El fiscal de Corte, Jorge Díaz, en conferencia de prensa durante la ceremonia de asunción de Juan Gómez como fiscal adjunto de Corte

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Fiscal de Corte: "Las disposiciones sanitarias deben ser muy precisas", si se aprueba nuevo delito

Jorge Díaz dijo que deberá quedar "claro qué es lo que está prohibido", en caso de aprobarse la modificación del artículo 224 del Código Penal
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20 de abril de 2021 a las 19:57

El fiscal de Corte, Jorge Díaz, dijo que de aprobarse la modificación legal que busca castigar a quienes con su conducta pongan en riesgo la salud de los demás en el marco de la pandemia, el gobierno deberá definir de forma "clara" cuáles son las normas sanitarias que deben respetarse.

"Lo que hay que tener claro es que es una norma que se conoce como norma penal en blanco, porque hay una remisión a las disposiciones administrativas, y por eso esas disposiciones administrativas, es decir las sanitarias, tiene que ser muy claras, muy precisas y muy concretas, y sin ambigüedades", dijo Díaz este martes en rueda de prensa, al referirse al proyecto de ley que será votado por el Senado en los próximos días, y que procura transformar en delito de peligro el definido en el artículo 224 del Código Penal.

Esa norma castiga actualmente al que efectivamente genere un contagio "mediante violación de las disposiciones sanitarias dictadas y publicadas por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación en el territorio nacional de enfermedades epidémicas o contagiosas". La iniciativa, ya aprobada en Diputados y días atrás votada –sin el apoyo del Frente Amplio– en la Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara Alta, proyecta que el delito se configure cuando alguien "pusiere en peligro efectivo la salud humana o animal", sin necesidad de probar que se haya constatado el daño.

Por eso, para Díaz deberá "estar claro qué es lo que está prohibido", de forma de facilitar el trabajo de los fiscales, si la norma termina promulgándose. "Si está prohibido organizar una fiesta clandestina, tiene que quedar claro. Si está prohibido circular en un ómnibus con más aforo del establecido, tiene que quedar claro", dijo el fiscal de Corte, quien propuso esta herramienta en marzo de 2020, en una reunión con la vicepresidenta Beatriz Argimón –entre otras autoridades–, luego de declarada la emergencia sanitaria por el coronavirus.

Sobre el delito que se discute crear, el jerarca aseguró que existe uno similar en Argentina y Chile y que es una norma "muy parecida a otras que existen en el ordenamiento jurídico a nivel internacional", además de que estuvo vigente en Uruguay hasta 2001, cuando se introdujo la aftosa en Uruguay.

La modificación, no obstante, ha despertado la crítica de varios abogados en las últimas horas. El presidente de la Asociación de Abogados Penalistas, Juan Fagúndez, dijo a El Observador este martes que la norma que se quiere aprobar "es un desastre, que no tiene pies ni cabeza". "No se puede estar creando figuras criminales en situaciones absolutamente extraordinarias, desde el punto de vista temporal y humano". Y apuntó: "Las aglomeraciones, la gran mayoría de muchachos, no se producen como reacción a la orden de no aglomerarse, sino que son manifestación de lo que naturalmente hacen ellos. ¿Pero qué se busca legitimar ahora? Condenarlos como criminales a través del sistema penal", opinó el abogado.

El penalista y dirigente colorado, Andrés Ojeda, subrayó por su parte que le preocupaban "cuáles serán los criterios de aplicación que tendrá esto". "Confío plenamente en que el Ministerio del Interior va a bajar línea a todos los funcionarios policiales respecto a como aplicar" la ley, agregó el también abogado del sindicato policial de Montevideo. 

Una preocupación similar manifestó William Rosa, presidente de la Asociación de Magistrados Fiscales del Uruguay, para quien, si la norma se aprueba tal como está redactada en este momento, será necesario estudiar "las actas" de las sesiones parlamentarias en las que se discutió la redacción de la ley o la "exposición de motivos de la norma", para así actuar en línea con "la voluntad de los legisladores" y "ver si así se puede clarificar" la letra de la ley, "que no es muy clara". 

En ese sentido, Díaz insistió en que "la vulneración de la norma tiene que ser clara" en caso de aprobarse. Consultado sobre si apoyaba o no la modificación en sí, Díaz respondió que se trataba de una "definición política" acerca de "la manera en que se reprime a los ciudadanos que se apartan de las disposiciones sanitarias", y agregó que hay "argumentos a favor y en contra", pero reiteró que no se trataba de un artículo "raro" o "una cosa extraña".

 "La pregunta que se tiene que contestar el legislador es si es necesario el reproche penal o alcanza con el reproche administrativo" en los casos en que se constate el no cumplimiento de las disposiciones sanitarias, dijo.

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