La Comisión rechazó los principales argumentos de la institución y concluyó que los hechos más graves tuvieron carácter colectivo. En uno de los pasajes más contundentes de la resolución, calificó lo sucedido como un “accionar frenético y sumamente violento de los parciales pocas veces visto en nuestras canchas”.
Qué hechos denunció la Seguridad de la AUF
El expediente se inició a partir de un informe confidencial de la Comisión de Seguridad de la AUF sobre lo sucedido en el clásico.
Entre los primeros episodios consignados aparece la existencia, en la Tribuna Cataldi, de un puesto de venta de merchandising de Peñarol en el que se comercializaban pasamontañas, elementos cuyo uso no está autorizado porque, según el informe, pueden dificultar la identificación de las personas.
Antes del comienzo del partido también se registraron incidentes entre hinchas de Peñarol y efectivos del Regimiento Guardia Republicana.
El informe incorporó registros audiovisuales y sostuvo que se produjo una interacción conflictiva que requirió la intervención de personal policial y de seguridad.
Otro de los episodios detallados fue el traslado, a través del tejido divisorio entre las tribunas Damiani y Cataldi, de un bulto de grandes dimensiones recubierto con film plástico que inicialmente parecía tener forma de ataúd.
Posteriormente se comprobó que el elemento era efectivamente un ataúd alusivo a Nacional, exhibido desde la Cataldi, con los colores del tradicional rival, una representación de una cabeza de gallina y las inscripciones “Washi” y “Game over”. La alusión refería a un barra de Nacional asesinado en 2022 por barras de Peñarol en venganza por la participación de un crimen contra un hincha de Peñarol en Santa Lucía años atrás.
Seguridad también denunció la exhibición durante todo el encuentro de una bandera con la inscripción “Nachito”, pese a que se había solicitado a responsables de seguridad de Peñarol que fuera retirada, así como la presencia de distintas banderas con astas.
El expediente agregó la utilización reiterada de elementos pirotécnicos y dispositivos generadores de humo, cánticos y expresiones dirigidas contra Nacional y el lanzamiento de objetos y proyectiles hacia el campo de juego.
Los incidentes después del clásico y los daños en el Campeón del Siglo
Los episodios que tuvieron mayor peso en el razonamiento de la Comisión fueron los ocurridos una vez finalizado el partido.
El informe de Seguridad consignó incidentes entre hinchas ubicados en la Tribuna Cataldi y efectivos policiales. Según la documentación incorporada al expediente, hubo múltiples registros audiovisuales desde diferentes ángulos.
También se denunció que hinchas de Peñarol provocaron daños en una pared interior perteneciente a uno de los habitáculos de esa tribuna.
Según el informe, dentro de esa estructura había elementos ocultos, entre ellos banderas y material pirotécnico. Parte de esas banderas fueron posteriormente “rescatadas” por hinchas, mientras que, de acuerdo con información policial recogida en el expediente, parte del material pirotécnico habría sido utilizado durante los enfrentamientos.
Los registros también mostraron, según el fallo, a parciales utilizando sectores interiores de los baños para protegerse y ocultarse antes de realizar acciones contra los policías.
Además, hubo acciones sobre portones exteriores: algunos fueron desprendidos y posteriormente utilizados o arrojados en dirección a vehículos policiales.
La defensa de Peñarol: los hechos fueron "aislados e individuales"
Peñarol compareció ante la Comisión y presentó una extensa defensa en la que buscó separar la conducta institucional de los diferentes episodios protagonizados por algunos de sus hinchas.
“El encuentro comenzó, se desarrolló y finalizó con total normalidad”, sostuvo el club.
La institución argumentó que los hechos relevados por los veedores constituían, en su mayoría, “episodios aislados e individuales” y que ninguno había tenido entidad suficiente para alterar el desarrollo normal del espectáculo.
También destacó que antes del clásico realizó una campaña de concientización en sus redes sociales y sostuvo que no existió incumplimiento de los protocolos acordados previamente ni de las instrucciones recibidas durante el partido.
