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El delito de peculado es el que más ha aplicado la Justicia por corrupción

Algunos ejemplos fueron la exjueza Damasco, el exjefe de Policía de Lavalleja, oficiales de la Armada y jerarcas cercelarios
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21 de marzo de 2018 a las 05:00

El delito de peculado que el fiscal Luis Pachecho pidió tipificarle al exvicepresidente Raúl Sendic por el uso abusivo que hizo de las tarjetas corporativas de ANCAP, es el que más ha aplicado la Justicia uruguaya por delitos de corrupción. Según un informe del Poder Judicial con los últimos datos recabados entre los años 2003 y 2013 hubo 1.092 procesamientos por delitos contra la Administración Pública de los cuales 289 (el 26,5%) fueron por delito de peculado. Además de acuerdo a un relevamiento de los casos realizado por El Observador en la mayoría de los casos se aplicó prisión para los procesados.

El delito pena la conducta del funcionario público que se apropia en beneficio propio o ajeno de dinero o cosas muebles pertenecientes al Estado, o a los particulares, que estuvieran en su posesión por razones de su cargo y se castiga con un año de prisión a seis de penitenciaría y con inhabilitación especial de dos a seis años.

Jueces penales lo aplicaron a la exjueza Anabella Damasco, al exjefe de Policía de Lavalleja, José Pose San Martín, a oficiales de la Armada, a un médico del Instituto Nacional de Ortopedia, entre otras decenas de funcionarios. En todos los casos se apropiaron de dinero del Estado desde los cargos que ocupaban.

Lea también: Pedidos de procesamiento para Sendic y otros ocho exjerarcas de ANCAP son sin prisión


Otros delitos aplicados por corrupción

Luego del delito de peculado, el delito que más se ha aplicado en esos diez años fue el de fraude, con 218 procesamientos que representan el 20% de los delitos cometidos contra la Administración. Comete fraude quien procede con engaño en los actos o contratos en que deba intervenir por razón de su cargo, dañando a la Administración en beneficio propio o ajeno y tiene una pena de 12 meses de prisión a seis años de penitenciaría.

En la lista de delitos siguen el cohecho simple y cohecho calificado, aplicados en 78 y 165 casos respectivamente. El primero castiga al funcionario público que ejecuta un acto de su empleo a cambio de una retribución que no corresponde, o acepta la promesa de recibirla; en el segundo caso la situación es la de un funcionario público que retarda u omite un acto relativo a su cargo, o ejecuta un acto contrario a los deberes del mismo para recibir el beneficio o su promesa.

Los delitos de concusión (coimas) y abuso de funciones en casos no previstas especialmente por la ley, siguen en la lista. Este último delito muy cuestionado por lo amplia de su definición (actuar con abuso del cargo o arbitrariamente) también fue utilizado por el fiscal Pacheco para acusar a Sendic y a los exjerarcas de ANCAP. En esos diez años estos delitos se aplicaron 116 (15,1%) y 101 (10,6%) casos respectivamente.

La lista la completan otros delitos como el de conjunción del interés personal y del público, el delito de omisión contumacial de los deberes del cargo, tráfico de influencias, revelación de secretos por funcionario público.

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