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Las fiscalías que investigan corrupción no tuvieron juicios en cinco años; celebraron más de 700 acuerdos abreviados

Celebraron más de 700 acuerdos abreviados, lo que implica que el imputado asuma la comisión del delito y pueda obtener a cambio la reducción de hasta un tercio de la pena
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11 de diciembre de 2022 a las 05:04

Las barras llenas de personas y la evidencia de un crimen a la vista de todos los que quisieran verla. Ese era el sueño romántico que traía el nuevo Código del Proceso Penal que entró en vigencia en noviembre de 2017. Pero el sueño se convirtió en realidad en una versión más terrenal. Aquellos que se sientan a escuchar los juicios generalmente son familiares —de la víctima o del victimario— o periodistas. Además, según cifras oficiales de la Fiscalía, cerca del 85% de los casos se resuelve a través de acuerdos abreviados. Por lo que ese debate procesal y la presentación de la prueba se da puertas adentro entre el fiscal y el abogado defensor, quienes tras ponerse de acuerdo validan la decisión ante un juez.

Hay un tipo de fiscalía en el que ese 85% es 100%: las que investigan corrupción pública. Las fiscalías de Delitos Económicos y Complejos no tuvieron ningún juicio —al menos concluido— entre el 1° de noviembre de 2017 —entrada en vigencia del nuevo CPP— hasta el 29 de setiembre de 2022, según consta en un pedido de acceso a la información pública que realizó El Observador a la Fiscalía General de la Nación. El ideal de un juicio con audiencias orales y públicas, en donde la fiscalía y la defensa del imputado se midieran ante el juez del caso y a la vista de todos, en estos casos no existió.

Una vez que hay una denuncia asignada, evitar el juicio oral tiene tres alternativas: acordar una condena entre el imputado y el fiscal que luego se valide ante el juez —acuerdo abreviado—, el archivo —exención de la responsabilidad— y el proceso simplificado, introducido en la Ley de Urgente Consideración en 2020. Este es un proceso que emula el del juicio oral —hay audiencias públicas en las que se muestra la prueba al juez— pero con plazos más cortos. La utilización de esta vía procesal todavía no es discriminada por la fiscalía a la hora de formular estadísticas —cuentan los acuerdos abreviados y los procesos simplificados juntos—, pero su puesta en práctica ha sido residual. El acuerdo abreviado implica que el imputado asuma la comisión del delito y pueda obtener a cambio la reducción de hasta un tercio de la pena. Ese acuerdo, que se formula en sede fiscal, luego se valida ante un juez.

Las fiscalías de Delitos Económicos y Complejos, desde noviembre de 2017 a 2022, celebraron 731 acuerdos abreviados (y/o procesos simplificados) y 24 acuerdos reparatorios. Existen tres turnos de este tipo de fiscalías y una de ellas, la que encabeza el fiscal Gilberto Rodríguez, fue creada hace un año —se inauguró en diciembre de 2021—. La primera en crearse —noviembre de 2017— fue la de 1° turno, que está a cargo de Enrique Rodríguez. Un año después, Ricardo Lackner inauguró la de 2° Turno.

Las principales causas de corrupción pública denunciadas en ese período aún están bajo investigación —es decir, el fiscal no tuvo que optar por ninguna de estas vías aún—. Ellas son la fuga de Rocco Morabito —comenzó en 2019—, las presuntas irregularidades en la construcción del Antel Arena y en la gestión del Ministerio de Desarrollo Social denunciadas en 2020. En las últimas dos semanas, el fiscal Gilberto Rodríguez decidió archivar las investigaciones por el acuerdo de la concesión del Puerto con Katoen Natie, la denuncia por las presuntas irregularidades cometidas por Germán Cardoso al frente del Ministerio de Turismo —continúa aquella que pesa sobre sus adscriptos— y el caso por la filtración del documento de Inteligencia. En los primeros dos casos, fue porque la fiscalía entendió que no había delito penal. En el último, porque no había forma de comprobar de dónde salió el documento.

