Cada vez que una administración de gobierno entrega su proyecto de Ley de Presupuesto quinquenal al Parlamento suelen aparecen distintos cambios normativos o ajustes que impactan en el quehacer de las empresas uruguayas o particulares.
El Poder Ejecutivo ya había adelantado que en materia de impuestos no habría un aumento de la carga impositiva. A eso se sumó un escenario más desafiante que dejó la pandemia para el Estado por la caída en sus ingresos y el aumento de las erogaciones para los distintos planes de contención social que se lanzaron y que el gobierno estimó en unos US$ 770 millones para todo el 2020.
De todas formas, siempre hay espacio para algunos retoques y ajustes. El contador y socio del estudio Guyer & Regules Federico Camy dijo a El Observador que “sorprendió para bien” un artículo que mejora el tratamiento fiscal de las pérdidas que registran las empresas a la hora de tributar ante DGI por concepto de pérdidas fiscales.
Durante el anterior ajuste fiscal del 2017 -que aplicó la administración de Tabaré Vázquez-, el Ejecutivo había realizado un cambio normativo por el cual dejaba pasar las pérdidas fiscales para el siguiente ejercicio pero no en su totalidad (50%) para aquellos contribuyentes del Impuesto a la Renta a la Renta de las Actividades Económicas(IRAE). Eso ahora fue eliminado con el nuevo Presupuesto y las empresas podrán arrastrar el 100% de sus pérdidas fiscales para el siguiente año.
Según explicó Camy, en un contexto de pandemia durante el ejercicio 2020, es probable que muchas empresas cierren su ejercicio con números rojos, por lo que es una "buena medida" que puedan trasladar la totalidad sus pérdidas fiscales. El IRAE de este ejercicio se liquidará ante la DGI en abril del 2021.
En tanto, en la línea que ha promovido el Poder Ejecutivo para atraer extranjeros para que se radiquen en Uruguay para vivir e invertir, el gobierno extenderá algunos beneficios que hoy rigen para los uruguayos que retornan al país y pretenden traer su vehículo. Ahora el proyecto presupuestal extendería ese beneficio a todos aquellos que obtengan la residencia fiscal desde enero del 2020 hasta el 31 de marzo de 2021. Así lo establece el artículo 631.
Para el agro
El proyecto presupuestal le da la potestad al Poder Ejecutivo que pueda establecer por decreto y no por ley el reintegro de IVA para todos aquellos consumidores de gasoil que tributan Imeba. Según Camy, con este ajuste formal el gobierno quiere tener “más agilidad” para otorgar este reintegro impositivo cada febrero y no estar aguardando por los tiempos parlamentarios.
En tanto, el Impuesto al Patrimonio del agro que se calcula sobre el valor de catastro de los inmuebles también tendrá un ajuste que beneficiará al contribuyente. Este tributo para los inmuebles está “anclado” al año 2012, y cuyo ajuste anual para los valores catastrales se define por el Índice de Precios de Agricultura, Ganadería, Caza y Silvicultura que releva al INE. El último año ese índice subió 36% y cuadriplicó la evolución de la inflación en 2019 (8,8%).
Según Camy, ahora el Ejecutivo le dará (una vez que se apruebe el Presupuesto) la potestad a los productores que pagan este impuesto optar por el índice que arroje el menor valor porcentual, ya sea el IPC o el Índice de Precios de Agricultura, Ganadería, Caza y Silvicultura. Los productores agropecuarios que tributan el Impuesto al Patrimonio son aquellos que tienen activos que superan los 12 millones de unidades indexadas (unos US$ 1,3 millones).
Asambleas de accionistas por Zoom
El funcionamiento de las empresas en Uruguay también se aggiornará a los nuevos tiempos con algunos ajustes normativos, explicaron los abogados de Guyer & Regules Juan Manuel Mercant y Guzmán Rodríguez.
Los artículos 659 y 667 permiten la celebración de asambleas sin necesidad de convocatoria previa del directorio cuando concurran accionistas que representan el 100% del capital. Además, se modifica también el quórum de los directorios, que ya no será de la mitad más uno de los miembros sino de mayoría absoluta. Asimismo, se permiten también las asambleas por videoconferencia (Zoom) y otros medios.
Javier Domínguez, gerente de Deloitte Legal, recordó que actualmente existe una prohibición de ley de sociedades comerciales que imposibilita las asamblea en formas remota, no así las reuniones de directorio. “Esto es relevante para las multinacionales donde la gran mayoría está en el exterior. En los hechos, quizás ya se estaba haciendo, y es de alguna forma aggiornarse a la realidad contemporánea”, destacó.
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En el caso de las Sociedades Anónimas Simplificadas (SAS) -actualmente cada integrante del directorio debe pagar al BPS por cada participación en cada una de esas SAS-, ahora solo tendrá la posibilidad de aportar solo por una de las empresas si no tiene remuneración.
También si un empresario contaba con varias SAS tenía que aportar por todas, ahora solo tendrá que tributar por una como ocurre con una SRL. “Esto atiende al pluriempleo patronal que se corrige y elimina”, dijo Camy.
Derecho para los consumidores
Mercant y Rodríguez indicaron que también el mensaje presupuestal abarca algunos temas vinculados a la Ley de Defensa del Consumidor, donde se mantienen derechos pero se contemplan situaciones particulares.
La norma en su redacción actual en su art. 16 prevé que la oferta de productos que se realiza fuera del local (ej. por correo o por teléfono o por otros medios) da derecho al consumidor a resolver el contrato dentro de los 5 días hábiles desde la venta o entrega, y solicitar se le devuelva el dinero, a su sola opción, sin necesidad de acreditar el porqué de la devolución.
Esto se mantiene pero se prevé que ese derecho de resolver el contrato no se aplicará a ciertas situaciones como ser el de productos que caducan con rapidez, el de productos no aptos para ser devueltos por haber sido desprecintados y en razón de la protección de la salud no puedan volver a venderse, la prensa diaria, programas informativos, servicios de comida, servicios de alojamiento, servicios digitales, según el artículo 208.
Responsabilidad ambiental
El cuidado del medioambiental también tendrá su ajuste con la Ley de Presupuesto. En el artículo 494 el Poder Ejecutivo amplía la solidaridad por construcciones sin autorización ambiental previa de forma de alcanzar a los titulares de los inmuebles y poseedores. Es decir que si una empresa está realizando una obra, por ejemplo, el dueño del predio también es responsable ante un posible impacto ambiental de esa iniciativa. Según Mercant, esta medida hace “foco importante” en los temas ambientales, algo que está atado a la creación del flamante Ministerio de Ambiente.