El decreto fue firmado por el presidente y sus ministros

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Gobierno habilitó venta de dispositivos electrónicos que calientan tabaco seco

El Poder Ejecutivo estableció un giro en la regulación de algunos de los artefactos para esta forma de consumo de nicotina
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24 de marzo de 2021 a las 05:04

El gobierno habilitó mediante un decreto la importación y venta en Uruguay de dispositivos electrónicos que calientan tabaco seco, y de este modo dio un giro a la normativa que regía hasta el momento y establecía una prohibición total de la comercialización de este tipo de productos para el consumo de nicotina. La decisión fue argumentada con base en avances tecnológicos que, según aseguró el Poder Ejecutivo, demostraron que los artefactos con tecnología de tabaco calentado son menos nocivos que otros basados en vaporizar soluciones líquidas.

El decreto fue firmado por el presidente Luis Lacalle Pou en Consejo de Ministros. Hasta la vigencia de esta norma regía por decreto desde 2009 una prohibición sobre “la comercialización, importación, registro como marca o patente y publicidad de cualquier dispositivo electrónico para fumar”, pero mediante la nueva norma del 3 de marzo de 2021 el Poder Ejecutivo dio un paso en la equiparación de algunos de estos artefactos con los cigarrillos tradicionales.

Para el gobierno los “avances tecnológicos” y la aparición de nuevos productos “hacen necesaria una mayor precisión respecto al alcance de la prohibición referida (en 2009), a los efectos de facilitar y perfeccionar la aplicación y fiscalización de la prohibición de comercialización”.

Según los argumentos del Poder Ejecutivo, los dispositivos electrónicos para la administración de nicotina que que emplean una tecnología de tabaco seco calentado cuentan “con una validación científica suficiente para justificar su exclusión de la prohibición prevista” en el decreto anterior promovido por el expresidente Tabaré Vázquez. Y, por tanto, el gobierno estableció que la regulación de este tipo de productos estará de ahora en más comprendida por la ley antitabaco y su decreto reglamentario del año 2008, como otros derivados del tabaco. Los dispositivos que vaporizan soluciones líquidas seguirán prohibidos.

La comercialización de “cualquier dispositivo electrónico para fumar” había sido prohibida por decreto en 2009 durante el primer gobierno de Vázquez, en el marco de las distintas normas antitabaco impulsadas por el oncólogo. En el decreto 534 del año 2009 el gobierno frenteamplista argumentó la prohibición en “la inexistencia de datos científicos que muestren la eficacia y la seguridad del uso de cualquier dispositivo electrónico para fumar conocido como cigarrillo electrónico”. La redacción fue luego actualizada en 2017, durante la segunda administración de Vázquez. Según el decreto de 2017,“el avance de la industria tabacalera ha puesto el foco en los cigarrillos electrónicos y vaporizadores, como forma de ampliación de negocios y como ingreso de nuevos usuarios de sus productos”.

De todos modos, más allá de su prohibición, en los hechos fue accesible comprar este tipo de productos en Uruguay sobre todo por distintas plataformas de venta online y redes sociales.

Tabaco seco o soluciones líquidas

La industria desarrolló distintos tipos de dispositivos electrónicos para consumir nicotina: por un lado están los que solo calientan tabaco seco. Según explica la Organización Mundial de la Salud, para producir vapor nicotinado estos dispositivos calientan el tabaco a 350°C para liberar la sustancia. Pero también hay otros dispositivos electrónicos que vaporizan soluciones líquidas y esencias para su consumo mediante la inhalación. Estos últimos seguirán prohibidos.

El gobierno de Lacalle Pou aseguró en el decreto que “se ha verificado un mayor desarrollo de la industria de los dispositivos electrónicos para fumar, que ha resultado en una creciente diversidad y disponibilidad de productos que emplean tecnologías diferentes que son, a su vez, distinguibles en cuanto a los riesgos asociados a su consumo”. 

“En este sentido existen dispositivos electrónicos para la administración de nicotina que emplean una tecnología mediante la cual se calienta tabaco seco, respecto de los que existen datos científicos que indican que los mismos resultan en una menor exposición de los usuarios a las sustancias tóxicas asociadas al consumo tradicional de tabaco”, agregó el decreto.

Uno de los gigantes de la industria tabacalera que apuesta por este tipo de productos que calientan tabaco es Philip Morris, empresa que inició un arbitraje internacional contra el Estado uruguayo por las disposiciones de Vázquez y que lo perdió. La empresa propuso para 2025 que el 30% de su volumen de negocios esté vinculado a productos libres de combustión. En ese camino, en febrero de 2019 presentó en España dos modelos de productos que calientan tabaco en lugar de quemarlo y generan vapor en lugar de humo, a partir de productos que contienen nicotina.

La reguladora de alimentos y medicamentos en Estados Unidos (FDA por sus siglas en inglés) autorizó en julio de 2020 los dispositivos de tabaco calentado pero la decisión generó la reacción de la Organización Mundial de la Salud, que en un comunicado señaló que “los productos de tabaco calentados son productos de tabaco”.

“La OMS reitera que la reducción de la exposición a sustancias químicas nocivas en los productos de tabaco calentados (PTC) no significa que sean inofensivas, ni que comporten un riesgo pequeño para la salud humana. De hecho, algunas toxinas están presentes en niveles más altos en los aerosoles de los PTC que en el humo de los cigarrillos convencionales, y hay otras toxinas en los aerosoles de los PTC que no están presentes en el humo de los cigarrillos convencionales. Se desconocen las implicaciones para la salud de la exposición a esas toxinas”, sostuvo el 27 de julio en una declaración.

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