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Gobierno esperará más fallos de la SCJ para definir el futuro de la ley de medios

"Faltan 18 sentencias", sostuvo la ministra de Industria, Carolina Cosse
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07 de abril de 2016 a las 05:00
Antes de decidir qué hacer con la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA, también llamada ley de medios), el Poder Ejecutivo esperará a tener más fallos de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), dijo ayer a El Observador la ministra de Industria, Carolina Cosse.

El martes, el máximo órgano del Poder Judicial emitió el primer fallo en relación a la norma y declaró inconstitucionales cuatro (aunque solamente uno en su totalidad) artículos de la ley, en el marco de un recurso presentado por la empresa Directv. Pero todavía restan los pronunciamientos en relación a otro centenar de artículos impugnados por otros medios de comunicación, entre ellos, los canales privados de televisión abierta, los operadores de cable y varias radios.

Por tal razón, el gobierno quiere analizar la evolución de la jurisprudencia de la SCJ antes de reglamentar la ley o derogar los artículos objetados. "Vamos a esperar más fallos para tomar una decisión. Estamos analizando esta sentencia, pero de las 19 acciones esta es el primer fallo",explicó.
Consultada sobre si el gobierno cree que la ley sale fortalecida en este primer fallo –tomando en cuenta que se declaró inconstitucional un artículo y otros tres en forma parcial de los 27 que había impugnado Drectv–, Cosse respondió: "Faltan 18 sentencias. Entonces no tengo elementos para evaluar eso". En tanto, el presidente de la SCJ, Ricardo Pérez Manrique, dijo ayer que la posición definitiva del máximo órgano judicial sobre la ley de medios "se sabrá cuando haya más fallos".

Ganadores y perdedores
El primer fallo de la SCJ sobre la ley de medios trajo buenas noticias para algunas empresas y organizaciones que se habían manifestado en contra de algunos aspectos de la regulación. En cambio, otros actores perdieron la pulseada.

Por el momento la decisión parace favorecer en algunos puntos sustanciales a la empresa DirecTV, a los realizadores nacionales de TV, al INAU y a ANTEL. En contrapartida, los canales de televisión, la Asociación Nacional de Broadcasters del Uruguay (Andebu) y las agencias de publicidad se vieron perjudicadas con la decisión.

De los 27 aspectos impugnados por la empresa Directv, la sentencia de la SCJ declaró la inconstitucionalidad en cuatro de ellos, aunque no todos en su totalidad. De hecho, el artículo 55 (que limita la cantidad de servicios que pueden brindar las empresas de televisión para abonados) será es el único que no se aplicará en ninguno de sus incisos sobre la empresa reclamante. En el resto de los artículos (el 39, el 60 y el 98), la SCJ solo inhabilitó una parte de su aplicación por lo que la victoria de Directv apenas se muestra de manera parcial (ver recuadros).

A pesar de que la sentencia aplica solo para el caso concreto de Directv, marca un precedente para el resto de los canales que se habían mostrado en contra de la normativa. Además, la decisión del máximo órgano judicial también termina por afectar a otros involucrados que, de manera directa o indirecta estaban representados en la normativa, como sucede por ejemplo con los productores independientes, que ya no tendrán garantizado determinado espacio en pantalla de Directv tal como lo establece la norma.

Fallo contra inciso 3 del artículo 39
Ayer, El Observador informó que el fallo contra la ley de medios hacía caer el artículo 39, que establece que los partidos de la selección uruguaya de fútbol o basquetbol por torneos clasificatorios o competencias internacionales deben ser emitidos por televisión abierta. Eso no es correcto, dado que todavía no hay posición sobre esa norma. Lo que se declaró inconstitucional es el inciso 3 que habilita al gobierno a considerar de interés público otros eventos.

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