Respecto a los pasamontañas, Peñarol argumentó que la venta de una prenda en un puesto no autorizado podía constituir una infracción administrativa vinculada al comercio dentro del estadio, pero no necesariamente una falta disciplinaria. Añadió que no estaba acreditado que esos artículos hubieran sido utilizados para ocultar la identidad de personas que cometieron ilícitos.
Qué dijo Peñarol sobre las banderas, las bengalas y los objetos lanzados
La defensa sostuvo que las banderas con astas habían sido conocidas por la autoridad policial durante el partido y que finalmente su exhibición había sido autorizada verbalmente por la Policía.
También argumentó que no eran peligrosas ni excedían las dimensiones permitidas.
Sobre los espectadores que subieron reiteradamente al tejido perimetral, Peñarol afirmó que se realizaron advertencias por la voz del estadio y que eso demostraba una actitud “activa y diligente” de la institución.
En relación con las bengalas y los generadores de humo, el club alegó que fueron conductas individuales y espontáneas, que no provocaron lesiones ni daños materiales de entidad y que tampoco determinaron la detención del encuentro.
Peñarol también relativizó el lanzamiento de objetos hacia el campo. Según su defensa, ningún elemento impactó de manera riesgosa durante el desarrollo del partido y los proyectiles que aparecen en las imágenes eran principalmente botellas de plástico vacías, arrojadas como protesta por el resultado cuando los jugadores ya se retiraban.
Peñarol cuestionó la actuación de la Guardia Republicana
Uno de los puntos más fuertes de los descargos estuvo dirigido a la actuación policial después del clásico.
El club sostuvo que los registros audiovisuales mostraban “actitudes de provocación” por parte de efectivos del Regimiento Guardia Republicana y “excesos manifiestos en la respuesta represiva desplegada”.
Según la defensa presentada ante la AUF, podían observarse “provocaciones reiteradas” de policías, incluso mediante gestos alusivos al resultado del partido que habrían estado dirigidos a exacerbar los ánimos.
Peñarol también señaló como particularmente grave el episodio de una persona que, según su versión, ya estaba detenida y reducida en el piso y continuó siendo agredida por personal policial.
El club argumentó, además, que los hechos de mayor entidad ocurrieron una vez finalizado el encuentro y en la zona de circulación y egreso de la Tribuna Cataldi, que definió como un sector exterior o perimetral.
Por ese motivo, sostuvo que esos episodios excedían el ámbito de responsabilidad objetiva que el Código Disciplinario atribuye a los clubes por los hechos ocurridos dentro del recinto.
La habitación encontrada en la Cataldi y la posición de Peñarol
Peñarol también controvirtió la interpretación realizada sobre el espacio descubierto en la Tribuna Cataldi.
Según el club, se trataba de una estructura de cierta antigüedad y el hecho de que algunos hinchas aprovecharan un punto ciego para guardar banderas no demostraba una omisión o negligencia institucional.
Además, sostuvo que no existía prueba que confirmara la presencia de material pirotécnico en ese lugar.
En sus descargos, Peñarol argumentó que los hechos no tenían la gravedad necesaria para justificar una quita de puntos y pidió expresamente que se descartara una sanción de esa naturaleza.
Por qué la Comisión rechazó la defensa de Peñarol
La Comisión Disciplinaria comenzó su razonamiento jurídico a partir de un concepto central: la responsabilidad objetiva de los clubes por el comportamiento de sus hinchas.
El tribunal sostuvo que esa responsabilidad implica que una institución puede responder por los actos de sus parciales aunque no exista culpa, dolo o negligencia directa de su parte.
En el caso concreto, consideró que no había controversia respecto a que quienes protagonizaron los hechos eran hinchas de Peñarol, única parcialidad presente en el clásico.
Tras analizar la prueba y los descargos, la Comisión concluyó que Peñarol no logró “enervar la responsabilidad objetiva” que le correspondía por los hechos denunciados.
Sin embargo, ese punto por sí solo no era suficiente para la aplicación del artículo 5.9 del Código Disciplinario. Para ello, el tribunal debía determinar que los incidentes habían sido “manifiestamente graves” y que no respondían a conductas individuales sino que tenían un origen colectivo.