¿Por qué no hay juicios en los casos complejos? Los motivos son varios. El primero que ponen sobre la mesa actores y técnicos es la dificultad de llevar un caso a juicio. La cantidad y la calidad de la evidencia que hay que poner sobre la mesa tiene a fiscales y abogados durante días sin dormir para poder ordenarla de una forma que resulte, para su contraparte, irrebatible. Eso ya es así en un caso común —de delitos contra la vida o la propiedad—, pero cuando el caso toma ribetes tan complejos —como puede ser el lavado de activos o la corrupción pública— se dificulta aún más. Es más seguro para las dos partes que las posibilidades se vuelvan un acuerdo o el archivo. Ir a un juicio lleva más tiempo y eso puede implicar que un testigo se dé vuelta y decida no dar su testimonio.

“El hecho de que no tengan juicios deben tener razones particulares en cada uno de los turnos, de estrategias, pero en líneas generales también hay que resaltar que, para atender la complejidad de estos casos, los recursos con los que se cuentan no son los más adecuados. Trabajan tres fiscales por turno, como cualquier otra fiscalía y tienen dos o tres funcionarios administrativos y un coordinador técnico. Cuando es obvio que para esa materia se necesita otra experticia: conocimiento contable, formación en varias áreas. Esa compaginación con la policía llevaría a tener más afectada la posibilidad de tener juicios”, explicó a El Observador Willian Rosa, presidente de la Asociación de Fiscales. Si bien tienen técnicos que los auxilian, no es ayuda suficiente.

El penalista Jorge Barrera —que ha defendido al gobierno en varios casos tratados en estas fiscalías— sumó otro punto a la discusión. Varios de los casos señalados como “de corrupción pública” luego fueron diagnosticados como un error administrativo o mala decisión política y eso no está penado por la ley —el Código Penal es claro en que, por ejemplo, en el delito de abuso de funciones hay que probar el dolo, la intención de hacer el daño—. “Veo con preocupación una tendencia a dirimir asuntos netamente político partidarios dentro de la esfera penal. El derecho penal tiene particularidades distintas al derecho administrativo, no toda irregularidad administrativa es delito. Se le exige al derecho penal cosas que no puede dar”, señaló.

Por su parte, su colega Laura Robatto —secretaria de la Asociación de Abogados Penalistas y abogada del Frente Amplio en varias causas libradas en estas fiscalías— resaltó a El Observador que esto se debe a “la misma estructura del juicio” y a que, con el nuevo CPP, “el fiscal tiene que estar muy seguro de la prueba que lleva.

“¿Por qué es tan difícil ahora? Con el Código viejo se procesó a un vicepresidente y se condenó, a un ministro, a un director del Banco República, diputados. ¿Por qué se hacía? Porque el esquema que construyeron hace imposible el juicio (...) El nuevo CPP exige una cantidad de pasos y de movimientos que cuando un fiscal, en estos casos, formaliza debería de tener pronta más o menos la acusación”, explicó, refiriéndose a que tiene que estar varios pasos adelantado en la investigación.

La abogada expresó que entiende que, con el nuevo Código, ya no se busca “la verdad material” sino “la resolución del conflicto”. “Entonces lo que se busca es un acuerdo. Si yo no tengo la prueba material para resolver el conflicto y la persona no lo acepta, termino archivando. Los políticos no van a hacer una transacción, entonces se archiva (...) Hay que hacer un juicio más sencillo para que sea efectiva la búsqueda de la verdad material”, opinó. En ese sentido, valoró que en la etapa de audiencia de control de acusación —que es en la que se decide qué prueba entrará a juicio— se cercena mucho material. “Se han encargado de hacer difícil algo que es sencillo, tendría que entrar toda la prueba y el juez valorarla”, indicó.

El fiscal de Corte, Juan Gómez, dijo a El Observador que si bien prefería no referirse al caso concreto porque atañe a las estrategias de cada fiscal, informó que se encuentran confeccionando los objetivos de la institución para 2023 y que uno de ellos es aumentar la cantidad de juicios orales.

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