El Ministerio de Defensa Nacional clasificó "como información reservada la totalidad de las actuaciones del Tribunal de Honor del teniente coronel en situación de retiro Armando Méndez Caban, por un período de 15 años desde su clasificación”, según informó Montevideo Portal.
La resolución fue firmada por el ministro de Defensa, Javier García el 17 de setiembre y responde a un pedido de información pública presentado por la Asociación de Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos. Esto implica que hasta 2036 no se podrá acceder a dicho testimonio en el que se presentan los hechos que ocurrieron mientras Méndez desempeñaba su labor militar.
El ministro justificó su resolución con el artículo 21 del Decreto nº 232/010, que establece que “la información deberá ser clasificada por la autoridad administrativa competente por resolución fundada”, y que “se entiende por autoridad administrativa competente el jerarca máximo de cada organismo obligado o quien ejerza facultades delegadas”.
Méndez, director de Aduanas en el gobierno de Luis Lacalle Herrera, fue procesado el jueves 21 de octubre con prisión por el homicidio muy especialmente agravado del militante del Partido Revolucionario de los Trabajadores de Argentina Gerardo Alter, en agosto de 1973.
García, que desde que empezó su gestión al frente del ministerio ha reivindicado la transparencia como un eje principal, escribió en su cuenta de Twitter que este tribunal no está vinculado a derechos humanos. "Todo el resto que pidió familiares fue entregado, legajos y lo referido a otro tribunal en lo que puede referir a derechos humanos aunque sea lateralmente".
Flaco qué tal. Si me pegabas un fonazo te contaba.Son muchos años.Te cuento: ese tribunal no está vinculado a DDHH.Todo el resto que pidió familiares fue entregado, legajos y lo referido a otro tribunal en lo que puede referir a ddhh aunque sea lateralmente.
— Javier García (@JavierGarcia_Uy) October 23, 2021
También dijo a Telenoche que "todos los tribunales de honor vinculados a derechos humanos los damos; tribunales de honor hay de muchas características, este es un tema comercial", relató.
Tal como lo publicó Montevideo Portal, la resolución de setiembre del ministerio expresa que “en el marco de la Ley nº 18.381, de 17 de octubre de 2008, la peticionante solicitó acceso a la información relativa a los Legajos Personales y a los Tribunales de Honor de Armando Méndez Caban, Néstor Ramón Silvera Fonseca y Pedro Enrique Buzó Correa”. También, considera que “el artículo 9 de la Ley nº 18.381, habilita a la Administración a clasificar información como reservada en el momento en que se reciba una solicitud de acceso a la misma, disponiendo asimismo que el plazo de reserva comenzará a computarse a partir de que la información pudo ser clasificada”.
Agrega que “de acuerdo a la normativa citada, corresponde disponer que la información relativa al Tribunal de Honor del Teniente Coronel en situación de retiro Armando Méndez Caban sea clasificada en su totalidad como reservada, por el plazo de 15 años contados a partir de su clasificación, acorde a lo dispuesto por el artículo 11 de Ley nº 18.381 referida”.
Este artículo establece que "la información clasificada previamente como reservada, permanecerá con tal carácter hasta un período de 15 años desde su clasificación. La información reservada será desclasificada cuando se extingan las causas que dieron lugar a su clasificación. Sólo se ampliará el período de reserva sobre cierta documentación cuando permanezcan y se justifiquen las causas que le dieron origen”.
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