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Los argumentos de la jueza española que actuó en el caso María

La Intersocial Feminista emitió un comunicado en rechazo a la sentencia, que obliga a la madre de la niña, a ver a su hija dos horas por semana
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01 de octubre de 2019 a las 18:06

La jueza española Cristina Marrero Pérez no solo descartó que la hija de María haya sido víctima de abuso sexual por parte de su padre, sino que afirmó que todos los peritos consultados en ese país coinciden que "existe un alto riesgo para la menor" si continúa viviendo con la madre. Esos peritos describieron al padre, acusado por María de abusar a su hija, "como alguien angustiado por la situación, con niveles altos de sinceridad preparado para la práctica de la paternidad".  

La niña había llegado a Uruguay en 2016 acompañada de la madre para pasar las vacaciones con su familia. Sin embargo, la mujer decidió no retornar: fue entonces que alegó que la niña había sido víctima de abuso y violencia doméstica. El padre de la pequeña solicitó en respuesta la restitución internacional a España, alegando que existía "una retención ilícita" en Uruguay ya que él la había autorizado a viajar por vacaciones pero no para quedarse. Tras dos años de litigio, en junio de 2018 finalmente la Suprema Corte de Justicia de Uruguay definió que la niña debía volver, cuando se cumplieran algunas medidas cautelares, como la restricción de comunicación y acercamiento del padre a la menor, dada la denuncia de la madre. Si bien la madre presentó unos informes psicológicos que daban cuenta de violencia sufrida por la niña, un grupo de peritos españoles determinó que no se podría probar el abuso del padre hacia la niña y por lo tanto no se podía determinar "la presencia o ausencia de la situación abusiva denunciada” por la madre.

En el fallo al ahora accedió El Observador, y en donde la magistrada decidió con fecha del 30 de setiembre otorgarle la tenencia al padre de la niña, se hizo lugar al reclamo de los fiscales españoles que intervinieron en el caso y quienes señalaron en una audiencia el 24 de setiembre que no admitían las pericias realizadas en Uruguay por el INAU. Este organismo, junto con el Mides, había redactado un informe cuando la justicia uruguaya ordenó en junio de 2018 que la menor volviera con su padre, en el que desaconsejaba que la niña retornara a su país porque allí vería de nuevo a su padre, algo que el hombre reclamaba.

Los organismos estatales redactaron ese informe porque, de acuerdo a sus propias pericias, la madre y la niña "fueron víctimas por largos años de violencia doméstica en España" por lo que entregarlas a las autoridades españolas las exponía "a una nueva revictimización, sumada al daño psíquico que implica el retorno forzado a un lugar que identifica con experiencias de violencia”.

Eso, ahora, también quedó descartado por la justicia española.

"Se desprende del informe que le exige explicaciones a este juzgado de por qué el Ministerio Fiscal manifiesta dudas de la posible existencia de la alienación parental ejercida por parte de la madre contra la menor", había sostenido uno de los fiscales. Y había dicho también que entendían que el informe del INAU "no aporta nada y representa un insulto a la Justicia española”.

La jueza recogió ese argumento y añadió que los nueve peritos españoles que actuaron en el caso, por el contrario, "describen a la madre como alguien que interfiere en el vínculo con el padre, con una práctica alienadora nociva para la menor y que empeora cada día que pase". También entienden que "se requiere un restablecimiento del vínculo inmediato, que hubiera sido ideal conseguirlo de manera gradual".

Los profesionales consultados dicen también, según Marrero, que "se han imposibilitado los vínculos de la menor con el padre por la actividad de la madre", lo cual califican como "nocivo". Insisten, además, en la necesidad de "reactivar" el vínculo de la niña con su padre de forma "inmediata".  

La magistrada acusó a la madre de la niña de ser ella la responsable del daño producido por desarraigar a la niña. 

"Es la madre de la menor la que ha trasladado a la menor por dos continentes, hasta que un tribunal de Uruguay y la Audiencia Provincial de Lleida han establecido la restitución de la menor, ha intentado convencer a todos los profesionales que la han tratado de que la menor está en peligro con el padre, y todos ello han resuelto que el peligro es la madre", sentenció Marrero.

La jueza dio por válida la siguiente descripción despectiva –con un elemento de especulación– que hicieron los peritos de María. "Describen a la madre como alguien con personalidad paranoide con tendencia al histrionismo, con baja escala de sinceridad, y que si hubiera realizado sinceramente las pruebas psicológicas, los índices de dicha personalidad hubieran sido aún más altos".

Y respecto al padre, de acuerdo a la jueza, los peritos se limitaron a una observación en la que solo conceden que no es "el padre perfecto", pero lo describieron como un hombre con "altos niveles de sinceridad preparado para la paternidad".

Además, la magistrada cita las declaraciones de una pediatra de Vielha –Caubet Busquets–, quien llegó a atender a la niña. "Responde con rotundidad que si hubieran tenido la mínima sospecha de abusos hubieran puesto en marcha el protocolo previsto, sin que este extremo se hubiera dado puesto que la fisura anal observada no podía responder a un abuso sexual sino a una mera fisura por estreñimiento muy habitual en los menores de esa edad", escribió Marrero.

Síndrome perimido y comunicado 

Teresa Herrera, integrante de la Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica, había dicho a El Observador el 20 de setiembre de 2018 que la magistrada "vive en el mismo pueblo que el padre". "Los peritos son de los que creen que las madres le llenan la cabeza a los niños", había dicho la activista, luego de que la justicia española determinara entonces que quedaran sin efecto las medidas cautelares solicitadas por la justicia uruguaya contra el padre.

Ahora, Herrera volvió a denunciar que la sentencia usa conceptos elaborados por el doctor Richard Gardner, un autor que desarrolló el Síndrome de Alienación Parental (SAP), una teoría que es desaconsejada por el Consejo del Poder Judicial de España.

"Es algo que no existe, no lo acepta la Organización Mundial de la Salud y es una cosa que se utiliza para presionar a los niños", dijo Herrera.

Herrera, que además de activista ha estado cerca de la familia durante todo el proceso judicial, dijo que además de ese punto también se denunciará en la apelación que hará María que la pediatra que descartó que hubiera signos de violación –pese a las fisuras anales encontradas años atrás– "trabaja en el mismo hospital" que el padre de la niña.

Por su parte, la Intersocial Feminista emitió en la tarde de este martes un comunicado en rechazo a esta sentencia, que determinó que la madre de la niña pueda ver a la menor dos horas por semana.

"La niña hace 3 años no ve a su padre y se ha negado enfáticamente a hacerlo en las 8 instancias de encuentro que fueron propuestas y establecidas en un punto de encuentro supervisado por técnicas españolas", agrega el colectivo, que también recuerda que la utilización del SAP como argumento no está recomendado.

"La indefensión, la falta de garantías procesales y falta de protección de los derechos humanos de la niña es absoluta, ahora sí, corriendo un altísimo riesgo su integridad física y psíquica. Hacemos un llamado a todas las instituciones uruguayas a poner en marcha todas las acciones pertinentes que garanticen la protección de la niña, salvaguardando su vida", concluye el comunicado.

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