buena conducta de la empresa, socios y directores, así como los certificados ante BPS y DGI que acrediten que está al día con los pagos. 

La norma les exige a estos negocios a ser “veraces en la información que brinden al usuario directamente o a través de la publicidad, la cual debe indicar exactamente los servicios ofrecidos”. “En caso de cese de la actividad, deberá comunicarse el mismo dentro del plazo de 30 días de operado, procediendo a reintegrar los instrumentos entregados por el ministerio al momento de la inscripción y presentando documentación que acredite la baja de la empresa ante BPS y DGI o, en su caso, el cambio de giro comercial”, señala el artículo 9. 

Garantía vigente, pero bajó por la pandemia 

Al momento de la inscripción, las agencias de viaje deberán presentar garantía de funcionamiento, la que podrá constituirse mediante seguro de fianza, aval bancario o títulos de deuda pública. Las condiciones del seguro y del aval deberán ser previamente aprobadas por el Ministerio de Turismo. Si la garantía se constituyera en títulos de deuda pública, deberá ser depositada en custodia en el Banco de la República afectada a favor del Ministerio de Turismo.

La norma establece dos montos de garantías según la facturación de las agencias. Aquellas que facturan hasta 1,3 millones de unidades indexadas (US$ 177  mil) deben contar con una garantía de 750 mil UI (unos US$ 102 mil). En tanto, aquellas agencias con una facturación superior a los US$ 177 mil deben contar con una garantía equivalente a los 1,5 millones de UI (unos US$ 204 mil). 

Sin embargo, a raíz de la pandemia, el Poder Ejecutivo de Lacalle Pou aprobó un nuevo decreto que redujo el monto de la garantía de funcionamiento para las agencias de viajes entre el 1° de junio de 2022 y el 31 de mayo de 2023 por "vía excepcional". 

Ahí se estableció un monto de garantía de 90 mil UI (unos US$ 12 mil) para aquellas agencias que hubieran facturado hasta 180 mil UI (unos US$ 24 mil). Para aquellas con una facturación de entre 180.001 y 675.000 UI se exige una garantía de 350 mil UI (unos US$ 45.500), de 700 mil UI (unos US$ 91 mil) para las agencias que tengan ingresos por entre 675.000 y 1,3 millones de UI, y de 1,4 millones de UI (unos US$ 190 mil) para las agencias de viajes que facturen más de 1,3 millones de UI. 

La agencia Transhotel tenía vigente su garantía hasta el próximo 31 de mayo, informó una fuente del Ministerio de Turismo a El Observador. La fuente explicó que como el tema “explotó hace 24 horas”, todavía es prematuro para saber si la garantía que tiene esa agencia es suficiente para cubrir las presuntas estafas que denuncian sus usuarios. “Ahora estamos recibiendo las denuncias. Todavía es prematuro para manejar eso, así como también los plazos; esto lleva su tiempo”, acotó. 

La garantía puede ejecutarse en caso de sentencias de condena que eventualmente se dictaren por órganos jurisdiccionales contra la agencia de viajes proponente de la misma, por multas que se impusieren por el Ministerio de Turismo respecto de la agencia de viajes, o en “aquellos casos en que la situación de la agencia evidencie la imposibilidad de prestación del servicio turístico contratado por el denunciante, previa sustanciación administrativa de la denuncia, constatación de evidente imposibilidad y si no mediare oposición de parte del prestador, podrá el ministerio afectar la garantía y efectuar devoluciones al denunciante con cargo a la garantía constituida”.

Las garantías constituidas deberán cubrir los incumplimientos de servicios turísticos o reglamentarios que ocurran durante su período de vigencia y por un plazo de hasta 12 meses posteriores si la agencia deje de prestar servicios, sea por cese o clausura. Durante ese período de extensión de la vigencia de la garantía se atenderán aun los incumplimientos reglamentarios o de servicios turísticos contratados dentro de los 90 días posteriores al vencimiento de la vigencia de la garantía.

Central de Riesgos: “Capacidad de pago comprometida”

De acuerdo a la información de la Central de Riesgos del Banco Central (BCU), la agencia Transhotel Limitada tiene créditos con el sistema financiero por unos US$ 40 mil. Con el BROU tiene una línea por US$ 7.000 y con el Scotiabank por US$ 20 mil y con ambas instituciones está calificado con la categoría 3, de “deudores con capacidad de pago comprometida”. Según la Central de Riesgos, acá se encuentran “deudores cuya situación crediticia evidencia problemas importantes, presentan atrasos de menos de 120 días en los pagos, o en la remisión de información a la institución. Esta es la mínima calificación que pueden tener los deudores con pérdidas significativas en los últimos 3 años o que presenten mala calificación en otra institución”.
Por su parte, con Anda y Cambilex SA, la empresa está en la categoría 1C de “deudores con capacidad de pago fuerte”.
 

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