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Operadores judiciales y políticos coinciden en necesidad de acotar libertades vigiladas

Legisladores esperan que Ministerio del Interior propongan un cambio normativo
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14 de marzo de 2019 a las 05:00

La ley de libertades vigiladas, que permite que delincuentes sin antecedentes penales puedan evitar ir a la cárcel cuando fueron condenados a cumplir penas de prisión de entre tres y cinco años, va camino a ser modificada o derogada. Esta norma, que fue aprobada en noviembre de 2016 y promovida por el Ministerio del Interior, tiene ahora en la cartera liderada por Eduardo Bonomi a sus principales detractores, pero además existe consenso político, y entre los operadores judiciales, sobre la necesidad de al menos acotarla.

Este martes, el director de Convivencia y Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, Gustavo Leal, dijo en el programa Desayunos Informales de Canal 12 que es necesario derogar la ley de libertad vigilada, dado que esta normativa fue pensada para el Código del Proceso Penal anterior.

Con la introducción de los juicios abreviados por parte del nuevo código, los fiscales pueden acordar penas reducidas con aquellos delincuentes que admitan su responsabilidad en los delitos por los que se lo está investigando (siempre y cuando la pena mínima sea inferior a los seis años de penitenciaría).  En ocasiones, para convencer a los imputados de pactar, los fiscales ofrecen la posibilidad de cumplir parte o toda la pena estando libres, mediante el beneficio de la libertad vigilada.

Asimismo, en algunos casos, delitos que no hubieran sido elegibles para aplicar a este beneficio por superar el máximo de tres años de prisión para la libertad vigilada, o los cinco para la libertad vigilada intensiva, sí pudieron ser comprendidos, una vez se les otorgó una pena reducida.

Según supo El Observador, este tema será planteado el próximo mes cuando se vuelvan a reunir la Suprema Corte de Justicia, el Ministerio del Interior y la Fiscalía General de la Nación para evaluar el funcionamiento del nuevo Código del Proceso Penal. Hasta el momento, las conversaciones van en línea de modificar la normativa para hacer más restrictivo el acceso a este beneficio.

Según informó Búsqueda, en la pasada reunión celebrada el pasado 22 de febrero y en la que participó Bonomi, el director Nacional de Policía, Mario Layera, el fiscal de Corte, Jorge Díaz y la ministra de la Suprema Corte de Justicia Bernadette Minvielle, la cartera manifestó su preocupación porque en 2019 se estimaba que unos 4 mil presos saldrían de la cárcel para culminar su pena bajo libertad vigilada. El fiscal de Corte, Jorge Díaz, salió al cruce de esa afirmación a través de una publicación en Facebook, en la que dijo que “llama la atención la preocupación del Ministerio del Interior por la aplicación por parte de los fiscales de una ley que la propia cartera impulsó” y agregó que “si se la considera inadecuada corresponde su modificación o derogación”. 

Díaz había advertido en una comisión de Seguridad de Diputados que se celebró el pasado 23 de agosto de 2018 sobre los problemas que podría acarrear el “beneficio doble” que supone la aplicación de una pena reducida obtenida en un juicio abreviado, más la libertad vigilada. A modo de ejemplo, el fiscal de Corte dijo que una persona que es condenada por un delito de rapiña agravada tiene un mínimo de pena de cinco años y cuatro meses, lo que no lo haría elegible para aplicar el beneficio de libertad vigilada. Sin embargo, si por el proceso abreviado esa pena se reduje a un tercio, entonces sí puede aplicarse la libertad vigilada puesto que la sanción sería inferior a los tres años.

Díaz dijo más tarde en una entrevista con el programa Así Nos Va (Radio Carve) que si bien en todas las rapiñas, las violaciones y los hurtos, las penas podrían ser sustituídas por libertad vigililada, desde el punto legal, él no estaba de acuerdo. Consultado sobre si cabía mantener la libertad vigilada con el actual código, contestó: “Si usted me pregunta a mí iría por una modificación de la ley”.

El ministro de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Chediak, había planteado una postura similar, cuando en una entrevista  realizada por el programa Fuentes Confiables de Radio Universal, opinó que “las libertades vigiladas se deben aplicar con una visión mucho más restrictiva, porque son más una molestia que una pena y su uso ha dado una mala imagen del sistema de justicia en su totalidad”.

En el sistema político, en tanto, también hay consenso sobre la necesidad de modificar la normativa. El senador del MPP, Charles Carrera, dijo a El Observador que “hay un uso abusivo de las libertades vigiladas” y que se debe modificar la ley para impedir que pueda aplicarse este beneficio en procesos abreviados.

A mediados de 2018, el fiscal de Corte emitió una instrucción para los fiscales que supuso una limitación de la libertad vigilada en el sentido que plantea Carrera. El documento –que tiene carácter de cumplimiento obligatorio para los fiscales– establece que se deberán incluir total o parcialmente la pena privativa de libertad para delitos graves. Para el senador, sin embargo, directamente no debería aplicarse el beneficio en ningún caso de juicio abreviado.

El senador Luis Alberto Heber, por su parte, dijo que el Partido Nacional siempre se ha opuesto a estas libertades y por lo tanto no estarían en contra de impulsar modificaciones o derogar la norma. En el mismo sentido opinó el senador del Partido Independiente, Pablo Mieres, para quien “hay que corregir” la normativa y dotar de recursos a la oficina del Ministerio del Interior que se ocupa de controlar el cumplimiento de estas libertades.  

El Parlamento espera que la iniciativa de modificar o derogar la ley de libertades vigiladas parta del Ministerio del Interior, como resultado de las conclusiones a las que se llegue en las reuniones que la cartera mantiene con el Poder Judicial y la Fiscalía.

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