La jueza María Iriarte condenó a ocho meses de prisión efectiva a tres jóvenes que intentaron robar un carrito de comida por la noche. Los condenados fueron sobre la madrugada y llevaron un alicate, dos cuchillos y una navaja para poder levantar la chapa del carrito, ya que estaba cerrado. Dos esperaron en la puerta y uno se dedicó a intentar vencer el metal, pero en ese proceso se cortó un dedo.
Al oír el ruido de las chapas, los vecinos llamaron a la Policía y los agarraron cometiendo el delito. Debieron trasladar al lastimado a la emergencia y luego a la seccional. Les incautaron dentro de los gorros que llevaban una plancha de pelo, una cartera de dama y caravanas, que evidentemente le habían sustraído a otras personas.
El hecho de que eran reincidentes, que actuaron por la noche y en grupo fueron agravantes para determinar la pena. El atenuante fue que reconocieron haber tenido intenciones de cometer el delito. A raíz de eso, la jueza determinó que debían pasar ocho meses presos por tentativa de un hurto muy especialmente agravado.
El delito de hurto (artículo 340 del Código Penal) está penado con tres meses a seis años de prisión. El hecho de que no llegaron a consumar el delito también lo acerca a la pena mínima.
El abogado de los condenados, Federico Fascioli, ya había recurrido antes la decisión de la Justicia de mantenerlos tres meses en prisión preventiva por entender que era excesiva para el cargo que se le imputaba.
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