La obra tendrá diez funciones agotadas

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Las razones de la justicia para habilitar el estreno de Muñecas de piel, la obra inspirada por la Operación Océano

La Justicia determinó que la demanda no contaba con "legitimación activa" para aplicar el recurso de amparo planteado por la familia de una de las víctimas de la Operación Océano
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29 de julio de 2021 a las 13:59

La obra Muñecas de piel, de la dramaturga Marianella Morena, se estrenará este jueves 29 en el Auditorio Nacional del Sodre, donde se pondrán en escena diez funciones que ya tienen sus entradas agotadas. Sin embargo, la llegada de esta obra inspirada en la Operación Océano, el proceso judicial que investiga los casos de explotación sexual a menores en el país y que tiene a más de treinta hombres imputados, estuvo en duda hasta este mediodía, ya que la familia de una de las víctimas de los delitos había presentado ante la Justicia un recurso de amparo contra la producción.

Este jueves, la jueza de familia María Alejandra Álvez Marquisa falló a favor de la realización de obra, una ficción que se inspira en uno de los tantos hechos que se enmarcaron en la operación: el hallazgo del cuerpo de la menor Aldana Bonsigniore en el arroyo Solís Chico el pasado 20 de marzo de 2020, algo que luego se constató como suicidio.

La familia de Bonsigniore, tras conocer a través de las redes sociales de la existencia de la obra y conocer su argumento, presentó el recurso de amparo contra la producción y contra el propio Sodre, considerando que se usaba la historia y los datos personales de su hija con fines comerciales y artísticos.

Según la sentencia judicial, a la que accedió El Observador, la jueza determinó que el recurso no podía aplicarse, en primer lugar porque se trata de una persona ya fallecida, lo que hace que pierdan los derechos bajo los que reclamaban, y en segundo lugar porque los derechos que la familia reclamaba como vulnerados no están contemplados dentro de la legislación existente.

La jueza concluyó que los padres "carecen de interés y legitimación (...) tratándose de derechos personalísimos que se extinguieron con la muerte de su hija y no les fueron transmitidos, por no poder serlo".

"No existe un derecho que tutelar en el marco de las disposiciones contenidas en el Código de la Niñez y la Adolescencia", agregó la jueza, que determinó que no haya sanciones para la producción y para el Sodre.

La familia de la adolescente fallecida al pedir que se retirara toda referencia a su nombre y persona de la obra, había planteado que "la divulgación y exposición de imágenes y datos personales de una menor de edad –además fallecida en una causa que se investiga penalmente– claramente vulnera los derechos elementales de índole constitucional y supranacional, como lo son el derecho al honor, a la privacidad, derecho a la imagen..." Objetaron también que en la imagen que representaba a la obra era "perfectamente asociables a la figura de la víctima".

Los abogados de la directora de la obra, Florencia Mesa y Diego Pescadere, plantearon que la demanda es infundada, que la sede no tiene competencia, la falta de legitimación activa, debido al fallecimiento de la adolescente. Agregaron que los derechos que invocan "se extinguen con la muerte".

Por su parte, los abogados del Sodre,Laura Navarro y Martín Alvez señalaron que no participaron del contenido de la obra por lo tanto no pertenece a la institución

El periodista Antonio Ladra, responsable de la investigación de fondo para la obra, celebró la decisión en Twitter. 

Las abogadas de la familia –Florencia Ansorena, Lucía Fernández, Natalia Fernández y Jacqueline Rodríguez– tienen tres días hábiles para apelar el fallo, y en caso de que lo hagan, el tribunal de apelaciones tendrá luego cuatro días para estudiar los argumentos y pronunciarse.

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