Economía y Empresas > Nuevo decreto

INAC anuncia cambios en reglamentación sobre carnicerías luego del reclamo de Kinko

La cadena de supermercados de cercanía entiende que se siguen demorando los procesos
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05 de agosto de 2020 a las 05:02

El Instituto Nacional de Carnes (INAC) tiene pronto un decreto para cambiar la reglamentación respecto a los requisitos para mantener la inocuidad de los productos cárnicos. Así se lo trasladó este martes el presidente del organismo, Fernando Mattos, a representantes de Kinko, según dijo a El Observador el gerente general de la cadena de supermercados, Juan Ravecca. 

Las autoridades del INAC y los representantes de Kinko se reunieron este martes luego de que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) le diera la razón a los empresarios sobre su reclamo para tener carnicería en sus locales. Si bien estos cambios permitirían a la cadena de supermercados de cercanía tener carnicerías en varios de sus locales, desde Kinko no quedaron del todo conformes. 

“En la administración pasada nos decían lo mismo. Que faltaba la firma de Tabaré (Vázquez). Estamos a la espera”, agregó Ravecca y demostró su molestia por la demora en los procesos. 

La Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia, dependiente del Ministerio de Economía, resolvió a fines de junio “realizar una recomendación no vinculante al Instituto Nacional de Carnes, sugiriendo eliminar la restricción contenida en el artículo 4.2.5 del Decreto Nº 110/95 del 24 de febrero de 1995 a efectos de armonizar la normativa con las disposiciones imperantes a nivel nacional en materia de libre competencia”, según dice el fallo publicado en el sitio web del organismo. 

El apartado que recomienda eliminar establece que los comercios de venta de autoservicio (supermercados) deben tener una superficie igual o mayor a los 200 metros cuadrados y autorización de la Intendencia correspondiente para vender “carne y productos cárnicos”. Si se pretende instalar una carnicería de corte, se deben destinar un mínimo de 20 metros cuadrados mientras que si es de expendio (productos envasados) debe ser de 18 metros cuadrados.

Esta reglamentación, que aplica exclusivamente para Montevideo, impide a Kinko tener carnicería en sus locales. Sin embargo, cuando la cadena de supermercados de cercanía llevó el tema a la Justicia logró que le habilitaran este servicio en uno de sus locales. Sin embargo, cuando quiso extenderlo al resto de sus comercios la Justicia se lo impidió. 

En la reunión de este martes, según explicó Ravecca, Kinko planteó la posibilidad de que mediante una conciliación el INAC le permitiera abrir carnicerías en otros locales mientras esperan por la nueva normativa. Esto fue rechazado por las autoridades del organismo, según la versión de Ravecca, porque llevaría a que otros comercios pretendan hacer lo mismo. 

El Observador intentó comunicarse con el INAC pero desde el organismo prefirieron no hacer declaraciones sobre este tema porque todavía está “en estudio”. En el medio de todo esto están las carnicerías de barrio que se verían afectadas si los supermercados de cercanía pudieran vender productos cárnicos. 

Según aseguró Ravecca, la nueva normativa que tiene el INAC redactada deja de lado el metraje necesario para tener un espacio de carnicería y cambia otros aspectos vinculados a los temas de bromatología. 

La resolución de la Comisión de Defensa de la Competencia entiende que la normativa vigente es “contraria” a la competencia porque erige barreras de ingreso que “no tendrían justificación”.

Cuando se conoció el fallo, el abogado de Kinko Agustín Mederos dijo a El Observador que si bien era “positivo” esperaban una respuesta más contundente de parte de la comisión. 

Este nuevo decreto del INAC viene a reglamentar la Ley 19.783 aprobada en setiembre de 2019 sobre la comercialización de carnes. 

Ese texto establece en su último artículo un plazo de 180 días a partir de la promulgación para que, con el asesoramiento del INAC, el Poder Ejecutivo redacte los protocolos técnicos  a seguir por los órganos competentes en materia de habilitación y operaciones de locales de carnicería, entre otros temas. 

Esos 180 días ya se cumplieron y la reglamentación nunca fue publicada. 
 

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