El ministro del Interior, Jorge Larrañaga, fue despedido frente a la sede del Partido Nacional

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Duelo departamental de tres días en Paysandú por la muerte de Jorge Larrañaga

La intendencia decretó el cierre de las instituciones no esenciales y la bandera nacional y departamental a media asta por tres días
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24 de mayo de 2021 a las 13:48

La Intendencia de Paysandú resolvió un duelo departamental de tres días (23, 24 y 25 de mayo) por la muerte del ministro del Interior, Jorge Larrañaga, quien también fuera intendente del departamento por dos períodos consecutivos (1990 a 2000).

"El departamento de Paysandú debe rendir homenaje a quien, en su prolífica actividad pública y con profundo espíritu sanducero, ocupó un rol fundamental en el proceso de transformación de nuestro departamento", informó la intendencia en una la resolución.

El duelo supone el cierre de las oficinas departamentales y municipales este lunes, de forma tal que quedarán solo operativos los servicios esenciales, y la colocación del Pabellón Nacional y de la bandera de Paysandú a media asta en todos los municipios y dependencias departamentales.

El intendente del departamento, Nicolás Olivera, resolvió además enviar un mensaje de condolencias a la familia y una ofrenda floral.

En Montevideo, la despedida de Larrañaga se desarrolló entre el Palacio Legislativo, donde tuvo lugar el velatorio con honores, y la sede del Partido Nacional, previa partida hacia Paysandú, lugar en el que este lunes recibió sepultura.

A nivel nacional, el Poder Ejecutivo resolvió decretar honras fúnebres por la muerte de Larrañaga. En virtud del Decreto Ley 14.458 del 11 de noviembre de 1975, el Ejecutivo decreta honras fúnebres en caso de fallecer el presidente o vicepresidente de la República, un ministro secretario de Estado, un miembro del Poder Legislativo o un ciudadano que "por lo excepcional de sus méritos, considere acreedores a dichas honras".

Esta medida, según su artículo 3, supone que la ceremonia a seguir será determinada por el Ejecutivo. Según el artículo 4, se entiende como parte de las honras fúnebres "el pago de los gastos del sepelio con cargo al Tesoro Nacional".

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