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Elecciones universitarias: qué se vota y cuáles son las sanciones por no hacerlo

Se renuevan órganos de cogobierno; el voto es obligatorio para estudiantes, docentes y egresados
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07 de mayo de 2018 a las 17:35

Este miércoles 9 de mayo se realizarán en todo el país las elecciones universitarias, las cuales tienen carácter obligatorio. A través de ellas se renovarán los órganos de cogobierno de la Universidad de la República (Udelar).

Los órganos de cogobierno son la Asamblea General del Claustro de la universidad, integrada por docentes, egresados y estudiantes de todas las facultades; las asambleas del claustro e institutos asimilados a facultad y los consejos de cada facultad e instituto, salvo en la Facultad de Información y Comunicación.

Según un comunicado emitido por la Udelar, hay 262.176 habilitados para votar entre estudiantes, docentes y egresados, los que podrán hacerlo en 800 circuitos de Montevideo y 200 del interior del país.

Entre los estudiantes, no están habilitados aquellos inscritos por primera vez en carreras de la Udelar en 2018. En tanto, están habilitados para votar aquellos docentes efectivos o interinos que tengan un año de antigüedad continua o discontinua a la fecha de la elección.

A su vez, los egresados de la Facultad de Agronomía no tienen que votar dado que la Corte Electoral declaró desierta dicha convocatoria porque no se registraron listas en tiempo y forma.

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El horario de votación se extenderá entre la hora 8 y las 19.30. Se debe concurrir con cédula de identidad, credencial cívica o carta de ciudadanía.

Los habilitados que no concurran a votar se exponen a ser sancionados. En el caso de ser estudiante, se le imposibilitará rendir exámenes durante dos períodos consecutivos. En el caso del orden docente y orden de egresados se les exigirá el pago de 5 unidades reajustables (unos $ 5.350).

Las causas fundadas para no cumplir con la obligación de votar son: padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que impida concurrir a la comisión receptora de votos, hallarse ausente del país el día de las elecciones y haber estado imposibilitado de sufragar por razones de fuerza mayor.

Luego del día de las elecciones, la Corte Electoral abrirá un plazo de 60 días para justificar la causa de no voto.

Para saber dónde vota, acceda al plan circuital en este link.

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