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Gobierno envía al Parlamento proyecto para limitar libertades vigiladas

El proyecto de Ley impide su uso para ciertos delitos graves y se limita a tres años su aplicación
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06 de agosto de 2019 a las 21:48

El Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto de Ley para restringir el régimen de libertades vigiladas, una modalidad alternativa a la prisión que a juicio del Ministerio del Interior, la Fiscalía y el Poder Judicial, ocasiona distorsiones en la aplicación del nuevo Código del Proceso Penal (CPP).

Las libertades vigiladas fueron creadas por ley en 2016 y permiten que los delincuentes sin antecedentes penales eviten ir a la cárcel siempre y cuando hayan sido condenados a prisión por entre tres y cinco años. Mediante esta norma se somete a la persona penada a un régimen de libertad a prueba en el que es obligado a la realización de trabajos comunitarios, realización de algún tipo de tratamiento –como ocurre cuando existen adicciones-, culminación de estudios, entre otros.

La modificación propuesta por el Poder Ejecutivo elimina la Libertad Vigilada Intensiva, lo que restringe el beneficio de la Libertad Vigilada solo para aquellos que sean condenados a cumplir penas de privación de libertad por un máximo de tres años. Asimismo, el proyecto de Ley señala  que –como ocurre en la ley vigente-, el beneficio no aplica en caso de reincidencia, reiteración o habitualidad.

La nueva norma impulsada por el gobierno, y que contó con la opinión de la comisión de seguimiento del nuevo Código del Proceso Penal que es integrada por el Ministerio del Interior, la Fiscalía y la Suprema Corte de Justicia, promete limitar la herramienta para evitar “distorsiones”.

Por otra parte, el proyecto presentado por el Ejecutivo señala una serie de delitos en los cuales no será aplicable la libertad vigilada, con el objetivo de “bloquear” la utilización de “penas mixtas” para delincuentes que cometieron crímenes “graves”.

De esta forma no podrán acceder a las libertades vigiladas aquellas que hayan cometido los delitos de rapiña, rapiña con privación de libertad, extorsión, secuestro, homicidio doloso y sus agravantes, delitos previstos en la ley de tráfico de droga, delitos de lesa humanidad, tráfico de personas y tráfico de armas. Hasta ahora no existía ninguna restricción por tipo de delito, sino que solo se consideraban los años de pena.

La ley de libertades vigiladas original fue propuesta por el Ministerio del Interior un año antes de que se pusiera en marcha el nuevo Código del Proceso Penal, sin embargo la herramienta acabó generando problemas una vez se llevó adelante la reforma procesal.

Es que con la introducción de los juicios abreviados por parte del nuevo código, los fiscales comenzaron a acordar penas reducidas con aquellos delincuentes que admitían su responsabilidad en los delitos por los que se lo estaba investigando (siempre y cuando la pena mínima sea inferior a los seis años de penitenciaría).  En ocasiones, para convencer a los imputados de pactar, los fiscales ofrecían la posibilidad de cumplir parte o toda la pena estando libres, mediante el beneficio de la libertad vigilada, algo que los operadores llamaron “penas mixtas”.

Esa situación se tradujo en que algunos casos que no hubieran sido elegibles para aplicar a este beneficio por superar el máximo de tres años de prisión para la libertad vigilada, o los cinco para la libertad vigilada intensiva, sí pudieron ser comprendidos, una vez se les otorgó una pena reducida, lo que supuso la imposición de un doble beneficio: pena reducida y libertad vigilada en lugar de cárcel.

Asimismo, el proyecto de Ley enviado al Parlamento agregó que la persona sometida al régimen de libertad vigilada podrá portar un dispositivo electrónico en la medida que así lo decida el juez, aunque será de aplicación obligatoria en casos de violencia domestica, violencia basada en genero, violencia intrafamiliar o delitos sexuales.

La víctima también podrá portar un dispositivo para verificar que el agresor mantenga la distancia convenida en la medida, solo si está de acuerdo en hacer uso de esta tecnología.

La norma comenzará a ser discutida a nivel parlamentario, donde existe consenso sobre la necesidad de limitar las libertades vigiladas.

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