Audiencia de un formalización del nuevo código

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Pactos con delincuentes para reducir penas generan polémica

Los acuerdos que realiza la Fiscalía con acusados de delitos fueron cuestionados por Bonomi
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22 de abril de 2018 a las 05:00
Robar, ser capturado, mostrar arrepentimiento, pedir disculpas, devolver lo robado o hasta ofrecer información para no ir a la cárcel. Esas circunstancias ocurren desde que funciona el nuevo Código del Proceso Penal (CPP), que prevé algunos institutos benévolos para los delincuentes que incurran en delitos considerados leves. Pero no es algo que se acepte sin más por gran parte de la sociedad, e incluso por el ministro del Interior, Eduardo Bonomi, quien interpelado este miércoles por el senador colorado Pedro Bordaberry, declaró: "No necesariamente compartimos esa estrategia de negociación con los criminales para lograr el procesamiento de otros, pero eso corresponde al ámbito de la Fiscalía y la Justicia".

El pedido del ministro, y de la sociedad, es más firmeza judicial con la delincuencia, pero se desconoce que la pena de prisión es ahora una excepción, y que lo primordial en el nuevo sistema procesal es "resolver los conflictos entre las partes", recordó a El Observador el expresidente del Centro de Estudios de Justicia de las Américas y catedrático de derecho procesal, Santiago Pereira Campos.

"No necesariamente compartimos esa estrategia de negociación con los criminales para lograr el procesamiento de otros, pero eso corresponde al ámbito de la Fiscalía y la Justicia". Eduardo Bonomi, ministro del Interior

El fiscal de delitos económicos, Enrique Rodríguez, condujo –y conduce– varias de las investigaciones en que se procura detener la actuación de bandas de narcotraficantes que operan en barrios como Casavalle, Casabó y Cerro Norte, zonas en las que la Policía, a solicitud de la Fiscalía, allanó varias viviendas en las últimas semanas. Consultado por El Observador acerca de las declaraciones del ministro del Interior y sobre si ha pactado con criminales que brinden información a cambio de penas más benignas, aseguró: "Todo lo que hago en mis casos es porque me lo permite el marco legal. Lo que está permitido, lo hago, y si el ministro dice que no está de acuerdo, es respetable".

"Todo lo que hago en mis casos es porque me lo permite el marco legal. Lo que está permitido, lo hago, y si el ministro dice que no está de acuerdo, es respetable". Enrique Rodríguez, fiscal penal

En los artículos 383, 384, 385, 386 del CPP, se definen las circunstancias bajo las cuales la Fiscalía puede acordar que se suspenda el proceso penal, o lo que es lo mismo, no solicitar prisión para los delincuentes, a cambio de que se cumplan algunas condiciones. La más frecuente: que el delincuente repare moral y materialmente a la víctima.

Pero también se pueden imponer otras condiciones: mantenerse a distancia de determinados lugares o personas o someterse a vigilancia; realizar prestaciones comunitarias al Estado o a privados; someterse a tratamientos médicos, psicológicos o de desintoxicación; comprometerse a cursar completar estudios de cualquier tipo; no poseer armas ni conducir vehículos –en este caso, por un tiempo determinado– y ayudar a un "eventual tratamiento psicológico" de sus víctimas.


En suma, desde noviembre de 2017 –cuando comenzó a funcionar el nuevo CPP– se abandonó un código que, en palabras de Pereira, "no permitía negociar ni acordar la responsabilidad penal del imputado". Ahora eso es algo que se puede, siempre y cuando el delito en cuestión no implique una pena mayor a tres años, el imputado no tenga antecedentes penales, y el delito que se haya cometido no esté entre los que la Fiscalía entiende que deben perseguirse en razón del interés público, como por ejemplo la violencia de género.

Lo que la sociedad no tolera, en opinión de la abogada Adriana Berezán, presidenta de la Asociación de Defensores Públicos del Uruguay, es que se acepte la reparación de la víctima como conclusión del conflicto. "Siempre digo lo mismo –dijo– : ¿Con qué derecho se puede cuestionar a una víctima que, libre y espontáneamente, desde su propia perspectiva, aceptó el trato?".

Resistencias y falsa tentativa

Las críticas en las redes sociales y en las voces de la oposición, dijo Pereira, también estuvieron en varios países en que en los últimos años se llevó adelante una reforma como la uruguaya, como es el caso de Chile, Perú, Ecuador y Guatemala. "En todos los casos surgieron voces que reclaman línea dura y política punitiva, pero esas políticas fracasaron en todas partes, incluso en el sistema anglosajón, en donde hay personas que critican la ética y la filosofa que hay detrás", sostuvo.

El fracaso, entiende Pereira, comienza con el sistema carcelario, que falla en todo el mundo en su cometido de rehabilitar a los reclusos. Además, afirmó, el proceso penal anterior no reconocía sus propios límites: "No se pueden perseguir todos los delitos, nadie puede. Hay que hacer una persecución estratégica", lo que se supone que se logra, aseguró, evitando juicios por delitos menores, y concentrando los recursos en los crímenes graves y de interés público.


Otra de las inquetudes que despierta el nuevo marco, es el escenario favorable que algunos delincuentes pueden entender que tienen ante sus ojos: cuando hay consecuencias no tan graves como la prisión, ¿por qué no intentarlo? Pero tanto Pereira como Berezán desestimaron que eso ocurra, porque la evidencia empírica desmuestra que cuando los criminales son capturados, demuestran en los interrogatorios que no medían las consecuencias de sus actos.

Berezán, apelando a sus 32 años de ejercicio en la Defensoría Pública, dijo que "nunca" le pasó que sus defendidos hubieran calculado con anterioridad las consecuencias penales que tendrían si fallaran. "La impunidad está en que sienten que no los van a atrapar, no en las leyes", dijo.

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