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Larrañaga propone instalar la "cadena perpetua revisable" para delitos violentos

El senador blanco presentó un proyecto de ley que prevé la "reclusión permanente" con posibilidad de revisión a los 30 años
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21 de febrero de 2018 a las 11:34
El senador del Partido Nacional Jorge Larrañaga presentó esta semana un proyecto de ley para instalar la cadena perpetua para delitos que presenten "una violencia reñida con la esencia humana". El proyecto, de tres artículos, prevé la creación de una nueva figura penal, la "reclusión permanente revisable", para los casos de homicidio con previa violación o abuso sexual, para los casos de sicariato (homicidio por precio o promesa remuneratoria), y para los homicidas reincidentes.

"Se trata de delitos absolutamente extraordinarios que requieren por tanto de una solución normativa extraordinaria", afirma Larrañaga en la exposición de motivos. La pena máxima actual para esos delitos es de 30 años, con la posibilidad de extender a 45 años si se aplican medidas de seguridad eliminativas, que son las que se aplican a una persona que no está rehabilitada.

El senador nacionalista ya había planteado la necesidad de estudiar la cadena perpetua, luego del asesinato de la niña Brissa González en el pasado mes de noviembre.

Según la propuesta de Larrañaga, el condenado a reclusión permanente podrá pedir la revisión de la pena a partir de los 30 años de cumplimiento de la misma. Para ello, el senador propone la creación de un Cuerpo Asesor para penados a reclusión permanente, compuesto por un psiquiatra, un psicólogo, un asistente social y un jurista, integrantes del Instituto Técnico Forense, y un representante del Instituto Nacional de Rehabilitación. "El cometido del Cuerpo Asesor será evaluar y dictaminar respecto al estado de reeducación, rehabilitación y resocialización de los penados a reclusión permanente", señala el proyecto de ley.


De acuerdo a la propuesta de Larrañaga, ese Cuerpo Asesor elevaría un informe a la Suprema Corte de Justicia, que decidiría si corresponde o no la liberación.

En declaraciones al programa Inicio de Jornada, Larrañaga señaló que la revisión de la pena a los 30 años, "elimina las críticas de que puede ser inconstitucional, porque el penado no tiene derecho a demostrar que se recuperó".
Según Larrañaga, las personas que incurren en los delitos amparados por esta nueva figura penal que propone "tienen una anestesia en el arrepentimiento, y no tienen conocimiento del dolor que provocan".
El artículo 26 de la Constitución prohíbe la pena de muerte y agrega que "en ningún caso se permitirá que las cárceles sirvan para mortificar, y sí sólo para asegurar a los procesados y penados, persiguiendo su reeducación, la aptitud para el trabajo y la profilaxis del delito". Es decir, establece que la reclusión tiene que perseguir el fin de la rehabilitación y no un encierro permanente.

Sin embargo, en la exposición de motivos del proyecto presentado por Larrañaga, se señala que "las penas prolongadas, o perpetuas pero revisables, son compatibles con sistema de derechos humanos europeo" y se señalan como ejemplo la legislación de España, Argentina, Chile y Perú.

Según dijo Larrañaga este lunes, la redacción del proyecto contó con el asesoramiento y la revisión del catedrático en derecho penal Gustavo Bordes.

Cumplimiento efectivo

Por otra parte, Larrañaga presentó otro proyecto de ley para que quienes cometan determinados delitos violentos no puedan acceder a la libertad anticipada.

El proyecto, de un único artículo, establece que "a los condenados por los delitos de violación, abuso sexual, rapiña, copamiento, secuestro, homicidio con circunstancias agravantes especiales y con circunstancias agravantes muy especiales, no le serán aplicables los institutos de libertad anticipada, vigilada y vigilada intensiva, ni ningún otro beneficio liberatorio o sustitutivo de la privación de libertad, debiendo cumplirse la pena dispuesta en forma efectiva".

Tampoco corresponderá la libertad anticipada "cuando se haya acordado con el Ministerio Público pena de cumplimiento efectivo en proceso abreviado", señala el documento.

En la exposición de motivos, Larrañaga señala que "la ley penal, como instrumento de política criminal, tiene en primer lugar, que ser cumplida" y que "si las penas legalmente establecidas no se cumplen, en los hechos lo que reina es la impunidad".

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