19 de mayo de 2026 7:42 hs

El Sueldo Anual Complementario (SAC) o aguinaldo es un derecho laboral en Uruguay que se abona en dos instancias anuales. Conocer los plazos legales y la fórmula de cálculo permite a los trabajadores proyectar sus ingresos líquidos, considerando los descuentos de seguridad social y el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Las fechas clave de pago

La normativa vigente establece que el aguinaldo se divide en dos pagos obligatorios para los trabajadores del sector privado y público. Los empleadores tienen un plazo máximo legal para depositar el dinero, según lo estipulado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

  • Primera cuota (junio): Se debe abonar antes del martes 30 de junio de 2026. Comprende los ingresos generados entre el 1° de diciembre de 2025 y el 31 de mayo de 2026.
  • Segunda cuota (diciembre): El límite legal es el domingo 20 de diciembre de 2026. Abarca el período trabajado desde el 1° de junio hasta el 30 de noviembre de 2026.

El paso a paso: cómo calcular el monto

Para conocer la cifra exacta que corresponde cobrar, es necesario aplicar una fórmula matemática sobre los ingresos nominales.

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  • Sumá todas las remuneraciones en dinero percibidas en el semestre correspondiente (sueldo base, horas extras, comisiones y feriados pagos).
  • Excluí las partidas que no se pagan en efectivo, como tickets de alimentación, viáticos sin rendición o propinas.
  • Dividí el resultado total entre 12. Esa cifra representa el aguinaldo nominal.
  • Restá los aportes personales obligatorios: 15% de jubilación al Banco de Previsión Social, entre 3% y 8% de salud (FONASA) y 0,125% del Fondo de Reconversión Laboral.

El impacto del IRPF en el cobro

El aguinaldo está gravado por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, el sistema tributario uruguayo aplica un mecanismo de anticipo mensual para evitar que el trabajador sufra un descuento desproporcionado en los meses de junio y diciembre.

Los empleadores retienen mensualmente un 6% adicional sobre la base imponible del salario. Este porcentaje funciona como un adelanto del impuesto correspondiente al aguinaldo. Al momento de cobrar el medio aguinaldo, no se aplica una retención directa de IRPF sobre esa partida específica.

Finalmente, en diciembre se realiza un ajuste anual. En esta instancia, se suma el aguinaldo a las retribuciones totales del año y se calcula el impuesto definitivo. Si los anticipos mensuales superaron el monto real, la Dirección General Impositiva (DGI) devuelve el excedente al año siguiente.

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