Economía y Empresas > Fuerte rechazo a la iniciativa

Proyecto que limita forestación afecta la "seguridad jurídica" y es un "grave riesgo" para el sector

La Sociedad de Productores Forestales cuestionó con dureza el proyecto de ley que este martes tuvo media sanción del Parlamento en Diputados
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15 de diciembre de 2020 a las 20:41

La Sociedad de Productores Forestales (SPF) cuestionó duramente el proyecto de ley que limita la forestación -que este martes tuvo media sanción en el Parlamento tras aprobarse en Diputados con los votos de Cabildo Abierto, el Frente Amplio y el PERI-  porque "genera perjuicios económicos" y "afecta la seguridad jurídica por generar una restricción sin precedentes y quiebra una política de Estado, sostenida por siete gobiernos de tres partidos políticos (PN, PC y FA), durante tres décadas".

Por medio de un comunicado, la SPF expresó "su honda preocupación por la aprobación en Diputados del proyecto de ley que limita la producción forestal, ya que una normativa con ese alcance supone un grave riesgo para las posibilidades de desarrollo del sector, y del desarrollo económico del país. La sanción de una ley en ese sentido pone en tela de juicio la seguridad jurídica, no solo en el sector forestal sino en todas las actividades económicas del país, lo que es un elemento clave para la atracción de inversiones y es un activo competitivo a nivel internacional", alertó. 

El proyecto aprobado por la Cámara de Diputados establece un límite para la superficie a forestar, junto con la prohibición de hacerlo fuera de tierras fijadas como “prioridad forestal”, lo que no tiene antecedentes en Uruguay, según la SPF. 

"De esa forma, se busca imponer restricciones a la libertad de producción, lo que en nuestro ordenamiento jurídico solo puede hacerse para preservar un bien superior que se vea amenazado. Sin embargo, no existe en el proyecto, ni en su exposición de motivos, argumentación sobre cuál es el bien superior a preservar. La restricción planteada atenta contra la posibilidad que los productores puedan elegir el mejor destino productivo para sus tierras", añadió.

Indicaron que los productores que participan en la forestación, mediante alianzas o esquemas de fomento, en general pequeños, "serán los más perjudicados, porque para ellos las posibilidades de desarrollar actividad productiva será limitada y consecuentemente se afectará negativamente el valor de la tierra y de sus activos".

"Este proyecto de ley quiebra una tradición republicana, sostenida por siete gobiernos de los tres partidos políticos que gobernaron el país, para pasar a un sistema de actividad limitada y restringida, trastoca decisivamente las bases fundamentales que permitieron el desarrollo de estos años. La estabilidad y seguridad jurídica han sido pilares diferenciadores de Uruguay a la hora de atraer inversiones en todos los sectores de actividad. En este sentido, la aprobación de este proyecto supondría perder este activo competitivo, teniendo como marco la afectación de un sector fundamental para la economía que ha sido pilar de atracción de grandes inversiones", alertó la SPF. 

Asimismo, indicaron que en caso de prosperar este proyecto en el Senado, "el sector forestal sería el único del agro en tener una cota sobre las tierras que puede dedicar a la actividad, lo cual significa una discriminación negativa, sin fundamentos ni precedentes. Por todos estos motivos, la Sociedad de Productores Forestales” considera que el proyecto supone un grave riesgo para las posibilidades de desarrollo de la actividad forestal y del país".

Los diputados del Partido Nacional, Partido Colorado y Partido Independiente calificaron este martes como "poco serio" y una falta de "respeto" que se votara "bajo tabla" un proyecto que no recogió comentarios del Poder Ejecutivo.

Una posibilidad latente para que esta iniciativa no prospere es que el presidente de la República, Luis Lacalle Pou, vete la iniciativa en caso que cuente con los votos suficientes en el Senado. El Poder Legislativo puede levantar el veto con tres quintos de los votos. 

Qué dice la norma

El proyecto de ley establece que “la plantación de bosques generales y de rendimiento, tipificados en la Ley N° 15.939 (Ley Forestal), de 28 de diciembre de 1987 y decretos reglamentarios queda limitada a los suelos de prioridad forestal”.

“La superficie total de bosques de rendimiento y generales en todo el país, no podrá superar el 10% (diez por ciento) de la superficie nacional bajo explotación agropecuaria definida en el Censo General Agropecuario. El cómputo de la superficie total de bosques de rendimiento y generales se establecerá a partir de los proyectos forestales aprobados por la Dirección Forestal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) e implantados en un plazo máximo de 5 años a partir de su aprobación”, dice el segundo artículo.

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