18 de julio de 2013 17:57 hs

Para el próximo verano estará reglamentada la disposición que obliga a todos los vehículos del transporte colectivo de pasajeros de mediana y larga distancia y departamentales a tener cinturones de seguridad en todos los asientos. Los pasajeros “van a tener que ir abrochados”, dijo a El Observador el director nacional de transporte Felipe Martín.

El Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) trabaja en la reglamentación de este artículo de la ley 19.061 sobre Normas Varias de Seguridad Vial (complementaria de la ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial 18.191), promulgada el pasado 6 de enero, cuya redacción enviará al Poder Ejecutivo en menos de dos meses.

Martín indicó que ya existe “un buen número de unidades” interdepartamentales que cumplen con la norma, aunque hoy no se fiscaliza el uso por parte de los pasajeros. Se trata de los vehículos 0 km que han ingresado al mercado a partir del 1º de enero de este año.
No obstante, queda aún por definir el plazo que se le otorgará a las empresas para la colocación del dispositivo de seguridad en los coches anteriores al año 2013.

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Por el camino quedó la intención de prohibir que los pasajeros viajen de pie. Empero, los ómnibus no podrán meter más personas de la capacidad técnica admitida.

El servicio suburbano no podrá llevar más de ocho pasajeros de pie (espaldas contra espaldas) por cada metro del pasillo central; mientras que la cantidad baja a seis pasajeros para los coches de larga distancia. “En el mundo viaja la gente parada. El ómnibus es un servicio público de interés social. Y tiene la obligación de que en cada lugar donde haya gente que solicita su detención, hacerla subir”, señaló Martín.

Pero respecto a la diferencia de seguridad con aquellos que viajarán sentados y protegidos por el cinturón, el director nacional de transporte indicó que se deben mejorar las frecuencias de los servicios para evitar la falta de asientos libres.

La complejidad de esto, a su juicio, es que las intendencias del interior del país “no tienen bien resuelta la comunicación local”, por lo que los interdepartamentales tienen que cubrir los tramos locales. Por ejemplo, la movilidad de un pasajero desde Colonia del Sacramento a las ciudades cercanas debe realizarse por ruta nacional en servicios de mediana y larga distancia, o departamentales, lo que muchas veces colma los asientos y el pasillo. Inclusive los últimos deberán tener cinturones, porque circulan por la ruta. “Es una responsabilidad del Congreso de Intendentes en función de los plazos que coloque la Unidad Nacional de Seguridad Vial para cumplir con esta norma”, manifestó el jerarca.

No más de 90 km/h
Además, el MTOP está preparando una futura reglamentación (fuera de la ley 19.061) para que los ómnibus de pasajeros de mediana y larga distancia y departamentales cuenten con controladores de velocidad.

Éste es un dispositivo que está incorporado a la mecánica del vehículo y que evita que acelere más allá de la velocidad límite permitida: 90 kilómetros por hora. En este sentido se están desarrollando experiencias piloto.

“Esto tiene ventajas y desventajas”, afirmó Martín. Y explicó: “La ventaja es que (la unidad) puede funcionar a velocidad crucero y eso va a mejorar los rendimientos en materia de consumo (de combustible). La desventaja es que la circulación es muy heterogénea por cómo conduce la gente”; por lo tanto, será todo un reto manejar a una velocidad constante y uniforme durante todo el trayecto.

Actualmente, el MTOP realiza la inspección aleatoria de alrededor de 600 tacógrafos al año. Este aparato permite verificar si el conductor respeta los límites de velocidad impuestos al vehículo y a la vía pública. Según relató Martín, se constata “una tasa de respeto muy alta”. Los picos de alta velocidad, en general, responden a adelantamientos.

En opinión del jerarca, estas medidas contribuyen a darle al sistema de transporte público “una mayor dosis de seguridad” en las carreteras de la que también se beneficiará el pasajero.

Uno de los objetivos es que éste decida dejar su automóvil y realice sus viajes interdepartamentales en ómnibus, puesto que no está entrenado para soportar largas distancias, lo que puede afectar su rendimiento al volante y aumentar el riesgo de sufrir un accidente.

En el primer trimestre de este año se registraron 1.146 siniestros de tránsito en rutas nacionales; de estos, 49 fueron fatales.

Por último, el MTOP redacta la reglamentación del artículo de la ley 19.061 referido a la prohibición del transporte de personas en la caja de los vehículos y acoplados. Una excepción se aplicará para las cuadrillas de obreros pero no se permitirá el traslado de más de tres personas y éstas tienen que ir en un asiento fijo.

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