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22 de febrero 2023 - 5:04hs

El Tribunal de Apelaciones Civil de 1o Turno dictaminó que correspondía resarcir a la madre y a los cuatro hermanos de un preso que murió en forma violenta en la cárcel. Perdieron a un ser querido en un lugar en el que debe ser protegido por el Estado. Sin embargo, el tribunal también entendió que el resarcimiento no debía ser tan alto como había decidido el juez de lo Contencioso Administrativo, Alejandro Martínez de las Heras, debido a que existía "poca relación" entre ellos, según se expresa en una sentencia a la que accedió El Observador

El juez Martínez de las Heras había determinado que el Ministerio del Interior debía pagarle US$ 20 mil a la madre de la víctima por daño moral y US$ 8 mil a cada uno de sus hermanos. El TAC redujo los montos a US$ 16 mil para la madre, US$ 5 mil para los hermanos y US$6.500 para una hermana. 

Eso se debió a que entendieron que –parcialmente– eran de orden los argumentos que había esgrimido el Ministerio del Interior cuando apeló la sentencia. La cartera de seguridad indicó que "el vínculo entre madre e hijo no era el que se pretende hacer creer" porque en un año y dos meses que el hijo estuvo preso no lo visitó. Tampoco lo hicieron sus hermanos. Por otra parte, argumentaron que estaba probado que la propia familia del fallecido lo denunció "en varias oportunidades solicitando el retiro del hogar, por lo que parece que se pretende un enriquecimiento a costa del Estado".

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El TAC matizó estas afirmaciones, pero valoró que en algún punto les asistía la razón. En un año y dos meses que el hombre de 19 años había estado preso, solo lo había visitado –en una única oportunidad– una hermana. A ella fue la que le tocó la compensación de US$6.500 a diferencia del resto que cobrarán US$5.000. 

Aún así, en su sentencia, el tribunal comienza por explicitar que surge acreditado "que la falta de servicio de la demandada fue la causante de la
muerte" del joven. Pese a eso, entendieron que "ciertamente por menos relación que se tenga, no quita la angustia que genera perder un hijo o un hermano. No obstante, ello influye en la cuantificación".

La poca relación que tenían –indicaron los jueces– no se funda únicamente en la ausencia de visitas al centro carcelario, sino en entrevistas que se hicieron a testigos del vínculo. 

Por ejemplo, el concubino de una de las hermanas –con quien está en pareja hace cinco años– dijo que no lo conocía ni sabía si había estado antes en la cárcel. Aún así, remarcó que ella está "muy afligida" por lo sucedido. Otra testigo, indicó que la hermana ya mencionada y otro de los hermanos sufren, pero la primera está presa y el segundo en tratamiento psicológico. Detalló que se criaron juntos, pero estuvieron tiempo separados y no sabe si la madre lo fue a ver. 

El concubino de la madre de la víctima dijo que los tres hermanos se criaron juntos hasta cierta edad, pero luego las mayores se fueron de la casa. Agregó que la madre "no iba a verlo, 'siempre estaba por ir' dice, los hermanos tampoco por falta de recursos", expusieron. 

La hermana a la que no mencionaron los testigos fue la única que, una vez, fue a visitarlo. El joven había sido procesado el 7 de abril de 2017 y fue asesinado el 22 de junio de 2018. 

Los argumentos de los familiares

Cuando el ministerio controvirtió la sentencia de primera instancia y pidió que se eleve el caso al tribunal, la familia de la víctima expuso sus argumentos sobre por qué la indemnización debía ser, incluso, más alta. 

Advirtieron que no se demostró que exista un intento de enriquecimiento ilícito y que está probado –a raíz del fallecimiento de la víctima– que hubo un daño moral. 

"Se considera que el monto es insuficiente en consideración al daño moral sufrido. Hay que tener presente la importancia de la publicidad del hecho de autos, la brutalidad del crimen y que el hecho tuviera lugar en una cárcel nueva de participación público privada", indicaron.

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