El proyecto fue aprobado por 57 votos a favor y 39 en contra

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Diputados aprobó proyecto de eutanasia: ¿qué plantea y cómo sigue?

Tal como está redactado el proyecto, al menos dos médicos intervendrán en el proceso, que se podrá interrumpir en cualquier momento de forma definitiva si el paciente cambia de opinión
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06 de octubre de 2022 a las 14:48

En la madrugada de este jueves la Cámara de Diputados aprobó con 57 votos a favor y 39 en contra el proyecto de ley que despenaliza la eutanasia y el suicidio asistido. Esto representa el cierre de una etapa parlamentaria, pero no culmina el proceso legislativo, ya que ahora el texto pasará a la comisión de Salud del Senado para su discusión. 

Una vez allí, los senadores que integran la comisión de Salud analizarán el proyecto en profundidad, harán las consultas que consideren pertinentes y convocarán a las delegaciones vinculadas al tema, para después pasar a la votación. Esto último se hará, como marca la ley, primero en comisión y luego en el pleno del Senado, donde el proyecto puede presentar cambios y eventualmente volver a Diputados. 

¿Cuándo está previsto que se apruebe el proyecto y se convierta en ley? Según declaró el diputado colorado Ope Pasquet –uno de los impulsores de la iniciativa–, lo más probable es que la despenalización de la eutanasia y el suicidio asistido no termine el trámite parlamentario este año

"El Senado se tomará su tiempo, hará consultas, recibirá delegaciones. Esto se va, inexorablemente, al año que viene", afirmó el legislador. 

Como en otras iniciativas parlamentarias, el presidente de la República tiene la posibilidad de vetar el proyecto, algo que ha pedido Cabildo Abierto –de manera formal– y el diputado nacionalista Rodrigo Goñi. Sin embargo, según informó Telemundo, el mandatario transmitió que esperará a que transcurra la discusión en el Senado para tomar una definición. 

Qué es la eutanasia

El proyecto de ley aprobado define a la eutanasia en su artículo tercero. Allí establece: "Se denomina eutanasia al procedimiento realizado por un médico o por su orden, tras seguir el procedimiento indicado en la presente ley, para provocar la muerte de la persona que se encuentra en las condiciones por ella previstas y así lo solicita reiteradamente en forma válida y fehaciente". 

Lo que plantea el proyecto

El texto aprobado tiene como objetivo "regular y garantizar" el derecho de las personas a "transcurrir dignamente el proceso de morir". Entre las personas que tienen derecho a recurrir a este proceso se incluye a los mayores de edad, psíquicamente aptos, que cursen la "etapa terminal" de una enfermedad "incurable e irreversible". O aquellas que padezcan un sufrimiento insoportable como consecuencia de una enfermedad. 

Los pasos a seguir

Hay varias etapas con las que el paciente tiene que cumplir, de las cuales quedará constancia en la historia clínica. Para empezar, la persona que quiera pedir la eutanasia deberá hacerlo ante un médico de forma escrita. 

En ese momento se le dará intervención al primer médico que participará en el proceso. Ese primer profesional tomará nota del pedido, hablará con el paciente para explicarle las alternativas que tiene en términos de tratamientos disponibles y "verificará que la voluntad" expresada sea "libre, seria y firme". Si alguna de estas cosas no se verifican, el médico podrá dar por "concluido el procedimiento". De todas formas, el paciente podrá volver a formular un pedido de este tipo. 

Una vez que actúa el primer profesional, será el turno del segundo. Este último tendrá una consulta presencial con el paciente y estudiará su historia clínica, todo en "un plazo no mayor a diez días". 

Los médicos que actúan deben ser independientes entre sí y no tener ningún tipo de vinculación, tal como establece el proyecto. 

"Si el segundo médico confirma la opinión del primero, el procedimiento seguirá su curso", agrega el escrito. Sin embargo, en caso de que esto no suceda y el segundo médico se oponga, participará un tercer profesional, quien deberá dar su opinión. Si el segundo y el tercer médico se oponen, entonces se dará por terminado el proceso. 

Ahora bien, si la opinión del segundo profesional actuante es favorable para el pedido del paciente, entonces se hará una nueva entrevista con el paciente. Si la persona "ratifica fehacientemente" su voluntad, se pasará a la etapa siguiente. 

Así se entra en la fase de la "última voluntad", que supone que la persona ratifique por escrito su intención y lo haga ante dos testigos

Con esa ratificación, el médico tratante elevará el pedido al Ministerio de Salud Pública, que deberá comunicar a Fiscalía si entiende que en el proceso se cometió alguna irregularidad. 

"La voluntad del paciente de poner fin a su vida es siempre revocable. La revocación no estará sujeta a formalidad alguna y determinará el cese inmediato y la cancelación definitiva de los procedimientos en curso", sostiene el proyecto en su artículo quinto. 

Objeción de conciencia

El proyecto de ley contempla la objeción de conciencia de los profesionales, quienes podrán negarse a llevar adelante la eutanasia. "En tal caso, la institución de asistencia médica determinará quién o quiénes deban sustituir a él o a los objetores, garantizando siempre la prestación del servicio". 

Los diputados establecieron durante la discusión del proyecto –que transcurrió entre el miércoles y la madrugada del jueves– un cambio en el artículo que determina el "deber de prestación de servicios". 

En este sentido, se señala que las instituciones del Sistema Nacional Integrado de Salud cuyos estatutos contengan "definiciones de carácter filosófico o religioso incompatibles para la práctica de la eutanasia, podrán acordar con otras instituciones del Sistema Nacional Integrado de Salud que estas se hagan cargo de la prestación del servicio a sus usuarios, dando noticia de ello al Ministerio de Salud Pública". 

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