El Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (Sucive) anunció cuándo estará disponible el pago de la patente de rodados en 2025 y la consulta a través de la web.
Según la página web del Sucive, ambos trámites se podrán hacer desde el 8 de enero. Mientras tanto, desde el 31 de diciembre, el sistema está de baja por mantenimiento, algo habitual en esta época del año.
A pesar que desde el 8 de enero quedará también disponible la consulta online por el valor de la patente, semanas atrás se definió que en 2025 habría un ajuste sobre las bases de cáulco de 1,33% para el valor de la patente de rodados 2025.
Sucive aclaró que mientras el sistema está en mantenimiento (del 31 de diciembre al 8 de enero) sí se puede consultar si una matrícula tiene infracciones registradas y también que extranjeros hagan pagos.
La consulta del valor de la patente se podrá hacer online, a través de la página web de Sucive, una vez que quede disponible (8 de enero).
Beneficios de pagar la patente en fecha y dónde se paga
Todos los años Sucive establece una serie de bonificaciones para los propietarios que pagan en fecha.
Habitualmente, quienes pagan la patente anual antes del primer vencimiento (es decir, el total del valor en un solo pago) tienen un descuento de 20% del total. En 2025 la fecha límite para hacerlo se fijó en el lunes 20 de enero.
Por otra parte, si la persona elige pagar en cuotas y lo hace antes de cada uno de los vencimientos, tendrá una bonificación de 10%. De esta manera se fijan seis pagos a lo largo del año, cada dos meses.
Las formas y lugares de pago habituales de la patente de rodados son las redes de cobranza (como Abitab, Redpagos, el Correo Uruguayo u otros que pudieran habilitarse) y los pagos en línea (mediante Banred, Visa, Banco República, BBVA, Banque Heritage, Itaú, Santander, Scotiabank, Bandes, y HSBC).
Cronograma de vencimientos de la patente de rodados 2025
Los propietarios de vehículos deberán estar atentos al cronograma de vencimientos para el pago de la patente y tributos conexos. Las fechas son las siguientes:
- Lunes 20 de enero
- Jueves 20 de marzo
- Martes 20 de mayo
- Lunes 21 de julio
- Lunes 22 de septiembre
- Jueves 20 de noviembre
Este cronograma establece las fechas límites para abonar los tributos, y las personas que no realicen el pago en los plazos establecidos podrán enfrentar intereses y recargos.