Y fue precisamente allí donde la Comisión se apartó frontalmente de la posición del club.
En los videos que publicó el Ministerio del Interior el lunes siguiente al clásico se ven a varias decenas de hinchas de Peñarol atacando a la Policía con distintos elementos (piedras, palos, pirotecnia, puertas, portones) lo cual despejó por completo la hipótesis de que se trataran de hechos individuales.
“Un accionar frenético y sumamente violento”
La Comisión consideró probado que se lanzaron múltiples proyectiles contra los efectivos policiales, entre ellos piedras y trozos de bloques obtenidos de las propias instalaciones del estadio.
También señaló los daños producidos en una pared, baños, portones y otras estructuras.
“Se observa un accionar frenético y sumamente violento de los parciales pocas veces visto en nuestras canchas, lo que hace que estas acciones alcancen la nota de manifiesta gravedad”, afirmó el tribunal.
El tribunal sostuvo que en los registros se observa a “muchísimos parciales” lanzando proyectiles obtenidos a partir de los destrozos realizados en las instalaciones y parapetándose detrás de portones y puertas arrancados.
La circunstancia de que los actos violentos estuvieran dirigidos contra la Policía también fue considerada por la Comisión como un elemento para evaluar la conducta con mayor severidad.
Por qué la Comisión entendió que los hechos comenzaron dentro del estadio
El fallo también respondió al argumento de Peñarol de que los principales incidentes se habían desarrollado fuera del recinto.
Para la Comisión, la secuencia violenta comenzó dentro del Campeón del Siglo.
El tribunal sostuvo que el “iter criminis” comenzó cuando los parciales procuraron los proyectiles dentro de las instalaciones y con la destrucción de una pared, para luego consumarse con el lanzamiento de esos elementos contra los efectivos policiales.
Por esa razón concluyó que la acción había sido perpetrada “desde dentro del estadio y/o escenario deportivo hacia el exterior”.
Ese razonamiento fue determinante para considerar aplicable la normativa disciplinaria que terminó sustentando la sanción.
El ataúd contra Nacional: por qué la Comisión también consideró que hubo una infracción
La Comisión dedicó un apartado específico al ataúd exhibido por hinchas de Peñarol.
Según el tribunal, el elemento alusivo a Nacional constituyó una infracción al artículo 12.2 del Código Disciplinario y también quedó alcanzado por el Protocolo de Seguridad de la AUF.
La Comisión consideró que la presencia del ataúd, las inscripciones que llevaba y los colores del tradicional rival constituían “un elemento que denigra al ser humano e incita a la violencia”.
También entendió acreditados los cánticos que incitaban a la violencia y la existencia de una bandera colocada sobre el tejido en contravención al Protocolo de Seguridad.
Un elemento que la Comisión decidió dejar fuera del expediente
No todos los elementos remitidos durante el procedimiento fueron utilizados contra Peñarol.
La Comisión de Seguridad había incorporado información vinculada a declaraciones realizadas en medios radiales sobre una eventual entrega de entradas gratuitas a barras o parciales.
Esas declaraciones las hizo Evaristo González, tres días después del clásico apuntando como responsable al presidente Ignacio Ruglio.
La Comisión Disciplinaria decidió no considerar ese elemento en este expediente.
Argumentó que se trataba de una nota dirigida a un tercero, que no reunía las formalidades de una denuncia y que provenía de una declaración radial. En consecuencia, señaló que el asunto, de corresponder, debía tramitarse por los canales pertinentes.
Con ese conjunto de elementos, la Comisión concluyó que Peñarol tenía responsabilidad objetiva, que los episodios más graves reunían las condiciones de manifiesta gravedad y carácter colectivo exigidas por el Código y que los descargos presentados por el club no alcanzaban para excluir su responsabilidad.
La resolución derivó en las sanciones contra Peñarol ya comunicadas: pérdida de un punto en el torneo en disputa, cuatro partidos sin jugar como local en el Campeón del Siglo, cuatro encuentros como local a puertas cerradas y una multa de 150 Unidades Reajustables.