Nacional > Oficialismo

Gobierno quiere gravar a las plataformas digitales pero no sabe cómo hacerlo

Pretende "sentar a las empresas", como hizo con Uber, para dialogar
Tiempo de lectura: -'
23 de julio de 2017 a las 05:00
La irrupción de plataformas digitales que ofrecen servicios de televisión o música como Netflix o Spotify le están generando un dilema al gobierno. Si bien pretende gravar estas actividades para establecer un trato igualitario al que tienen los servicios de televisión por cable, al mismo tiempo no sabe cómo hacerlo. Con el objetivo de avanzar en ese sentido, el Ministerio de Economía incluyó en la Rendición de Cuentas una serie de artículos que están focalizados a determinar la fuente de la renta y dónde debe tributar, dijo ante la comisión de Hacienda integrada con presupuesto de la Cámara de Diputados el responsable del Departamento de Asesoría Tributaria, Fernando Serra.

“Estos artículos no definen la figura de una retención ni abordan una figura de retención para recaudar impuestos. Este conjunto de artículos no buscan solucionar eso, que reconocemos es un problema, que actualmente no solo no está solucionado en Uruguay, sino en el mundo”, agregó Serra según consta en la versión taquigráfica a la que accedió El Observador.

El jerarca explicó que la estrategia del Poder Ejecutivo será “sentar” a estas empresas (como Netflix o Spotify) para discutir sobre la regulación y puso como ejemplo la negociación que se llevó adelante con las aplicaciones que ofrecen servicios de transporte como Uber o Cabify. “Muchas han anunciado su vocación de tributar (a nivel mundial) como corresponde porque, de lo contrario, se les va a generar un problema a nivel global”, apuntó.

La idea del Poder Ejecutivo es que si la persona que paga es uruguaya, o por un servicio de streaming se realiza un pago desde Uruguay, dicha renta está sometida a tributación en el país.

Otro de los temas que varios legisladores pusieron sobre la mesa fue qué aplicaciones o plataformas serán abarcadas, porque existen una amplia variedad. Si bien el responsable del departamento de Asesoría Tributaria no detalló exactamente cuáles serán, aseguró que estarán consideradas las que “realmente están erosionando la base tributaria nacional y se llevan rentas realmente importantes”.
Para ejemplificar las dificultades que existen en el mundo para gravar este tipo de actividades, el subsecretario de Economía, Pablo Ferreri, señaló que en “economía digital” no estamos en una “época de cambio” sino en un “cambio de época”.

“No solo los mismos bienes y servicios se están vendiendo con otras plataformas, sino que surgen híbridos entre bienes y servicios y nuevos servicios que no existían antes y, por lo tanto, nunca nadie pensó en cómo gravarlos, simplemente porque no existían”, apuntó. Para Ferreri estos artículos que se incluyen en la Rendición de Cuentas implican un “primer paso” para afrontar los cambios que se están dando en esta materia.

Otro de los cuestionamientos planteados fue la posibilidad de generar una doble tributación con la ley que se pretende aplicar. “Uruguay los querrá gravar, al igual que el país de residencia de la empresa de la aplicación informática. Esto es como en el truco: la primera en casa, y después nos sentaremos a conversar con la contraparte a ver cómo sometemos a tributación esta renta entre los dos países”, dijo Serra.

Juegos online

Los mayoría de los juegos de azar online están prohibidos en Uruguay, pero es casi imposible controlar si los uruguayos ingresan a estos sitios de apuestas. Por eso, el gobierno está buscando la forma de bloquear esas actividades. Según dijo Ferreri el Poder Ejecutivo “está comenzando a estudiar la posibilidad” de redactar un decreto donde se establezcan prohibiciones y “amparados en el marco legal vigente” bloquear las “señales del juego online”.

El subsecretario descartó que con los artículos de la Rendición de Cuentas se pretenda gravar a a esas actividades y legalizarlas de forma indirecta. Sin embargo, aclaró que, aunque sean actividades ilegales, se los puede gravar. “No tenemos problema en dejar claro que el juego online, cuando no está autorizado mediante los mecanismos correspondientes, es una actividad ilegal, lo cual no quiere decir que no se le cobre impuestos. Un viejo principio del Código Tributario es que ésta y otras actividades no dejan de ser ilegales porque paguen impuestos”, apuntó Ferreri.

Pequeño Hollywood

El artículo 76 de la Rendición de Cuentas pretende facultar al Poder Ejecutivo a autorizar la explotación de “zonas temáticas” de servicios, para la prestación de, entre otros, servicios audiovisuales. Ferreri aseguró que hay expresiones concretas para instalar un polo de este tipo en Maldonado. “Un pequeño Hollywood por decirlo de alguna manera , donde se puedan concentrar servicios audiovisuales para promover la venta al exterior”, dijo.

Comentarios

Registrate gratis y seguí navegando.

¿Ya estás registrado? iniciá sesión aquí.

Pasá de informarte a formar tu opinión.

Suscribite desde US$ 345 / mes

Elegí tu plan

Estás por alcanzar el límite de notas.

Suscribite ahora a

Te quedan 3 notas gratuitas.

Accedé ilimitado desde US$ 345 / mes

Esta es tu última nota gratuita.

Se parte de desde US$ 345 / mes

Alcanzaste el límite de notas gratuitas.

Elegí tu plan y accedé sin límites.

Ver planes

Contenido exclusivo de

Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.

Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá

Cargando...